Hola, es la primera vez que entro en un foro, pero tengo un problema y no se como estan las leyes al respecto, os agradeceria que me dierais alguna orientacion, gracias anticipadas.
Hace dos años inicie una s c p, la empresa ha funcionado bien o muy bien, pero a dia de hoy me es incompatible con el horario de mis hijos menores,por todos los medios he intentado solucionarlo, pero mi socia se niega a que yo modifique el horario, ¿ si se disuelve la sociedad y ella se queda con todo no tengo yo derecho a recuperar algun dinero por ello?
Hay que ver el contrato de scp que habéis suscrito las 2 socias.
Allí constarán las aportaciones, derechos y deberes, etc.
Tambien es importante saber si el contrato es público (con notario) o privado.
Enfín es un tema para estudiar por un profesional.
yo le puedo echar un vistazo si te parece, como comenta FILANTROPICUS en los estatutos se regula, si en ellos se estableción que íbais a 50 % ambos socios y son las cláusulas modelo de siempre, entonces tú tienes derecho a percibir tu aportación en proporción a lo aportado.
Cualquier cosa ya sabes.
PABLO CASTELLS
Abogado
pcp@bra.es
COORDINADOR PROP INTELECTUAL / INDUSTRIAL PORTICOLEGAL.COM