Podría ser que lo que esta buena señora, lo que nos quiere decir es que, puesto que el testamento especifica que tanto el tercio de libre disposición, como la cuota vidual, ha de ser pagada en "dinero", la primera esposa (que podría ser co-propietaria) y los hijos de la misma, le exigen que abandone las propiedades, ya que no puede a la vez utilizarlas y cobrarlas.
Si esto es así, tienen razón.
Por lo que dice el testamento, doy por hecho que se trata de legislación común, y no de territorios forales..., que tienen regulaciones propias en materia de herencia. En este caso, los hijos no pueden reclamarte el usufructo del tercio de mejora, ya que éste respetaría sus legítimas.
El hecho de omitir en el testamento a algunos hijos ya es harina de otro costal. No sé qué habrás podido hacer en la notaría ya que el testamento es una acto personalísimo que sólo puede cambiar el testador. No obstante, los excluidos tienen derecho a su legítima. Aunque, me temo que puede ser en un pleito. A no ser que todos los herederos os pongáis de acuerdo.
Falleció mi esposo y en el testamento me deja un tercio de libre disposición y el usufructo del tercio de mejora, todo en dinero. Ahora los hijos de mi esposo y su primera esposa me reclaman el usufructo de la herencia. Tienen derecho a ello? Otra cuestión que me reclaman es que mi esposo omitió en el testamento a tres de nuestros hijos y yo fuí a notaria e hice un documento notarial para incluirlos en el testamento, es correcto esto?