Debido al cambio que hay con los autonomos ando un poco perdida con varias cosas, a ver si alguien puede aclararme alguna...
Antes cuando un autonomo cogia la baja, el primer mes no lo cobraba ¿a cambiado eso o sigue siendo igual que antes y se cobra baja a partir del 2º mes?
Otra cuestion ¿cobra paro una persona que esta como autonomo durante 10 meses o hay un tiempo de cotizacion minima?
Y por ultimo Si un autonomo que tiene a una persona contratada se da de baja de los autonomos
puede seguir teniendo a la persona contratada o automaticamente el trabajador tambien termina el contrato?
Gracias.
Primero: cobra a partir del día 4º de baja. Si es por accidente de trabajo o enfermedad profesional y tiene estas contingencias cubiertas con mutua, desde el primer día.
Segundo: La prestación por cese de actividad tiene un periodo de carencia mínimo de un año (desde 6 de noviembre 2010)
Tercero: Tendría que despedir al trabajador utilizando la modalidad de despido que crea más conveniente. Salvo por jubilación del autónomo.