Entiendo Marina que ha sido el trabajador el que ha dejado el puesto de trabajo de forma voluntaria pero quereis ayudarle a que perciba la prestacion por desempleo ya que al ser baja voluntaria no le pertenecería. Si es así Marina, y llegais a un acuerdo con él, en principio no creo que os haga una encerrona puesto que le conviene a él ya que no ha seguido en su puesto de trabajo y el despido sí sería procedente. Por lo tanto, podeis acudir al SMAC perfectamente figurando que existe una disconformidad y aunque se fije una indemnizacion por despido improcedente (no se la antigüedad de este trabajador), pongamos por ejemplo de 4.000 €, y realmente le pertenecen o llegais a un mutuo acuerdo por ejemplo de 1.500 €, en el acto de conciliacion podeis indicar que les seran entregadas en efectivo en un plazo de cinco dias en la razon social de la empresa. A la salida, le dais en EFECTIVO su cantidad correspondiente pero que os firme como que ha recibido la cantidad acordada en el SMAC. De esta manera, ya se puede ir al INEM y solictar la prestacion por desempleo correspondiente. En resumidas cuentas lo que le estais haciendo, creo por tus palabras, es un favor puesto que si dejo de trabajar no le perteneceria nada.
Un saludo y espero humildemente haberte ayudado.
Ha sido una baja voluntaria del trabajador, en la que tenemos testigos y alguna prueba más, y por la que en un hipotético juicio tiene las de perder totalmente. Pero a nosotros como empresa no nos importaría llegar a un acuerdo para que cobrase el paro y declarar el despido improcedente, a no ser que haya otra manera, que la desconozco, y así teníamos intención de ofrecerle una cantidad simbólica + los salarios de tramitación hasta la fecha de la conciliación, declarando el despido improcedente. No sé Didache si te habré aclarado el asunto, y crees que esto lo podamos hacer así, o en su caso agradeceríamos alguna otra sugerencia. Gracias.
Hola Marina: Si el despido es considerado improcedente se sobreentiende que es porque le habeis rescindido el contrato. Tengo la impresion, a juzgar por tus palabras que pretendeis hacer una especie de "apaño" o no he terminado de entenderte bien. Reitero que el despido improcedente no os queda mas remedio que aceptarlo y si no estais conformes debereis ir a juicio y dirimirlo alli. El SMAC solo es un mediador para intentar llegar a un acuerdo previo al juicio pero no entiendo como el trabajador va a renunciar a los 45 dias de indemnizacion por año trabajado.
Si puedes, ofrece mas datos.
Un saludo.
Perdona trici27, pero no te he entendido bien. Supongamos que el trabajador como le interesa tener la prestación por desempleo, la única opción es que la empresa lo declaremos improcedente, y que aunque la cuantía por la que conciliemos sea sensiblemente menor de 45 días por año trabajado, ya que este trabajador ve dificil que sus pretensiones se lograsen en un juicio. ¿Podría ser que se aceptase así en el acto de conciliación?
Si en el acto de conciliación ante un trabajador, aceptamos que el despido sea improcedente, ¿se tienen que pagar 45 días de salario por año trabajado obligatoriamente o podemos pactar la cantidad que a ambas partes nos convenga?