Tal y como lo tengo entendido, y puesto yo mismo. NO. Los beneficiarios de un seguro de vidad son los que designa el titular de la poliza, no los herederos legales. Com ya he dicho antes por defecto normalmente son los herederos legales, pero no siempre. Por ejemplo mucha gente tiene una hipoteca, y el un seguro de vida, donde el heredero es la entidad financiera aue se compromete a amortizar el capital hipoecado. No es el mejor ejemplo, pero los seguros de vida son la escepción o al menso una de las pocas que puedad haber en las herencias. He consultado varios profesionales y la respuesta siempre ha sido la misma. La que te estoy dando.
_ Carlos, podrías decirme ¿ que sucede con los herederos legales si la persona designada no figura entre ellos?
¿Podrán paralizar si se enterán, si ocurriese el fallecimiento, el cobro de la indemnización?
No se exactamente en el pais vasco, pero los seguros de vida, estan pir enciam de los testamentes, es decir que el beneficiario puede ser nominal, com onombre y apeliidos, y prevalece al que se haya indicado en el testamento. Normalmente por defect se colocan a los herederos legales, pero puede ponerse a otra persona.
En la empresa en la cual trabajo hemos de nombrar un beneficario de este seguro para que lo cobre en caso de muerte por accidente, muerte natural o incapacidad absoluta
Nosotros estamos registrados como pareja de hecho en el Gobierno Vasco y en el convenio de la empresa las pareja de hecho tienen la misma consideración que los matrimonios.
No tenemos hijos y no se muy bien cómo esta regulado el tema de las herencias en el caso de las parejas de hecho. Supongo que aunque nombre a mi pareja como beneficiaría mis padres tendrian derecho a la mitad en caso de que yo falleciera.
No hay testamento hecho.
Estoy equivocada, y la totalidad del seguro iría para mi pareja?