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Seria gasto necesario?

26 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 26 comentarios
Seria gasto necesario?
perfil pab
07/02/2006 21:30
La Comunidad de propietarios en la proxima junta va a debatir el cambio de la puerta de acceso a la finca donde residimos. No esta estropeada, que conste.
Yo me quiero oponer a ello. Si finalmente lo aprueban, deberia correr con mi parte de los gastos?o al tratarse de un gasto no necesario podria negarme a pagar? Es que supongo que con la oposicion de 1, no dejaran de hacerlo, mas que nada es para estar un poco informado de cara a la junta.
07/02/2006 22:06
Lo mismito que hicieron en mi comunidad. Y creo que no hay solución. Si la mayoría quiere, estás perdido. Sobre todo si recurren a que es para aumentar la seguridad de la finca, porque seguro que la puerta es de "mejor" calidad.
Casi con toda certeza, te tocará pagar.
perfil pab
07/02/2006 22:18
gracias, pero me parece injusto porque realmente no es un gasto necesario, aunque tal y como son son caoapaces de rmperla ellos para que se cambie
07/02/2006 23:46
De acuerdo con la experiencia de "salva" y no patalee, es la contribución que tiene que pagar por vivir en PH.
La ley no previene ni exige para las reuni ones una ckasificación de conceptos que deben distinguir entre estos, por ejemplo, "obra de reparacion urgente" "obra necesaria o de mantenimiento" u "obra de caracter suntuoso"; deja que ésta clasificación quede al albedrio de los propietarios, al albedrio de supuestas mayorias, al albedría de los caciques que frecuentemente abundan en las comunidades. Su problema es mínimo, pero ahora se están dando con frecuencia, ante la especulación en la venta de las viviendas de segunda mano, que se cometan abusos frecuentes de enormes costos, como embellecimiento de portales, ect., quen promueven especialmente los caciques o gentes avispadas o influyentes en las grandes comunidades con el único objeto de "remozar la vista" de estas viviendas para luego venderlas mejor, todo ello al amparo de una ley indecisa y de unos jueces implacables, en sus convicciones, claro, para dejar en plena indefensión a personas que no pueden pagar semejantes gastos....
08/02/2006 09:45
Para remachar en estas convicciones que vengo observando en este foro con tanta frecuencia, os ofrezco un recorte de un diario alicantino cuyo texto completo podreis ver en la dirección que expongo más abajo...Este problema social debieran de observarlo los señores jueces con cuatro ojos y los señores legisladores con ochenta y nó pasar de largo dictando sentencias sin conocer los orígenes de los problemas de muchas familias que se ven impotentes en repeler esta clase de abusos..
"El coste de la comunidad de propietarios acapara las quejas de los consumidores Las reclamaciones de los alicantinos por el incremento de las cuotas de hasta un 25% de un año a otro se han triplicado
JLa Unión de Consumidores de Alacant ha recibido en el último año más de 300 quejas en la comarca sobre el elevado coste del recibo de la comunidad de propietarios que, según los datos que maneja esta asociación, está registrando subidas «de forma injustificada» de hasta el 20% cada año «con las mismas prestaciones».
Pedro Hernández, presidente de la Unión de Consumidores, explicó que estas subidas se dan especialmente en comunidades de vecinos con zonas ajardinadas, deportivas y zonas comunes amplias, que superan ya el recibo de 200 euros al trimestre(ja, ja y ja, de mi cosecha500 euros). «Las comunidades se han encarecido desde que hace unos cinco años cambió la ley de propiedad horizontal. La normativa ya no exige que se tomen los acuerdos de las comunidades de propietarios por unanimidad sino por mayoría cualificada, por lo que la norma es manos de ESPABILADOS lleva a situaciones de escándalo. En comunidades similares las cuotas doblan unas a otras, y hay diferencias del 50 y hasta el 100% del recibo». Las quejas que, en este sentido, recibe la Unión de Consumidores se han triplicado desde la aprobación de la citada ley.

http://www.levante-emv.com/secciones/noticia.jsp?pIdNoticia=172180&pIdSeccion=17&pNumEjemplar=3055
08/02/2006 14:54
Se les tenía que caer la cara de verguenza a los que provocan, a los que permiten e incluso a aquellos que de forma pasiva asisten a las reuniones de comunidad, en un pais, donde, ahora, todos somos ricos, muchos tenemos una segunda forma de ingresos más o menos opaca, etzetera, siguiendo este general criterio para tomar decisiones en grupo por ese sistema de mayorías, tan injusto como generalizado, que a nivel estatal, es el caldo de cultivo de un deterioro social de consecuencias impredecibles.
08/02/2006 16:09
damaot, que les importa un carajo. A callar y pagar.

Ósea y como ya he dicho:
A lo que disponga SS y al Propietario y al Gorrión: Polvora y Perdigón.
08/02/2006 18:19
La famosa firmada preparada por los Administradores, en mi opinión tenía dos intenciones:
- cobrar las jugosas comisiones de las operadoras de telefonía móvil. En ésto coincido con Gallego brizuela qu eya lo sugirió hace seís años en "El Norte de Castilla".
- empezar a embargar pisos de jubilados que no podían hacer frente a los desembolsos por "mejoras".

No se si estaré acertado en mis apreciaciones, pero a los hechos me remito.
09/02/2006 15:56
El objetivo de la reforma de la Ley era impedir el abuso de derecho de las minorías, aunque ciértamente hay que reconocer que quién abusa últimamente son las mayorías.

Algunas cuotas son escandalosas.
perfil pab
10/02/2006 00:21
a mi lo que me extraña es que mis vecinos esten tan esplendidos. Llevamos años proponiendo mejores mas necesarias que esta y nada, y ahora de repente...con lo rata que han sido siempre!! yo me quiero oponer por tocar las narices(que ellos a mi me lo hacen mucho...), y porque tampoco me parece necesario, sinceramente, y ese dinero lo prefiero para otras cosas mas utiles
10/02/2006 10:46
Artículo 11. (Modificado por la Ley 51/2003, de 2 de diciembre)

1. Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características.


2. Cuando se adopten válidamente acuerdos para realizar innovaciones no exigibles a tenor del apartado anterior y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja.
Si el disidente desea, en cualquier tiempo, participar de las ventajas de la innovación, habrá de abonar su cuota en los gastos de realización y mantenimiento, debidamente actualizados mediante la aplicación del correspondiente interés legal.

Espero que te ayude.

Saludos.
10/02/2006 12:07
De acuerdo con lo que ha dicho LadyHalcon, pero tengo mis dudas sobre la aplicacion practica.
Por ejemplo, supongamos que la Junta acuerda sustituir todo el pavimento de las escaleras y el portal con marmol, con la excusa que el granito actual esta estropeado.
Es logico que si se quisiera poner otra vez granito nuevo, saldria mucho mas barato que marmol.
En este caso, si algun propietario se quiere acoger al art. 11 para no abonar, estaria en su derecho, pero ¿como podria evitarse que dicho propietario no haga uso del nuevo pavimento?.
Y entonces, desde que lo pise una sola vez, ya tiene que pagar.
¿........?
10/02/2006 13:28

1. Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características.

Poner marmol es mejora, no conservación.
10/02/2006 15:10
LadyHalcon:
Pero segun tu ultimo parrafo "Si el disidente desea, en cualquier tiempo, participar de las ventajas de la innovación, habrá de abonar su cuota en los gastos de realización y mantenimiento, debidamente actualizados mediante la aplicación del correspondiente interés legal".
¿Como afecta a mi supesto del marmol?.

10/02/2006 15:42
LadyHalcon, !Vaya eso a decirle al juez, verá tortazo se pega!
Mira; buena `parte de lo que tratamos en éstos foros es pura demagogía ante una ley incompleta, con unos posteriores remiendos desacertados como lo prueba la opinión pública y una acción judicial atiborrada de jurisprudencia diversa; lo he sentido en mis carnes y de verdad, no encuentro la luz.
He hecho una descripción humana, que es lo que puedo aportar como sufrido propietario que, junto con otros, nuestra comunidad nos debe 4000000 y los morosos "vagan" y aumentan durante años en un nivel de 2500000, sin que ningúna Junta ni ningún administrador ponga el menor interés por arreglarlo; muchos de estos malos pagadores, nó morosos están así por completo abandono de los responsables, algún día dejaron de pagar recibos y nadie les ha reclamado, ni tampoco atendieron sus justas reinvidicaciones.
10/02/2006 16:51
Sr/sta. Lady, perdone, unas veces le trato de tú y otras de usted, tengo que admitir que no reviso mis envíos en ese lcapítulo;
Sobre sus expresiones , que son copia literal de la ley, ésta, no presenta ningún "ingrediente" ni ninguna expresión más concisa para discernir para obligado cumplimiento del promotor(ej,presidente" como se diferencia una obra urgente, de una obra necesaria, de una obra suntuaria; aunque le sonrroje, le diré cómo lo interpretan algunos (no cito ejecutores por no herir suceptibilidades)
Una obra urgente es una buena baza para el promotor ¿¿¿¿
Una obra necesaria, se convierte automáticamente en obra urgente para el promotor
Una obra suntuaria, no existe, pero el "promotor" se las arregla para darle un caracter similar entre el primer y segundo caso.
Total, da igual....
10/02/2006 20:59
No estoy de acuerdo Damaot, además, no se puede generalizar. Por supuesto, el que conoce la ley, conoce la trampa, pero eso entra dentro de otro debate.

H25, en cualquier caso, para estas cosas suelo ser muy práctica. Yo me acojo a la ley y no pago siempre que cumpla los supuestos de la misma, en base a mi disidencia y a el importe. Si luego los vecinos consideran que piso el marmol y por tanto tengo que pagar, que me denuncien, a ver que dice el Juez.

O los vecinos aceptan que pise el marmol, o que me dejen un carril de granito para poder pasar sin pisarlo, porque lo que no pueden hacer es una mejora que me obligue a renunciar a mi derecho o a no poder entrar en mi vivienda.

Tengamos un poco de lógica, por favor.

10/02/2006 21:42
Artículo 11.2 LPH
----- el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pued aprivársele de la mejora o ventaja"

Ósea, que puede hasta bailar un zapateado sobre el marmol.

El problema es que ese 17.2 se lo van a pasra por donde yo se. Y tengo la impresión que si acude a SS ...

Pero ...
10/02/2006 21:43
Perdón, es el 11.2 (mejoras en el inmueble)
11/02/2006 04:56
Sra. Sta Lady, dice:
Tengamos un poco de lógica, por favor

No se escandalice; la lógca solo existe en matemáticas, en PH no hay lógica; hay abusos a placer y todos los días y muchas veces al día y sino que se lo pregunten a esa invasión de abogados que pululan alrededor de los pardillos, que podemos ser cualquiera de nosotros.
Usted tiene su opinión, lo manifiesta y me parece muy bien; yo tengo la mía y por eso no vamos a discutir.