Hola a todos
querría plantear una consulta a ver si alguien me pudiera ayudar, el caso es el siguiente:
Soy una persona muy mayor, estoy casado y tengo un hijo común con mi esposa, ésta tuvo un hijo de soltera al cual yo reconocí, cuando me case, dándole mi apellido. Recientemente este hijo de mi mujer nos pidió una cantidad importante de dinero, para comprar un piso que no le hacia falta y especular con él, y como no nos pareció bien dárselo, se enfadó y nos dejó de hablar, dejando de tener cualquier relación con él durante varios años. Durante este periodo vendimos el piso en el que vivíamos y nos fuimos a vivir con el otro hijo, hecho este que debió enfadar aún más al hijo de mi mujer, ya que a raíz de eso me puso una demanda de filiación para quitarse mi apellido y ponerse el de su padre biológico, a la cual no me opuse. A día de hoy seguimos sin tener relación alguna con ese hijo. A través de un tercero nos hemos enterado de que está indagando a ver lo que se puede llevar de herencia, a pesar de no querer saber nada ni de mí ni de su madre. Ante esto mi mujer y yo hemos decidido poner todos los ahorros a mi nombre y el de mi hijo, ya que no queremos que se lleve nada, o lo menos posible, también hemos hecho testamento, ella sólo de ha dejado la legitima legal.
mi pregunta es:
si fallece mi esposa antes que yo, ¿tendría algún derecho sobre las cuentas bancarias que están a mi nombre y el de mi hijo?
¿podría pedir los movimientos bancarios anteriores al fallecimiento, y hacer algún tipo de impugnación?
si fallezco yo antes que mi mujer, ¿el dinero de las cuentas pasaría a mi hijo, o mi mujer tendría algún derecho?, y en este caso su hijo.
Muhon :
En cuanto al cambio de poner todo a tu nombre, es un paso acertado, pero tambien deberiais hacer capitulaciones, osea separacion de bienes, para que tu hijastro no pueda vincular ningun bien a traves de su madre hacia el.
De todos modos, todo esto deberias asesorarte en un notario y/o en abogado, para contarle el caso especifico, aunque creo que con esto quedaria solucionado, no se lo que puede ocurrir, con lo que antes de haber cambiado los bienes y dinero a nombre tuyo, si el podria inpugnarlo, eso te contestara mejor un abogado, ahora lo que si te puedo decir es, que tu hijastro, podra heredar aquello que exista como bien o en metalico, por si esto te da ideas, no es ni el primero ni el ultimo que vende el piso a alguien, hay formas, y se gasta el dinero o desaparece de tu cuenta y vete a indagar a nombre de quien esta, y ya puede investigar lo que sea, si no figura dinero a tu nombre ni piso, no se lo que va a pedir, con esto te quiero decir que se hereda aquello que existe a tu fallecimiento todavia, pero nadie te quita de vender tu piso, gastarte el dinero, sacarlo del banco, y voila!, no hay nada que heredar, que te parece?, formulas hay si quieres que no herede nada, hay que hay que estrujarse las neuronas un poco.
Suerte.
Gracias por la respuesta, a dia de hoy las únicas propiedades que tenemos son los ahorros en el banco, es por lo que estamos preocupados.
Si esos ahorros los pusiera a nombre de mi hijo solamente, ¿podría mi hijastro reclamar algo a traves de la legitima de su madre ?