Aunque suene redundante, quiero haceros una consulta. En las ultimas voluntades de mi madre, somos 4 hermanos, y a 3 de nosotros les deja en herencia todos sus vienes, y al cuarto heramano le especifica que le deja como legitima estricta el total de unas acciones.
El sumatorio total de la herencia son 400.000€ (incluyendo el valor nominal de las acciones, que son 100.000€)
Realmente esos 100.000€ superan la legitima estricta, pero el notario nos dice que como le deja en concepto de legitima estricta el 100% de las acciones, le corresponde el 100% aunque la sobrepase.
Mi pregunta, solo le corresponde el importe de legitima estricta? o aunque sobrepase, como le pone el 100% de las acciones le corresponden integras?
Su señora madre dejó a su hermano un legado que tiene un rango mínimo de legítima estricta (pues ella no podía calcular el valor facial cuando otorgó testamento), de forma que si ese paquete de acciones no llega al 25% de 1/3 de la herencia, tendrá que compensarse el valor con el resto de la masa hereditaria, pero si sobrepasa la legítima estricta se carga sobre el tercio de mejora (33% extra que se les da a los otros hermanos), es decir, que tiene razón el notario: a su hermano hay que entregarle el legado.