la Ley de Marcas lo deja muy claro en sus primeros artículos, concretamente en el art. 4.2.a) cuando dice que podrá ser una marca:
"a) Las palabras o combinaciones de palabras, incluidas las que sirven para identificar a las personas".
Después añade que una marca no puede mencionar en su denominativo referencias directas al producto o servicio con el que se quiere identificar, y por último que no sea similar, idéntica o genere confusión con una ya registrada, los artículos 4, 5, 6 y 7 de la Lye de Marcas detallan todo esto.
Para temas concretos de marcas, te aconsejo que entres en la web www.elregistrodemimarca.com, hay mucha información de utilidad, si te interesa precio u orientación puedes solicitarlo a través del formulario.
Desde mi despacho de abogados (pcp abogados), ofrecemos un servicio de enfoque jurídico gratuito para particulares y empresas enviadnos un mail o llamarnos si quereis que completemos la respuesta,
Es registrable siempre que 1) no haya relación directa entre la palabra compuesta y el nombre del producto o servicio al que identifica, 2) no se relacione directamente con características de los productos y servicios, y además 3) sea suficientemente distintiva.
En definitiva, el término que quieres registrar debe ser capaz dar al consumidor o usuario, información suficiente sobre la fuente (empresa) que proporciona los productos o servicios.
Para su registro, hay que pagar la tasa correspondiente y rellenar el formulario de solicitud, con los datos del solicitante, representante en su caso, lista de productos y/o servicios para los que se solicita protección.
Es muy conveniente realizar una búsqueda marcas similares anteriores ya registradas o solicitadas, en los países donde desee solicitar la marca
He pensado en una palabra compuesta (formada por dos palabras) que me parece puede ser muy interesante a la hora de utilizarla en determinada publicidad. ¿esto es registrable?.