Sere breve, mi padre tiene una finca rustica, existe un carril que va desde la carretera a la finca pero pasa por otra finca. Mi padre tiene escritura de su finca pero no aparece ninguna servidumbre de paso. ¿ como puedo hacer para que se refleje esa servidumbre de paso?. Gracias atodos lo que me puedan ayudar.
No veo muy acertada su respuesta, dado que el Registrador de la Propiedad, ni el Notario no pueden declarar la constitución de un derecho de servidumbre de paso sin la concurrencia y anuencia del propietario de la finca sirviente, puesto que para constituir servidumbre debe precisarse título válido: contrato (privado // escritura, entonces si entrará en el Registro), prescripcion adquisitiva (a través de resolución judicial), testamento, etc.
Si no puede conseguirse por estos mecanismos, y la finca no tiene otro acceso posible el mecanismo es la constitución de servidumbre FORZOSA, a través de un procedimiento judicial.