Hola a todos queria exponer mi caso. Tengo una hija con mi ex pareja(no estoy casado) y mi hija tiene 4 años y medio. La madre de mi hija, hace dos meses se mudo de Isla, vivia en Gran canaria, se mudo a Fuerteventura, declarando que no tenia trabajo y alla encontro uno, bien, para esto tenemos que realizar una modificacion del regimen regulatorio..entre las modificaciones, es que ya no la vere en semana por temas de distancia geografica, y que no podra faltar al cole por verme a mi 4 horas dos veces en semanas, asique solo la vere cada 15 dias desde el viernes al domingo conviviendo ocnmigo como hasta ahora..lo unico que se me dio ''por asi decirlo, como consuelo'' es, tener mes y medio de vacaciones en vez de un mes como me correspondia a partir de los 4 años de mi hija. Bien, la madre alega que con 200€ mi hija no come..la verdad dudo si mi hija desayuna caviar, y come hebras de oro, porq dudo que con 207€(todos los años reviso el IPC y este año me toca dalre 207€) mi hija no pueda comer y vestirse. Tengo otra hija de 15 meses, que usa pañales, toma leche de continuacion, toallitas crema para el culo, etc....y tampoco me gasta 200€ al mes en comida ni aseo, ni ropa, y les aseguro que a ninguna de mis hija les falta de nada, es mas..les sobra. Asique, consulte con mi abogada , que porque tengo que pagarle la MANTENCION que es para LA MENOR, el MES DE VACACIONES que esta conmigo la niña..si ella con 200€ no le da para que mi hija coma..cuando yo la tengo de vacaiones entonces tampoco me dan 200€ asique como ella no me da nada, he decidirlo no abonarle el mes de vacaiones de la niña la mantencion PORQUE YO TAMBIEN TENGO QUE MANTENER A MI HIJA ESTE MES, TAMBIEN PAGO ALQUILER Y TAMBIEN LE COMPRO ROPA., aclaro que la madre de mi hija nunca me ha dejado ni una camiseta de mi hija,siempre le he comprado yo la ropa, es decir mi hija en mi casa tiene su Armario con su ropa ''de casa de papi'' como dice ella..asique..necesito saber si esto se puede hacer. Mi abogaad, que no parece mi abogada sino la de ella, me dice que con 200€ la niña no come, y que no se puede hacer...porque la madre tb paga alquiler..y?? si en su momento no se arreglo una pension compensatoria dentro del convenio regulatorio pidiendome dinero tb para el alquieler, porque hacerlo ahora con segundas? es decir, el dinero de la Manuntencion es PARA MI HIJA, no para su madre. Aclaro, cuando nos separamos viviamos en casa de mis padre, y ella se marcho a casa de sus padres, asique no puede reclamarme nada. Porfavor necesito una contestacion. Gracias.
Alimentos, en términos judiciales, se refiere a comida, vestuario, escolarización, atenciones médicas que cubre la seg. social o seguro privado, etc.
Por tanto la madre debiera aportarle ropa de la menor para visitas y vacaciones, de no ser así podría reclamarle.
Los alimentos para los menores lo aportan ambos progenitores, proporcionalmente a sus ingresos, si su ex gana lo mismo que Vd. la menor común dispondrá de mas de 400€ al mes.
Si la sentencia dice que pagará 200€/mes, actualizados con el IPC, y dice en doce mensualidades o no dice que en vacaciones no debe pagarlas en vacaciones es que debe pagarlo los doce meses, conviva con Vd. cuatro días a 31.
De 365 días que tiene el año,el no custodio suele tener a los menores menos de 70 (con suere 100). No es sólo alimento y vestido, es agua, gas, luz, etc. No me parece justo que se intente escatimar a los menores. La pensión es para los menores, no es una pensión compensatoria no?
El sentido común es el menos común de los sentidos en los casos de custodia y manutención, lo lógico es que fuese la madre la que le abonara este mes la pensión por ser usted quien se hace cargo este mes, pero no aplique la lógica, simplemente pague.
Antes que nada gracias por las respuestas, pasare a comentar mi punto de vista, y no solo el mio, sino el de mi propia esposa actual, con la cual tengo una hija y me dijo que 'los derechos de los hombres, no tiene nada de igualdad con las mujeres, y que siempre salimos perdiendo'' ella es una mujer, y tiene razon, menos mal que ella, usa la logica.
''De 365 días que tiene el año,el no custodio suele tener a los menores menos de 70 (con suere 100). No es sólo alimento y vestido, es agua, gas, luz, etc. No me parece justo que se intente escatimar a los menores. La pensión es para los menores, no es una pensión compensatoria no? '' : precisamente como la manuntencion no es una pencion compensatoria,y es para la menor, me podeis decir en que se gasta el dinero la madre, si la menor no esta con ella? porque el agua, la luz, el alquiler, la comida, la ropa y medicinas, las compro yo cuando la niña esta a mi cargo, asi sean 4 hs diarias alternas en semana , 15 dias o un mes.. Y por otra parte, ''ambos progenitores tienen obligacion de aportar manuntencion por partes iguales dependiendo del sueldo de cada uno'' es decir, no solo yo estoy obligado a pagarle agua, luz, gas, alquiler, sino que la madre tambien esta obligada a aportar el dinero de su sueldo para los gastos de la hija en comun, sigo sin entender..Porque tengo que abonar algo que mi hija no disfrutara..
Normalmente si hay que pasar la manutencion aunque este de vacaciones con usted ,ya que el computo de la pension de hace anual. :
Si es verdad, pero hasta entonces mi hija no se pasaba un mes de vacaciones conmigo, y cmo hay una modificacion del regimen regulatorio ya que la madre se cambia de isla, quiero modificar ese punto. No os olvideis que tengo otra hija tambien a la que mantener y nunca llego a fin de mes sin pedir dinero a mi madre...Eso le importa a mi ex? no solo le importa tener sus 207€ aunque mi hija no este con ella..Para que? para sus gastos? no hombre..
El sentido común es el menos común de los sentidos en los casos de custodia y manutención, lo lógico es que fuese la madre la que le abonara este mes la pensión por ser usted quien se hace cargo este mes, pero no aplique la lógica, simplemente pague. :
Tu lo has dicho, el sentido comun pero muchas personas carecen de el, y pasa lo que pasa la injusticia entre los progenitores.. Tengo una duda, que es, respecto de la contestacion de ramos, si en mantencion entra todo, porque yo he pagado las vacunas de mi hija, los medicamentos de mi hija, etc etc..Porque cuando mi hija esta mala, y me toca tenerla, la madre no me da la medicina la tengo que comprar yo!! aunque la madre la tenga en su casa..
Muchas gracias por las contestaciones! sin animo de ofender a nadie solo conteste mi punto de vista!
A la pension de alimentos hay que cambiarle el nombre y llamarle pension de superviviencia. Porque hay mucho tonto que piensa que ese dinero es para comer, vaya con los niños que no se lavan, pasan frio en casa, no requieren cuidados, juguetes, ropa, material escolar. Claro que esos mismos tontos saben que todo lo anterior no es gasto extraordinario. Puestos a decir bobadas, no debe mi ex este mes pasarme el doble de pension? la primera por decision judicial y la segunda puesto que no va a ver a la niña y la tendre que cuidar yo algo le tendre que cobrar.
bb1986, puede razonar lo que quiera al respecto, pero si la sentencia no dice que se suspende la pensión de alimentos cuando el menor esté con Vd. debe pagarla.
No digo que sea correcto, o el ideal, le digo como funciona y que si no lo ingresa puede ser condenado penalmente por ello. El ideal sería custodia compartida (y sigue aportando alimentois quien mas gana para que los menores no perciban diferencia cunado conviven con quien menos gana)
Maxmar, te conviennen clases de matemáticas urgentes.
200 de papá 200 de mamá = 400 euros.
Está muy bien, sobra para cuidar a un niño.
Además habría que ver si mamá se está ahorrando dinero por usar un piso propiedad (todo o en parte) de papá. Si es así, el dinero que se ahorra en vivienda será para la niña ¿no?.
Respecto alo de pensión de supervivencia, a mi se me ocurre una denominación mejor: "hay much@ neci@ que piensa que sólo sólo paga papá", para abreviar, "HMNQPQSPP".
Por cierto maxmar, nauseabunda tu pretensión de cobrar por cuidar a tu própia hija.
("y la tendre que cuidar yo algo le tendre que cobrar").
A algunas se les ve el plumero con el I D materno-empresarial.
Nuevamente gracias por contestar;
Por segundo, MAXMAR, he de decirte que todo lo plasmado en este post del foro, es escrito por mi, LA ESPOSA , todo lo que he contado ha sido en nombre de mi marido, el no tiene tiempo ni paciancia para sentarce a escribir, por lo cual me pidio que lo redactara yo, porque esta preocupado por el tema y le urge saber:(vuelvo a hablar representando a mi marido)
POR DOS RAZONES, no por NO PAGARLE DINERO A LA MADRE PARA QUE SE LO GASTE EN LO QUE LE DA GANA!!(ya ue la niña la tengo yo)SINO, PORQUE SE ESTA ESTUDIANDO EL NUEVO CONVENIO REGULATORIO Y ME INTERESA TOCAR ESE PUNTO Y QUIERO SABER SI SE PUEDE.
He consultado a la abogada de mi hermano que esta en casi las mismas condiciones que yo, nada mas que mi hermano no paga,libros, uniformes, materiales esclares, y medicos privados a medias, y YO SI, entonces la abogada, le digo que no me correspondia pagar el mes de vacaiones que la niña pase CONMIGO, porque yo paso manuntencion, Y A DEMAS, COSAS QUE DEBERIAN ESTAR DENTRO DE LA MANUNATENCION LAS PAGO APARTE, SIN CONTAR LAS VECES QUE MI HIJA ESTA MALA, MI EX NO QUIERE GASTARSE UN DURO EN EL MEDICO PRIVADO PORQUE AVECES LA SANIDAD PUBLICA NO HACE TODO LO QUE PUEDE, Y PAGO LAS CONSULTAS PRIVADAS, ''YO SOLITO''...que pasa? ahi tb es mi obligacion??.NO , LO HAGO POR MI HIJA, AUNQUE LA MADRE PASE DE TODO.
Solo pretendia saber si se puede pelear, por no regalarle dinero a mi ex, QUE MI HIJA NO USARA, PORQUE DURANTE UN MES, MI HIJA NO GASTA NI LUZ, NI AGUA NI GAS, NI COMIDA, NI SIQUIERA ROPA DE SU CASA PORQUE ES LA QUE YO LE COMPRE, ES DECIR SU FONDO DE ARMARIO EN CASA DEL PADRE PORQUE NUNCA ME HA DADO NI UNA BRAGA LA MADRE DE MI HIJA PARA QUE MI HIJA TRAIGA A MI CASA.. y sinceramente no me da la gana que se siga aprovechando de mi como lo ha echo varias veces usando a la niña de pormedio..
EL PULPO, entiendo tu concepto y me parece penoso que se le quiera cobrar a un padre por no poder cuidar a su hijo en las vacaiones estivales que deberia disfrutar, porque es SU PROPIO HIJO!!! O ES QUE ESTO ES UN NEGOCIO? y efectivamente como dice Pulpo, ..200 200= 400!!! con 400€ se paga una factura de luz, de agua, se compra comida para mi hija, y ropa!...ya que los demas gastos van fuera de esos 200€ y los pagamos a medias..asique..no se la ley hasta donde quiere llegar con las leyes tan mal compartidas.
Lo que queria decir que soy la esposa, es porque aunque soy mujer, veo injusto, que las muejres se aprovechen de las distintas situaciones para sacar provecho al maximo.
Yo estoy divorciada,no tenia hjos con mi ex pareja, pero teniamos cosas en comun, y pese a ello en mi divorcio, no le pedi nada de nada ni pension compensatoria, (que podia pedirla) ni nada, porque considero que aunqe lo adquirimos estando juntos, mi ex marido ha trabajado duro para tener sus cosas y no me parece justo quitarselo..Aunque por ley me corresponda la mitad.
La verdad me indigna como mujer..Las leyes tan duras en contra de los hombres..Y a favor de las mujeres, porque lo he visto como mujeres aprovechan de eso..Sin ir mas lejos soy hija de padres divorciados y mi padre le daba dienro a mi madre, y mi madre lo que menos hacia era gastarlo en mi..Es mas, mi padre le debia pensiones, y fue a juicio y mimadre se quedo con el coche! y lo vendio y yo no vi un duro, cuando se supone que el dinero que debia era para mi manutencion para mi!!! y el coche seria por la deuda de mi manuntencion!! y yo no vi nada...Aunque tenia 17 años..No vi nada..La vida me la he buscado sola desde mis 16 años, entonces viendo esas cosas..De muy cerca, veo que cada dia las mujeres y hombres tb lo que menos piensan es en el porvenir de sus hijos sino como sacar provecho..
Hola
lo siento mucho ,pero su hija de cuatro añitos y medio no tiene la culpa de que usted haya decidido tener otro bebe y también tenga que cuidarlo como usted mismo dice y con todos mis respetos, no se gasta 200€ en su bebe, tengo uno ya de dos añitos y sí, los gastos, y no come caviar, ni fideos de oro,bueno, pero si come...pescado, carne, fruta, queso, yogur, natillas,pañales los mas baratos compotas por si un día vas rápido,ropa,zapatos que los deja de mes en mes,medicinas alguna vez,y cuando vaya al cole eso es APARTE es a mitad.¿Usted sabe como está el precio de la carne del pescado ropa y zapatos? Asi que no se queje tanto que 200€no es nada (a mi me deben millones) pues todo eso lo hice y lo sigo haciendo con mis hijos mayores pues su padre no se ocupa y el bebe de 2 añitos gracias a dios que estamos bien su padre y yo. y no sólo asume con nuestro hijo sino con los dos míos de anterior pareja.
Lo siento no me da pena.
Lo siento de verdad.
Y los niños no tiene la culpa de lo que hagan los mayores y también dicen que quien siembra recoje.
y eso es lo que está teniendo mi ex.
estoy de acuerdo con su pensamiento pero su situacion es completamente distinta, yo si me hago cargo de mi hija desde el momento 0. y mas cargo de mi hija que su madre..solo pido igualdad no dar pena.
Hola de nuevo, no sé si su abogado es de oficio ,tengo entendido que los abogados de oficio están durante dos años atendiendo sólo en lo que ya has pedido, si estaban para una modificación para eso te servirán durante los 2 años siguientes, dígale a estos que le informen, los colegios de abogados también puede pedir cita para informarse con un abogado antes de pedirlos.
Sabemos que no se despreocupará de su niña cuando la tenga en vacaciones, quizás la madre sea ligera de cabeza, no lo sé,espero que no, pero si hay algo que todos sabemos que los niños se dan cuenta de todo,todo y quizás un día sea al revés que ella, su niña,quiera estar con usted y la que tenga que pasar la manutención sea su ex-pareja.
Suerte para usted y todos la verdad.
A ver, sin ánimo de polemizar,esto es como cuando el que tiene la custodia pregunta, ¿ si mi ex cobra paga extra, debe pagar ese mes el doble de manutención ? PUES NO , pues esto es lo mismo pero a la inversa, ¿como este mes la tiene usted, puede dejar de abonar manutención ? PUES NO. Sencillamente se calcula todo prorrateado en 12 mensualidades, para hacerlo más sencillo, o los juzgados tendrían que entrar a calcular los meses que se gasta más y los que se gasta menos, y eso es un despropósito.
Tiene que abonar la manutención durante los 12 meses del año, en caso contrario, aunque fuesen 11 meses, esos 207, se los sumarían en la parte proporcional a los 11 meses.
No se trata de mi opinión personal en este caso, se trata de lo que hay y punto.
La manchega, perfecto! No se puede explicar mas claro.
Al pulpillo: Matematicas?? De que matematicas habla?? No querra decir Estadistica?? Es que hay mucho tonto que las confunde. Si el padre paga 200 E la madre paga .... en funcion de sus posibilidades. Solo faltaria que porque mi ex es multimillonario y le pasa a la cria 5000 E yo tuviera que pagar otros 5000. Desde luego esta claro que no entiendo de logica que contestar a un pulpo es absurdo.
pues si,se pagan 12 meses,si fuera por la mujer seguro k serian 14(incluidas las pagas dobles) y si cobras xxx y ella x tanbien te podria pedir otra x pues claro tu no eres el custodio y ella pobrecita se tiene k hacer cargo de la criatura,mantenerla,hacerse cargo de la casa,comida,vestir,ir al medico su trabajo y claro el no custodio pues k page es lo minimo k podriamos hacer por ella,pero esta el padre k puede mantener a su hijo igual k la madre y le pide la custodia compartida y en eso noooooooo es inviable pues pierden todo lo k el padre da de pension y eso son palabras mayores,en mi caso digo si fuera yo el custodio no kedria nada de ella solo el cariño k tiene k tener de la madre y nada de cada 15 2 dias con la madre,simplemente ayudarse entre ambos para ir todos mejor,es tan dificil entender eso o es k no interesa y no me vale k es un mareo para el crio pues tienen energia suficiente para romper el iceberg k partio el titanic.
En mi caso las condiciones eran como la norma general, es decir, 12 mensualidades. Hace unos años decidimos que yo iba a dejar de percibir el mes que pasaban con él (la verdad es que no me parece tan descabellado), ni llegamos a solicitar una modificación pero en la práctica así era, lo que pasa es que ya hace dos que no paga ni eso, 0 euros vaya, y aún en mi solicitud de ejecución de sentencia "mis cuentas" a la hora de reclamar, no incluyen ese mes de vacaciones porque yo mantengo lo acordado. Me va a dar igual, claro, no voy a cobrar de ninguna manera pero yo me siento honrada.
En el primer auto sobre provisionales, setiembre 2001, de mi hija la juez dijo debía pasar el 20% de los ingresos anuales que tuviera (no debía pasar pensión mensual ya que no tenía ingresos mensuales) Caducó el auto por la madre no solicitar definitivas en los treinta días siguientes a la notificación del auto.
En sentencia de definitivas en dic 2010 dice que no debo pasar alimentos cuando la menor esté conmigo.
Por tanto, si la resolución judicial dice se deebn pagar 12 mensualidades de X dinero es que se debe pagar esas mensualidades, de lo contrario dirían claramente otra cosa. Eso sí si dice se pasen doce mensualidades de X dinero y no se cobra nada o se cobra una cantidad que no permite pagar lo dicho en resolución judicial lo lógico es pedir modificación de medidas sobre alimentos, o recusrso si se eatá en plazo.
Todos los años, cuando llega esta época, resurge la pregunta de marras por parte del no custodio: "¿debo pasar la pensión de alimentos de mi/s hijo/s el mes de vacaciones que pasan conmigo?", así como el comentario de que "es injusto" y similares.
Como ya se ha contestado hasta la saciedad, la pensión de alimentos establecida judicialmente para los hijos tras una separación/divorcio se establece en cómputo anual; es decir, el juzgado juez tiene en cuenta los ingresos anuales de ambos progenitores (incluyendo sueldos, pagas extras y cualquier otro tipo de ingresos que se pudieran tener) y los gastos normales del menor, y al no custodio se le obliga a pasar una cantidad anual que se prorratea en 12 mensualidades, todo ello si expresamante no se ha solicitado en la demanda por alguna de las partes que se haga de otra forma y es aceptado por juez y fiscal.
bb1986, usted está obligado a pagar 2400 € al año por alimentos a su hija (gastos ordinarios), que, dividido en 12 mensualidades, sale a 200 €/mes. Si se dividiese en 11 mensualidades, tendría que pagar 218,18 €/mes; si se dividiese en 14 mensualidades (por aquello de que coincidan 2 mensualidades con las pagas extras, por ejemplo), tendría que abonar 171,43 €/mes.
Como en su sentencia dice que se pague en 12 meses, usted abona 200 €; si quiere que se haga de otra manera, tendrá que solicitar la modificación de medidas interponiendo la correspondiente demanda.