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Seguro de vida

8 Comentarios
 
Seguro de vida
15/05/2013 21:59
buenas acabo de comprar una vivienda nueva a medias con mi pareja,no estamos casados, al concedernos la hipoteca nos obligan a contratar un seguro de vida por el cual, si cualquiera de los dos fallece el banco se hace cargo del 50% de la hipoteca del fallecido, hasta hay todo normal, pero mi duda es; si se diera el caso de que uno de los dos, desgraciadamente falleciera, sin tener hijos niguno de los dos, la familia del difunto podria exigir algo al conyuge vivo? me explico el que queda vivo se queda con la vivienda y teniendo que pagar ya solo su parte de hipoteca, pero la familia podria reclamar la parte de vivenda correspondiente al fallecido? o pasaria a ser ya unicamente del vivo?
no tengo intencion de que a ninguno de los dos nos pase nada pero es una duda considerable que tenemos.
gracias de antemano a quien nos pueda ayudar.
un saludo.
15/05/2013 23:57
Lo ideal en estos casos es hacer testamento. Piensa que los herederos del que fallece son sus familiares no la pareja. Si queréis que en caso de que al fallecer uno, el otro pueda quedarse con el piso sin problemas, hacer testamento cuesta poco y evita muchos quebraderos de cabeza.
16/05/2013 08:42
muchas gracias por tu respuesta ascas, osea que de no hacer testamento, si que podrian reclamar la familia del fallecido su parte del piso? no tenia ni idea o sea que encima de viudo me quedo sin casa, alucino tendre que hacer testamento por lo que pudira pasar.
de nuevo muchas gracias.
16/05/2013 09:15
Buenos dias , pechi, si no estais casados no puedes ser viudo.
Aunque haga testamento, no puede excluir a sus herederos legales, que son sus padres, y al no estar casados no sé hasta que punto puedes heredar algo más que el tercio de libre disposición.
Puede dejarte el usufructo vitalicio, pero compartido con los padres.
16/05/2013 14:55
entonces si estuvieramos casados ya daria igual hacer el testamento, "heredaria" su parte del piso? o viceversa, sin que sus padres o los mios pudieran reclamar nada? o aun estando casados sin tener hijos podrian reclamar algo?
16/05/2013 16:46
Artículo 809
Constituye la legítima de los padres o ascendientes la mitad del haber hereditario de los hijos y descendientes, salvo el caso en que concurrieren con el cónyuge viudo del descendiente causante, en cuyo supuesto será de una tercera parte de la herencia.
16/05/2013 16:56
gracias 1996 pero me he perdido, no comprendo tu explicación, quieres decir que aun estando casados y con hijos, los padres tienen derecho a un tercio de la herencia?
16/05/2013 17:18
Si hay hijos los padres no heredan. Pero los hijos tienen como "legitima" dos tercios, uno en pleno dominio y otro en nuda propiedad, siendo el usufructuario de ese segundo tercio el conyuge viudo (casado). El tercio restante sería de libre disposición.
Si no hay hijos es el articulo 809 que te he pegado.
16/05/2013 18:18
de nuevo gracias, creo que ya lo tengo algo mas claro