Hola a tod@s,
Mi consulta es la siguiente :
Teniendo una sentencia ganada a la s.social, en la cual se reconoce una I.P.T, en la cual pone " se condena a la S.Social a que page al actor una pension VITALICIA .." y no esta recurrida....
¿Es posible en este caso que se revise y se quite esta pension por mejoria o la sentencia de pension vitalicia prevalece de por vida? . Gracias
Es vitalicia si sigues con las mismas lesiones,y no hay mejoria, pero si hay mejoria, y te revisan te pueden dar el alta, lo mismo que si hay un empeoramiento de las lesiones en vez de una IPT , te den una absoluta.
TODAS las incapacidades son revisables , TODAS , hasta le dad de jubilación . Hay muchas que , por el carácter definitivo de las patologías no las tocan , pero por norma general todas son revisables y lo suelen hacer cada dos años .
No tiene nada que ver, la edad, para las revisiones.Hasta los 65 años que es la edad de la jubilacion ordinaria, te pueden llamar, tengas la edad que tengas.