Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Separacion problematica

26 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 26 comentarios
Separacion problematica
21/11/2009 00:23
Estoy en trámites de separación, hemos tenido unas "preliminares" y mi marido ha alegado para no darme la pensión que solicito para mis 2 hijas que hace 5 años que trabajo, lo cual es falso, desde que me casé y hasta la fecha, a petición de él no he trabajado en nada más que mi casa y mis hijas, al juez le dijo que llevaba 5 años trabajando y cobrando 450 euros pero que no sabía donde trabajaba.
Mi pregunta es la siguiente ¿hay alguna manera de demostrar que realmente nunca trabajé?, tengo como testigos a algunos vecinos que me veían en casa y llevando y trayendo a las niñas del colegio ¿es suficiente? Por cierto cobrando el un sueldo de 1750 e (500 de ellos en negro) me han dado una pensión provisional de 200 euros y tengo unos gastos fijos de 900.
Os agradecería me dijeseis algo, estoy muy preocupada y cabreada que se pueda mentir impunemente..... los hombres cuando no es como ellos quieren pueden ser muy ......
21/11/2009 00:38
Pide en la tesoreria del estado tu vida laboral,alli consta si has trabajado y que fechas.se pide por telf y en 1 semana la tienes en casa
901 50 20 50

Mientras tanto no firmes nada.

Saludos
21/11/2009 00:40
Y otra cosa 200€ por 2 niñas es una m...
no lo consientas
21/11/2009 01:30
Un consejo: a tí lo único que te interesa y a lo que tienes que estar es a lo que te va a quedar de pensión. Me explico, en estos procesos siempre se miente, pero los jueces no son tontos ni se chupan el dedo. Que tu marido dice que trabajas, que lo demuestre. Tu no tienes que pedir vida laboral ni nada de eso, el que afirme lo que sea que lo demuestre
Céntrate en lo único que te interesa, que es hacerle al juez un presupuesto de lo que necesitan tus hijos para vivir, y los bienes que puedas señalar de tu marido para hacer frente a esa necesidad que tienen tus hijios de cenar todas las noches.
Aquí hablando solamente de dinero, y saldrán difamaciones, no lo dudes, adulterios, alcohol, etc, etc. Tu a lo tuyo que es no quedarte desprotegida. Demuestra lo que necesitan tus hijos y a por ello. Otra cosa, si eres ama de casa, eso de que para el papá abogado de pago y tu de oficio, nada de nada. Hay una cosa que se llama Litis Expensas, y quiere decir que si tienes que ir a juicio y no dispone de dinero, lo gastos que origine los pagará tu marido.
Ahora te pido como padre una cosa: procurar llevaros bien, déjale a tu marido ser padre en la medida que élse quiera implicar y el sentido común lo ermita, y por favor no le hables nunca mal a los hijos del padre, y para los hijos el papa será siempre maravilloso e inigualable. Y si tienes ganas de llorar no lo hagas delante de tus hijos
SUERTE
21/11/2009 02:24
yo estoy queriendo separarme de mi concubino llevamos 4 años juntos y poco tiempo nacio mi hija ella tiene 1 mes de vida.y mi concubino que es el padre de mi hija quiere quedarse con ella sacarme y llevarle lejos de mi estube hablando con el por las buenas pero el esta decidido pelear por ella el ama a su hija tanto como yo pero yo quiero que se quede conmigo que puedo hacer el tiene mas posibilidades de quedarse con ella pero yo no quiero y que posibilidades tengo yo de quedarme con mi nena
22/11/2009 00:01
Muchas gracias a todos por vuestra información, y si tienes razón jejimlle, va a salir a relucir de todo, por lo de pronto despues de 13 años dedicada en exclusiva a mi familia las 24 horas del día ahora él alega que no estoy capacitada para encargarme de ellas, todo por quedarse él con el piso... Por cierto, otra cosa no, pero yo en ningún momento les hablo mal a las niñas de su padre, todo lo contrario intento que entiendan que tienen que ir con él, en su caso es todo lo contrario, las anima a que me insulten y traten fatal, pero en fin, paciencia y espero que la ley sea justa....
22/11/2009 00:06
Por cierto Tolimar, estoy de acuerdo contigo lo de que 200 € son una m...., pero que puedo hacer yo para no consentirlo, en las "preliminares" fué lo que dictaminó el juez, estoy pendiente de que me llegue el auto que determina que él debe irse de casa y en el que se estipulan los 200 €.....
Otra consulta, él se ha llevado todo de casa, desde la TV, aspiradora, cuadros, ropa de cama... etc, etc. etc., recuperaré algo de ésto? He hecho denuncias a la policia de todo lo que fué desapareciendo (mira hasta donde llega que se ha llevado el secador del pelo de sus hijas, así como sus nintendo, ordenador.....), gracias a todos.
22/11/2009 00:19
La casa queda para uso y disfrute de llos hijos y el custodio, y el no custodio no se puede llevar más que sus cosas personales.Las cosas de la casa se repartiran cuando se venda la casa o cuando se llegue a un acuerdo sobre la reparticion.
Ponte firme ahora porque sino estas perdida para el resto de tus dias.
Y el abogado que trabaje un poquito porque 200€es lo que se esta pagando por1 hijo.

Venga mucha suerte.
22/11/2009 00:27
Y como puedo hacer para que devuelva todo lo que se llevó, porque él puede alegar que no cogió nada, de hecho siempre sacó todo de casa cuando no estabamos ni las niñas ni yo, y cuando llegaba a casa llamaba a las niñas y les decía "niñas mirad, se han llevado más cosas de casa, deben ser los que tienen las llaves" (eso va por mis padres que hace más de 6 meses que no entran en mi casa), lo que él no sabe es que las niñas vieron el maletero de su coche lleno con todas las cosas.
Lo dicho, que puedo hacer yo para que me devuelva como mínimo las cosas de aseo....
22/11/2009 02:53
SOLUCION: Iniciar un procedimiento por Alzamiento de Bienes tipificados en el 257 y 258 del codigo penal. Es un pleito penal. Supongo que tendrás algunas fotografías de tu casa con los muebles. Pues las aportas, y si hace falta que intervenga en Ministerio fiscal para que tu hijas afirmen lo que tu dices, y le intentas demostrar al juez que tu casa tenía muebles
22/11/2009 09:16
Rocoan,

La pensión que se estipula en las medidas provisionales, es muy escasa, entiendo que usted pediría una cantidad superior ¿no? ¿en que basa el juez su decisión? si su marido alega que usted trabaja y usted lo niega, él es el que tiene que demostrar que es así.

Usted debe solicitar una pensión compensatoria, al menos por algún tiempo, en el que sea posible que se incorpore al mercado laboral.

jejimlle,
¿un alzamiento de bienes? por más que se intente tipificar los hechos como alzamiento de bienes, es imposible, rizando mucho el rizo, se podría buscar un ilícito penal, pero tendría más posibilidades de éxito reclamando en la vía civil, en mi modesta opinión, es preferible mantener a los hijos fuera de esta controversia, rocoan debería reclamar los bienes de manera fehaciente concediendo un tiempo para su devolución y en el caso de que no lo haga, podría reclamar judicialmente, en via civil.

Salvo mejor opinión.

Un saludo,
22/11/2009 10:12
para Katia: el progenitor no custodio, al que le den un plazo para llevarse sus bienes personales (ropa, libros, su música), comete un delito de alzamiento de bienes si se lleva el ajuar familiar.
En la via civil no puedes reclamar nada porque no es ámbito del derecho civil
22/11/2009 13:41
jejimle,
Art. 257 Código Penal

1. Será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses:

El que se alce con sus bienes en perjuicio de sus acreedores.

Quien con el mismo fin, realice cualquier acto de disposición patrimonial o generador de obligaciones que dilate, dificulte o impida la eficacia de un embargo o de un procedimiento ejecutivo o de apremio, judicial, extrajudicial o administrativo, iniciado o de previsible iniciación.

2. Lo dispuesto en el presente artículo será de aplicación cualquiera que sea la naturaleza u origen de la obligación o deuda cuya satisfacción o pago se intente eludir, incluidos los derechos económicos de los trabajadores, y con independencia de que el acreedor sea un particular o cualquier persona jurídica, pública o privada.

3. Este delito será perseguido aun cuando tras su comisión se iniciara una ejecución concursal.

Artículo 258.

El responsable de cualquier hecho delictivo que, con posterioridad a su comisión, y con la finalidad de eludir el cumplimiento de las responsabilidades civiles dimanantes del mismo, realizare actos de disposición o contrajere obligaciones que disminuyan su patrimonio, haciéndose total o parcialmente insolvente, será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.

Si es sted abogado y español, no entiendo donde incardina el alzamiento de bienes, por muy extensiva que pretenda hacer su aplicación, no existe tercero acreedor, elemento indispensable del delito que indica.

Por otro lado, si no he entendido mal, aún no existe plazo alguno para que se lleve sus efectos personales, está esperando el auto de las medidas provisionales, por lo que será la vía civil, donde se resuelva la liquidación de los gananciales y la parte que se adjudique a cada uno.

Salvo mejor opinion.

Un saludo,

22/11/2009 20:53
Por favor, necesito ke alguien me conteste y me digan....estoy en separacion supuestamente amistosa pero la sentencia en firme no termina de llegar. Ha tardado muchos meses para firmarla y al final he tenido yo misma ke hacer el pago de todo el tramite para ke se lleve a cabo. Ahora, lleva siete meses sin pasar la pension a los niños dictada por el mismo y aceptada y sin pagar hipoteca de la cual me he tenido ke hacer cargo yo misma y al final nos hemos ido a la calle porke la situacion economica era insostenible y el mismo banco me hizo una oferta para solventar el pago de la hipoteca sin tener ke llegar al embargo. En estos momentos vivo con mi pareja, en su casa, en 24 h tuve ke dejar la mia y objetos personales tanto de mis hijos como mias porke no tuve tiempo para llevarmelas y el sinverguenza sigue sin pasar nada a mis hijos y no cumple con nada de lo pactado. Segun mi abogado no puedo hacer nada hasta ke no tenga la sentencia en firme....joder no puedo de ninguna forma denunciar a este sinverguenza?? puede alguien ayudarme?
Muchas gracias de antemano a todos
22/11/2009 23:40
Katia: contigo no discuto, y no lo entiendes porque no estás al nivel que se requiere para saber de estos temas.
Cuando doy muy opinión lo hago con conocimiento de causa y sabiendo lo que digo: 1º porque soy abogado y 2º porque hace 19 años yo hice lo mismo, me llevé absolutamente todo lo que había en mi casa, y me condenaron por alzamiento de bienes.
De todas formas, si tienes interés en aprender y comprender, en la Comunidad de Madrid hay varias facultades de derecho, público, donde después de mucho tiempo de estudio, te podrás apoyar para dar tu opinión
Un saludo
22/11/2009 23:53
jejimlle,

No pretendo discutir con usted ni con nadie, me sorprende que sea usted abogado, pero únicamente por lo que dice, si usted hace 19 años fué condenado por alzamiento de bienes, debía existir algún desplazamiento patrimonial en perjuicio de acreedores, en otro caso no hay alzamiento alguno, interés en aprender siempre tengo, pero por la facultad de derecho ya hace unos años que pasé y ya hace unos cuantos que ejerzo como abogado ¿usted ejerce? si lo hace, espero y deseo que no sea en este campo o sus clientes tendrán problemas con usted.

Mire usted se puede opinar diferente, el derecho como usted debería saber no son matemáticas, en muchas ocasiones, hay diferentes posibilidades, y el ver diferentes puntos de vista, puede enriquecer a todos, pero cuando alguien decide ponerse a su nivel el post se agria, y es preferible despedirse, ya no se va a aportar nada que ayude al consultante.

Es muy bueno y aconsejable saber debatir y admitir diferentes ideas, pero con su tono, yo considero que aquí no merece la pena aportar nada más, con esto me despido de este hilo.

Muy buenas noches,
23/11/2009 00:23
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
23/11/2009 00:33
Me extrañaria mucho que usted, Jejemlle fuese abogado/a y si lo es, los deja en un lugar estupendo.
23/11/2009 00:37
y como muy bien dice Katia,

salvo mejor opinion.

Un saludo
23/11/2009 00:40
Para Campanilla36: por desgracia los juzgados son lentos, están saturados y con poco personal, lo que hace que se demore en salir la sentencia.
Una idea: hablar con el procurador, bien tu directamente, bien a través de tu abogado y que se interese por ese asunto, y que te diga en que estado procesal se encuentra y para cuando cree que puedas tener sentencia.
También intentaría ir al juzgado, que me reciba el secretario judicial y/o el juez, les planteas que tu situación económica es mala, y que te digan cuando prevén dictar sentencia.
Un saludo