Necesito ayuda. Mi abuela estaba casada de segundas nupcias y a mi padre le dejo la mitad del dinero, porque la otra mitad el padrastro de mi padre se lo quería dejar a la hija que traía de su otro matrimonio.
El problema surge cuando, mi abuela engañada por su marido, metieron el dinero en un seguro vitalicio, el cual nos han dicho que no entra en herencia.
Ósea que mi padre se queda sin nada porque en el
Seguro muerto el uno es para el otro y su padrastro no le quiere dar nada.
Ese dinero se metió directamente de un fondo de inversión en un seguro vitalicio y nos ha comentado un abogado que podemos alegar que ese seguro se contrató con fines fiscales y que entre en la herencia.
El seguro no es materia hereditaria en cuanto no perjudique a la legítima, por lo que su padre puede exigir que se le haga entrega de la parte de la prima que se correspondía con la misma. El seguro no es un mecanismo de elusión de la ley y de fraude de derechos, sino de garantía contra un posible mal. Por lo tanto, su padre puede reclamar al beneficiario todo lo que le corresponda por herencia.
Si su padre es heredero universal de su madre, tiene el derecho a que se le abone el 50% del dinero invertido en la prima del seguro. De ninguna de las maneras se le puede dar menos, se firme lo que se firme.