He pensado en una palabra compuesta (formada por dos palabras) que me parece puede ser muy interesante a la hora de utilizarla en determinada publicidad. ¿esto es registrable?.
Es registrable siempre que 1) no haya relación directa entre la palabra compuesta y el nombre del producto o servicio al que identifica, 2) no se relacione directamente con características de los productos y servicios, y además 3) sea suficientemente distintiva.
En definitiva, el término que quieres registrar debe ser capaz dar al consumidor o usuario, información suficiente sobre la fuente (empresa) que proporciona los productos o servicios.
Para su registro, hay que pagar la tasa correspondiente y rellenar el formulario de solicitud, con los datos del solicitante, representante en su caso, lista de productos y/o servicios para los que se solicita protección.
Es muy conveniente realizar una búsqueda marcas similares anteriores ya registradas o solicitadas, en los países donde desee solicitar la marca
la Ley de Marcas lo deja muy claro en sus primeros artículos, concretamente en el art. 4.2.a) cuando dice que podrá ser una marca:
"a) Las palabras o combinaciones de palabras, incluidas las que sirven para identificar a las personas".
Después añade que una marca no puede mencionar en su denominativo referencias directas al producto o servicio con el que se quiere identificar, y por último que no sea similar, idéntica o genere confusión con una ya registrada, los artículos 4, 5, 6 y 7 de la Lye de Marcas detallan todo esto.
Para temas concretos de marcas, te aconsejo que entres en la web www.elregistrodemimarca.com, hay mucha información de utilidad, si te interesa precio u orientación puedes solicitarlo a través del formulario.
Desde mi despacho de abogados (pcp abogados), ofrecemos un servicio de enfoque jurídico gratuito para particulares y empresas enviadnos un mail o llamarnos si quereis que completemos la respuesta,