si la deuda es firme, si se ha aceptado el pago en dinero de sus derechos de usufructo, la cobrarán sus herederos (hijos y quienes quiera que haya designado)
La cuestión es que mi madre nada le ha dejado en el Testamento, nos lo ha dejado a los hijos, pero por Ley le cooresponde usufructo de la herencia que el la quiere en dinero y en principio en esas estamos, por lo que pregunto si él fallece...¿A quién pasa esa parte que a él le corresponde?
si no ha habido aceptación de herencia, si todavía están en esas, si no han alcanzado un acuerdo para pagarle, o si habiendo un principio de acuerdo verbal no puede probarse, los derechos del viudo son el usufructo de una porción de la masa hereditaria (la porción varía según la comunidad autónoma), pero el usufructo se extingue con su fallecimiento ... por lo que deja de existir si él fallece, y todo lo de su madre pasa a ustedes
de todos modos, hasta que se produzca el fallecimiento, nadie puede asegurar quién morirá primero
¿cuál es la comunidad autónoma?. Lo pregunto porque, si el viudo no ha fallecido todavía, en muchas de las comunidades se puede fijar el valor del usufructo según la edad del usufructuario (en otras no, y tiene que ser pactado) y, si él prefiere el dinero, y teniendo en cuenta que entendemos justos sus derechos hereditarios (porque están el el código civil, que es una ley básica de convivencia), no tiene sentido especular con la posibilidad de que se muera antes de la edad considerada en el cálculo del valor de su legítima
es el usufructo sobre 1/4 de la masa hereditaria, sin posibilidad de obligarle a aceptar una determinada cuantía de dinero, aunque con posibilidad de entregarle bienes y no dinero
te digo lo que a penalonga en el tema:
http://www.porticolegal.com/foro/civil/1132885/por que motivo tiene que heredar la mujer de mi padre
modificado en el sentido de que los hombres tenemos una sensiblemente menor esperanza de vida
ofrece en dinero una cuantía equivalente al 5-6% de la masa hereditaria, o en bienes lo equivalente al 8-9% de la masa hereditaria ... y espera, porque puede salir bien
busca el acuerdo y evita el problema
no te la juegues a su supervivencia, salvo que tenga más de 75 años y muy mala salud ... e incluso así deberías de buscar un acuerdo, aunque sea a la baja (ofreciendo 1-2 puntos porcentuales por debajo de lo sugerido)
Pero no me han dejado claro, si fallece el viudo de mi madre, la parte que le corresponde a quién le correspondería, y mi pregunta si era a sus hijos.
Hubo una aceptación parcial, que este puso la clausula que se le daría la parte correspondiente en la repartición total ante Notario.
he comenzado con: si la deuda es firme, si se ha aceptado el pago en dinero de sus derechos de usufructo, la cobrarán sus herederos (hijos y quienes quiera que haya designado)
si ha habido una aceptación parcial y ya consta como pactado que recibirá su legítima en dinero o en bienes, existe ya un acuerdo, una obligación de pago, que cobrarán sus herederos (hijos y quienes quiera que haya designado)
Los hijos son unos autenticos egoistas, nada tienen en cuenta, ní el cuidado a su padre/ madre, todo es de ellos. No ven más allá.
Así de triste son las cosas, lo que tenía que hacer un marido o mujer en segundas nupcias,si enferma...ní cuidarlo, ni atenderlo.
Pero no somos tan poco humanos y ...al final quedamos de malos.