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Separacion problematica

26 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 26 comentarios
23/11/2009 12:54
Entiendo tu desperación, yo como padre pasé hace 19 años por una situación parecida, y te digo, aunque te suene a cuente chino, que cada día amanece y cada día sale el sol, y que tal vez te haya tocado la lotería, aunque yo tarde 7 años en enterarme.
En Granada no se como están los juzgados, en Alcala de Henares - Madrid tienen una situación deprimente. Da grima ver las condiciones en las que trabajan los funcionarios. Ya se que eso no es un consuelo, pero tu solución pasa porque ellos resuelvan.
Yo me iría al juzgado a dar la murga, si tienes ese sueldo tienes derecho a justicia gratuita, al juez se le puede pedir cita, tienen un día para recibir a la gente, y el juzgado tiene la obligación de darte pelos y señales de como está tu tema.
Pide abogado del turno de oficio, y le cuentas lo que aquí te he expuesto, y le demandas para que te pague las deudas de la sociedad de gananciales, los atrasos de alimentos, deudas, todo.
Y sobretodo no te canses, ese lujo te lo permites cuando tus hijos sean mayores de edad.
Animo y lucha
23/11/2009 10:29
Hablamos de Granada. No paso el tiempo intentando fastidiarle, pero llevo dos años separada y facilitandole todas las cosas, incluso las llamadas a sus hijos ke las hago yo para ke no se olviden de su padre. He pagado habido y por haber de deudas ke ha dejado a mi nombre, se ha apropiado de cosas personales mias, y lo unico ke le he pedido hasta ahora es ke me firmara la separacion pues el tiene su pareja conviviendo con ella y yo la mia y kiero darle a cada uno su sitio. Se ha kedado con el coche, he rebajado la cantidad estipulada por los niños a la ke el ha decidido, el elige las vacaciones no yo, como dije antes yo he tenido ke pagar abogado y procurador para ke los papeles sigan su curso, y no lo he kerido denunciar antes por miramiento ke es el padre de mis hijos. Me ha hecho la vida imposible muchos años, asi ke por favor, no me digas ke solo pienso en fastidiarle.....porke la ke lleva fastidiada por su culpa soy yo hace mucho tiempo. Hoy mismo he tenido ke hablar con madrid para pagar lo minimo de una deuda contraida suya a mi nombre ke tengo yo ke hacerme responsable de ese pago..supuestamente pagada por el hace un año y solo tengo un sueldo de 421 e. el casi de 3000 e. Para mi no he pedido compensacion ni nada, he cambiado a mis hijos de cole, con el gasto ke eso supone, y lo he tenido ke hacer sola.....sabes lo ke vale un carton de leche? pues ni eso les da a sus hijos....y tengo ke ver como paga fiestas, viajes, regalos a su pareja y vacunas a los perros de su pareja..La mitad de la ropa de mis hijos y la mia se kedo en la casa ke no pude llevarme porke tuve ke dejarla en 24 h y me gustaria ke vieras como vienen despues de estar con su padre......hasta pulgas han tenido. Es justo eso para unos hijos ke idolatraban a su padre?? Estoy muy muy cansada.......
23/11/2009 10:16
Tu no puedes hacer otra cosa que pedir que te pague los alimentos, y si te pasas el tiempo pensando como fastidiarle, lo único que vas a lograr el que efectivamente se ría de ti, porque la única que se fastidia eres tú.
Yo ahora ponía el burofax, hoy 23-nov-09, diciendo de resultas del convenio regulador firmado por nosotros en el juzgado tal, resultas obligado al pago de tantos euros mensuales por alimentos de tus hijos. Te ruego ingreses la pensión en la cuenta designada de común acuerdo, junto con los atrasos devengados desde el día de la firma, que ascienden a tanto.
A la semana si no te paga, le pones otro burofax.
Lo normal es que se niegue a pagar, y entonces tienes dos opciones, ir al juzgado y preguntar si le queda mucho para salir la sentencia, o bien, reclamación independiente de alimentos, esto es, nueva demanda, lo que llevará aparejada la demora judicial y tiempo en que se vea ese tema.
¿De que localidad hablamos? Animo y suerte
23/11/2009 09:38
Y el burofax..tengo ke enviarlo antes o despues cuando ya tenga la sentencia en firme?
Gracias.
23/11/2009 09:37
Mientras tanto no puedo hacer nada? Podria, no estando ya en domicilio conyugar, denunciarlo no se,por abandono de hogar o algo asi? Se rie de mi y de mis hijos continuamente y estoy harta y cansada de la situacion.
23/11/2009 00:55
Campanilla: si transcurrido ese plazo no te ha satisfecho las cantidades que te debe, entonces abogado y procurador, y pedir ejecución de sentencia por las cantidades que te deba, con la expresa condena en costas

CharlyRivel: tu con ese apodo ya sabes, al circo
23/11/2009 00:50
Otra cosa para Campanilla: la sentencia cuando la dicten, como es de mutuo acuerdo tiene lo que se llama en derecho efectos "Ex Nunc", es decir, desde el momento que se firma (por ejemplo Marzo de 2009) No es cierto que rija desde que se dicta sentencia, porque el convenio regulador es un contrato, que tiene rango de ley entre la partes que lo han firmado, y desde el momento que lo han ratificado delante del juez despliega sus efectos. si has firmado en Marzo de 2.009 rige desde ese mes.
Por lo tanto, tu "ex" te deberá pagar las pensiones alimenticias desde el día que se firmó el convenio. Pongamos que han pasado 10 meses, y tienes firmado por ejemplo 250 euros de pensión. Entonces tu "ex" te debe 2.500 Euros Y me dirás, vale ¿cómo las cobro porque mi "ex" va a decir que el paga desde que salga la sentencia? Le pones un burofax, a su domicilio, con certificación de texto y le dices que te debe las pensiones alimenticias desde que se firmó el convenio, que ascienden a tantos euros, y le das un plazo de tanto días para que te las pague
23/11/2009 00:40
Para Campanilla36: por desgracia los juzgados son lentos, están saturados y con poco personal, lo que hace que se demore en salir la sentencia.
Una idea: hablar con el procurador, bien tu directamente, bien a través de tu abogado y que se interese por ese asunto, y que te diga en que estado procesal se encuentra y para cuando cree que puedas tener sentencia.
También intentaría ir al juzgado, que me reciba el secretario judicial y/o el juez, les planteas que tu situación económica es mala, y que te digan cuando prevén dictar sentencia.
Un saludo
23/11/2009 00:37
y como muy bien dice Katia,

salvo mejor opinion.

Un saludo
23/11/2009 00:33
Me extrañaria mucho que usted, Jejemlle fuese abogado/a y si lo es, los deja en un lugar estupendo.
23/11/2009 00:23
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
22/11/2009 23:53
jejimlle,

No pretendo discutir con usted ni con nadie, me sorprende que sea usted abogado, pero únicamente por lo que dice, si usted hace 19 años fué condenado por alzamiento de bienes, debía existir algún desplazamiento patrimonial en perjuicio de acreedores, en otro caso no hay alzamiento alguno, interés en aprender siempre tengo, pero por la facultad de derecho ya hace unos años que pasé y ya hace unos cuantos que ejerzo como abogado ¿usted ejerce? si lo hace, espero y deseo que no sea en este campo o sus clientes tendrán problemas con usted.

Mire usted se puede opinar diferente, el derecho como usted debería saber no son matemáticas, en muchas ocasiones, hay diferentes posibilidades, y el ver diferentes puntos de vista, puede enriquecer a todos, pero cuando alguien decide ponerse a su nivel el post se agria, y es preferible despedirse, ya no se va a aportar nada que ayude al consultante.

Es muy bueno y aconsejable saber debatir y admitir diferentes ideas, pero con su tono, yo considero que aquí no merece la pena aportar nada más, con esto me despido de este hilo.

Muy buenas noches,
22/11/2009 23:40
Katia: contigo no discuto, y no lo entiendes porque no estás al nivel que se requiere para saber de estos temas.
Cuando doy muy opinión lo hago con conocimiento de causa y sabiendo lo que digo: 1º porque soy abogado y 2º porque hace 19 años yo hice lo mismo, me llevé absolutamente todo lo que había en mi casa, y me condenaron por alzamiento de bienes.
De todas formas, si tienes interés en aprender y comprender, en la Comunidad de Madrid hay varias facultades de derecho, público, donde después de mucho tiempo de estudio, te podrás apoyar para dar tu opinión
Un saludo
22/11/2009 20:53
Por favor, necesito ke alguien me conteste y me digan....estoy en separacion supuestamente amistosa pero la sentencia en firme no termina de llegar. Ha tardado muchos meses para firmarla y al final he tenido yo misma ke hacer el pago de todo el tramite para ke se lleve a cabo. Ahora, lleva siete meses sin pasar la pension a los niños dictada por el mismo y aceptada y sin pagar hipoteca de la cual me he tenido ke hacer cargo yo misma y al final nos hemos ido a la calle porke la situacion economica era insostenible y el mismo banco me hizo una oferta para solventar el pago de la hipoteca sin tener ke llegar al embargo. En estos momentos vivo con mi pareja, en su casa, en 24 h tuve ke dejar la mia y objetos personales tanto de mis hijos como mias porke no tuve tiempo para llevarmelas y el sinverguenza sigue sin pasar nada a mis hijos y no cumple con nada de lo pactado. Segun mi abogado no puedo hacer nada hasta ke no tenga la sentencia en firme....joder no puedo de ninguna forma denunciar a este sinverguenza?? puede alguien ayudarme?
Muchas gracias de antemano a todos
22/11/2009 13:41
jejimle,
Art. 257 Código Penal

1. Será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses:

El que se alce con sus bienes en perjuicio de sus acreedores.

Quien con el mismo fin, realice cualquier acto de disposición patrimonial o generador de obligaciones que dilate, dificulte o impida la eficacia de un embargo o de un procedimiento ejecutivo o de apremio, judicial, extrajudicial o administrativo, iniciado o de previsible iniciación.

2. Lo dispuesto en el presente artículo será de aplicación cualquiera que sea la naturaleza u origen de la obligación o deuda cuya satisfacción o pago se intente eludir, incluidos los derechos económicos de los trabajadores, y con independencia de que el acreedor sea un particular o cualquier persona jurídica, pública o privada.

3. Este delito será perseguido aun cuando tras su comisión se iniciara una ejecución concursal.

Artículo 258.

El responsable de cualquier hecho delictivo que, con posterioridad a su comisión, y con la finalidad de eludir el cumplimiento de las responsabilidades civiles dimanantes del mismo, realizare actos de disposición o contrajere obligaciones que disminuyan su patrimonio, haciéndose total o parcialmente insolvente, será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.

Si es sted abogado y español, no entiendo donde incardina el alzamiento de bienes, por muy extensiva que pretenda hacer su aplicación, no existe tercero acreedor, elemento indispensable del delito que indica.

Por otro lado, si no he entendido mal, aún no existe plazo alguno para que se lleve sus efectos personales, está esperando el auto de las medidas provisionales, por lo que será la vía civil, donde se resuelva la liquidación de los gananciales y la parte que se adjudique a cada uno.

Salvo mejor opinion.

Un saludo,

22/11/2009 10:12
para Katia: el progenitor no custodio, al que le den un plazo para llevarse sus bienes personales (ropa, libros, su música), comete un delito de alzamiento de bienes si se lleva el ajuar familiar.
En la via civil no puedes reclamar nada porque no es ámbito del derecho civil
22/11/2009 09:16
Rocoan,

La pensión que se estipula en las medidas provisionales, es muy escasa, entiendo que usted pediría una cantidad superior ¿no? ¿en que basa el juez su decisión? si su marido alega que usted trabaja y usted lo niega, él es el que tiene que demostrar que es así.

Usted debe solicitar una pensión compensatoria, al menos por algún tiempo, en el que sea posible que se incorpore al mercado laboral.

jejimlle,
¿un alzamiento de bienes? por más que se intente tipificar los hechos como alzamiento de bienes, es imposible, rizando mucho el rizo, se podría buscar un ilícito penal, pero tendría más posibilidades de éxito reclamando en la vía civil, en mi modesta opinión, es preferible mantener a los hijos fuera de esta controversia, rocoan debería reclamar los bienes de manera fehaciente concediendo un tiempo para su devolución y en el caso de que no lo haga, podría reclamar judicialmente, en via civil.

Salvo mejor opinión.

Un saludo,
22/11/2009 02:53
SOLUCION: Iniciar un procedimiento por Alzamiento de Bienes tipificados en el 257 y 258 del codigo penal. Es un pleito penal. Supongo que tendrás algunas fotografías de tu casa con los muebles. Pues las aportas, y si hace falta que intervenga en Ministerio fiscal para que tu hijas afirmen lo que tu dices, y le intentas demostrar al juez que tu casa tenía muebles
22/11/2009 00:27
Y como puedo hacer para que devuelva todo lo que se llevó, porque él puede alegar que no cogió nada, de hecho siempre sacó todo de casa cuando no estabamos ni las niñas ni yo, y cuando llegaba a casa llamaba a las niñas y les decía "niñas mirad, se han llevado más cosas de casa, deben ser los que tienen las llaves" (eso va por mis padres que hace más de 6 meses que no entran en mi casa), lo que él no sabe es que las niñas vieron el maletero de su coche lleno con todas las cosas.
Lo dicho, que puedo hacer yo para que me devuelva como mínimo las cosas de aseo....
22/11/2009 00:19
La casa queda para uso y disfrute de llos hijos y el custodio, y el no custodio no se puede llevar más que sus cosas personales.Las cosas de la casa se repartiran cuando se venda la casa o cuando se llegue a un acuerdo sobre la reparticion.
Ponte firme ahora porque sino estas perdida para el resto de tus dias.
Y el abogado que trabaje un poquito porque 200€es lo que se esta pagando por1 hijo.

Venga mucha suerte.