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sms en movil ajeno

26 Comentarios
Viendo 21 - 26 de 26 comentarios
31/01/2006 13:13
Ahí le has dado Ana, eso es cierto, pues que presente el mensaje reenviado por su hermana, presentará un mensaje enviado a el, con su teléfono, y si el Juez interviene las facturas del emisor aparecerá el de su hermana, pero el mensaje consta para el, en todo caso su hermana podría ser causa como afectada, ya que se está vulnerando su intimidad, el problema surje si el Juez no inerviene el teléfono del remitente o que este use uno de tarjeta que es mas complicado comprobar la veracidad del emisor.
Con todos mis respetos, Ana.
31/01/2006 13:13
Pues eso!!!!!!
31/01/2006 13:19
Desisto.

Un saludo a todos.
31/01/2006 15:18
Hace justo dos días utilizamos como prueba en procedimiento penal un mensaje de móvil grabado en el teléfono del padre de la víctima. No hubo problema alguno. El Juzgado requirió al padre para que acudiera con el móvil, allí se escuchó por el secretario y los abogados, el Secretario Judicial transcribió el mensaje y se hizo un acta.

31/01/2006 18:48
Hola a todos.Muchas gracias por vuestra ayuda.Hacía unos días que no me conectaba y acabo de ver todos los mensajes.
Lo de presentar el móvil como mío es mejor que no.Prefiero ir con la verdad por delante y además el que lo hace lo hará con toda la intención así que mejor que se vea lo que quiere.Además contactando con el operador se puede comprobar hasta lo que se escribio en el mensaje,número de teléfono,etc así que nadie caiga en el error de hacerlo porque de ser inocente se puede buscar un lío.Ya es contaré.
31/01/2006 19:35
Ahora, me surge una duda... Aunque el Secretario Judicial haya transcrito lo que se decía en el mensaje del buzón de voz, no puede la otra parte alegar en el juicio que esa voz no pertenece al acusado? (únicamente se ha certificado el contenido pero no quien hablaba)

Deberíamos pedir una pericial y de qué tipo para acreditar que sí es su voz?
31/01/2006 20:15
Esoy con Ana. La realidad es tal cuál es y modificar un ápice de ésta puede motivar, no sólo que el juez desestime la prueba y todo lo que a partir de ella se devengue (art. 11 LOPJ), sino que incluso puede generar algún tipo de responsabilidad pues no se requiere manipular técnicamente la prueba para que realmente se cambien los hechos acaecidos en la inicial y supuesta conducta ilícita.
Por consiguiente, personalmente aconsejo que, como ha relatado una forista, se presente la prueba tal cual es, es decir, que se aporte el móvil original que recibió los mensajes y su titular (las hermana) declare en la fase instructora que ella lo recibió y comunicó tal hecho a destinatario final del mensaje. Esa es la realidad y así se debe reflejar. Si el juez detecta cualquier anomalía (que el emisor es tal nº de teléfono y el receptor tal otro, que no coincide con lo dicho por el demandante) desestimará automáticamente la prueba, sus consecuencias (archivo del caso por falta de indicios de haberse producido delito, por ejemplo) y puede que incluso caiga una propina al demandante y s la hermana (falso testimonio, falsedad documental)
Pero vd decide libremente.