Si sus padres tienen bienes suficientes con los que hacer frente económicamente a la necesidad de cuidados y asistencia médica, no existe obligación de prestar la misma.
No es que por estar usted desheredada no tenga obligación, es que los hijos herederos legalmente tampoco la tienen, ya que sus padres tienen bienes (fortuna).
En cuanto a que usted esté desheredada, eso también habría que verlo, pues en nuestro ordenamiento jurídico los hijos son herederos forzosos y sólo se les puede desheredar si hay causa legalmente justificada para ello. Vamos, que no se puede desheredar a un hijo así porque así.
os contesto, en los alimentos no solo entran estos, sino tambien los cuidados asistenciales del anciano.
Por tanto mis padres tienen lo suficiente para alimentarse, lo unico que necesitan es ayuda en los cuidados de asistencia medica etc.
Mis padres si que tienen bienes.
Por lo que si me he enterado de que estoy deseredada e ingrata, pienso que son sus herederos los que le han de prestar esa asistencia.
Lo que quiero preguntar es, ¿ al ser deseredada me exime de la obligación de prestar
aistencia medica etc.?
hola.deber lo que se dice deber a mi entender mas bien moral.en esto una hija tiene que estar por encima de leyes,o acaso no le trajeron al mundo y no la alimentaron.en cuanto a su pregunta pues si estan desamparados y no tienen medios para alimentarse esta en la obligacion de ello,lo que no se es que circustancias se tienen que dar para que la obliguen pero si eso es asi poca erencia va a recibir si no tienen , un saludo.
Hola: ¿Tiene una hija el deber de alimentos a sus padres mayores de edad?
Creo que sí, pero en el caso de que los padres me hallan deseredado, ohallan favorecido en el testamento a mis hermanos.
Que pasaria entonces.