Al separarme deje a mis dos hijo la parte del piso, hace 20 años. No se regularizó legalmente por lo que actualmente sigo siendo propietario. Uno de mis hijo falleció hace diez años. Mi pregunta es, la parte que a mi hijo quien la hereda?. Gracias
¿Cedes la propiedad o el uso?.
Si cediste la propiedad, la parte que le correspondiera a tu hijo, si no estaba casado ni tenía hijos, los herederos sois tu ex y tu, a partes iguales
Entonces si, aunque hay una matización:
Artículo 812 - Código civil español
Los ascendientes suceden con exclusión de otras personas en las cosas dadas por ellos a sus hijos o descendientes muertos sin posteridad, cuando los mismos objetos donados existan en la sucesión. Si hubieren sido enajenados, sucederán en todas las acciones que el donatario tuviera con relación a ellos, y en el precio si se hubieren vendido, o en los bienes con que se hayan sustituido, si los permutó o cambió.
Así pues, entiendo que el heredero eres tu, ya que fué una donación exclusivamente tuya.
Un matrimonio casado, él en segundas nupcias con 1 hijo del anterior matrimonio. Ella sin hijos.
Fallece ella y deja su herencia a sus sobrinos y el usufructo de una propiedad al marido.
Posteriormente, sin llegar a un acuerdo en la liquidación de los gananciales, porque el marido y su hijo se niegan, el hijo le incapacita, quedándose como su tutor.
¿Los sobrinos tienen que plantear un proceso de liquidación de gananciales en el juzgado correspondiente a dónde ella vivía, o podría solicitar al juzgado que incapacitó al marido, la liquidación de bienes, como parte del proceso de incapacitación?