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Servidrumbre de paso

2 Comentarios
 
02/09/2006 21:20
No veo muy acertada su respuesta, dado que el Registrador de la Propiedad, ni el Notario no pueden declarar la constitución de un derecho de servidumbre de paso sin la concurrencia y anuencia del propietario de la finca sirviente, puesto que para constituir servidumbre debe precisarse título válido: contrato (privado // escritura, entonces si entrará en el Registro), prescripcion adquisitiva (a través de resolución judicial), testamento, etc.

Si no puede conseguirse por estos mecanismos, y la finca no tiene otro acceso posible el mecanismo es la constitución de servidumbre FORZOSA, a través de un procedimiento judicial.
31/08/2006 14:07
Puede modificar la escritura de propiedad, pero deberá aportar las pruebas que considere necesarias para que el registrador modifique la misma.

Si precisa de alguna aclaración o tiene algún otro tipo de cuestión no dude en ponerse en contacto con nosotros, consultas@unoabogados.com
Servidrumbre de paso
30/08/2006 18:39
Sere breve, mi padre tiene una finca rustica, existe un carril que va desde la carretera a la finca pero pasa por otra finca. Mi padre tiene escritura de su finca pero no aparece ninguna servidumbre de paso. ¿ como puedo hacer para que se refleje esa servidumbre de paso?. Gracias atodos lo que me puedan ayudar.