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Segunda opinión. Juicio de testamentaria.

1 Comentarios
 
Segunda opinión. juicio de testamentaria.
perfil Anónimo
10/09/2016 12:13
Buenos días:
Me gustaría si es posible contar con una “segunda opinión
10/09/2016 16:58
Anónimo
Anónimo: se encamina usted a la molicie, a la incuria y a una trampa segura. Sea lo que fuere lo que se apropió su hermano antes de la muerte de su padre, eso no se puede integrar en el caudal de la herencia a no ser que su padre hubiese sido declarado inhábil por un juzgado y su hermano fuese el tutor.
Lo que pueden hacer valer el resto de los hermanos es una reclamación (incluso penal) al margen del procedimiento de división judicial de herencia, pues esos movimientos fueron previos a la misma muerte. Pueden reclamar ejerciendo tales derechos en lo que se llama un juicio ordinario y, teniendo en cuenta que la calidad de herederos y la sucesión empieza desde el momento en que muere una persona, no antes. Quizás su padre tenía una deuda con su hermano, puede que se lo regalase de buena fe, anticipando su porción legítima, puede, en fin, que le autorizase el desencaje para cualquier cosa, no siendo suficiente que a usted le conste que su padre no estaba en condiciones de hacer nada . Que su padre sufriese un abuso y fuese esquilmado en vida es algo ajeno a la sucesión, aunque pueda reclamarse en virtud de la misma. Por lo tanto, antes de exigir esos cien mil como caudal hereditario, tiene que haber una declaración judicial que así lo diga.