Como viuda de su marido, si no se ha vuelto a casar, y por el llamado derecho de representación usted sí tiene derechos hereditarios en la herencia de sus suegros pero con la concurrencia de otros herederos (hermanos/as o sobrinos de su difunto esposo) y, posiblemente en un porcentaje menor. Deberá informarse accediendo al testamento, de existir, y deberá conocer igualmente los bienes,derechos y deudas que forman esa herencia de sus suegros que heredaría por premoriencia (el heredero, su marido, falleció antes que sus padres). Asesórese con una consulta ante un abogado de su proximidad y confianza experto en herencias. Suerte y salud.
Estando en gananciales tampoco te habría correspondido nada, dado que las herencias son siempre privativas.
Si falleció primero tu marido, antes que tus padres, no tienes derecho tampoco a usufructo, ya que los bienes de sus padres no pasan al fallecido y de este a ti, pasarán a quien correspondan. Tú de tus ex-suegros legalmente no eres nada, y no heredarás nada salvo que te dejaran algo en testamento.
El régimen de matrimonio no afecta al orden de sucesión en herencias. Si no hay testamento, la herencia es primero descendiente y luego ascendente, es decir si no hay hijos, la herencia pasa a sus progenitores. A usted le correspondería el usufructo de determinados bienes pero ninguna propiedad.
Mi marido fallecio y estabamos casados en regimen de separacion de bienes, ahora murieron sus padres y toca repartir la herencia, me comentan que estando casados en este regimen no me corresponde nada de ella...¿es cierto?