Buenas. tengo que interponer una demanda de desahucio. el arrendatario es una sociedad civil, mi pregunta es si tengo que demandar a la sociedad o tambien a los socios por ser la responsabilidad de estos ilimitada. Gracias de antemano
La sociedad civil es un ente sin personalidad jurídica, por tanto, tienes que demandar a sus componentes directamente, si bien deberás hacer referencia en la demanda a la sociedad cicil por ellos constituida
Gracias, pero tengo entendido que si la sociedad civil se constituye ante notario obtiene personalidad jurídica, además, si los socios contratan en nombre de la sociedad, y no en nombre propio ( como es este caso), y los terceros conocen de la existencia de estas sociedades, tambien adquieren personalidad jurídica, mas cuando tienen CIF y realizan una actividad mercantil, pues en tal caso pasan a ser una sociedad irregular.