Buenas tardes, Quisiera saber que quiere decir esta parte referente al arraigo familiar:
La autorización concedida tendrá una vigencia de un año y a su término se podrá solicitar autorización de residencia o una autorización de residencia y trabajo.
Al termino de esta tarjeta es solo cuestion de RENOVAR o hay que solicitarla como si fuera primera vez?
Gracias por la aclaracion!
Hola. Teniendo en cuenta que se trata de una autorización de residencia por circunstancias excepcionales, está sujeta a la validez limitada de solo un año, que se puede ir renovando anualmente o en su defecto:
A) Solicitar una modificación a autorización de residencia (no lucrativa).
B) Solicitar una modificación a autorización de residencia y trabajo (por cuenta ajena o por cuenta propia).
En ambos casos, se tratará de una autorización inicial, lo cual no afecta a que el tiempo de residencia empiece a contarse desde la fecha de inicio de efectos de la autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo familiar.