Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

¿Se puede reclamar para uno mismo la todalidad de una herencia?

29 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 29 comentarios
08/01/2010 13:36
Muchas gracias Isd2, sabiendo que mi padre puede cambiarlo independientemente, él se va a sentir más tranquilo... te aseguro que es algo que le quita el sueño... y mi madre... espera que mi hermana venga con el rabo entre la piernas pidiendo perdón... después de 7 años en los que no conoce ni a sus sobrinas... el problema lo tendra mi madre si falta mi padre antes, puesto que vendrá a por su parte de la herencia y mi madre tendrá que dársela, a costa de lo que sea y entonces ya será tarde...
07/01/2010 19:27
Lo primero de todo: si el testamento dice que igual para todos, es igual para todos, o sea, se tendría en cuenta todo lo donado en vida para hacer la partición. En caso de no haber testamento, en un principio se entendería que a los otros hermanos se les ha mejorado en vida, y se quedarían las cosas como estaban, salvo que no se respetase la legítima.

Dile a tu padre que vaya mañana a un notario. Por 40 € que vale un testamento nuevo, le puede preguntar todo lo que le de la gana para hacerlo como él quiera. Agredir a un padre es una de las pocas causas de desheredación que hay, quizás pueda si hay denuncia de por medio.

Si tu padre está muy enfermo y no puede salir de casa, creo que el notario iría a la suya.

Por último, habría que ver lo que pone el testamento sobre la fiducia, pero en principio, te puedo decir que no, ya que en todo caso heredarías tu (salvo que se dijese lo contrario). Hay muchas maneras de instituir una clausula fiduciaria. Esto también se lo puede preguntar tu padre al notario, para hacerlo de la mejor manera y que quede lo más claro posible.


Otra cosa, si tu madre no quiere cambiar el testamento, pero tu padre sí, no hay ningún problema. Ya tengan gananciales o separación de bienes, cada uno puede hacer su testamento sobre sus bienes propios en un caso, y sobre el 50% de los bienes comunes en el otro.
07/01/2010 12:15
Gracias Isd2, entonces si en el testamento los padres ponen a todos sus hijos por igual, pero ya han donado losbiens a dos, el tercero solo pude reclamar la legítima? o su parte total.
Explico, tengo una hermana que agredió a mi padre, el testigo de ello, su esposo, que por supuesto lo niega, mi madre es reacia a cambiar el testamento dejándole solo la legítima (por aquello de "a saber lo que pasó" pero mi padre si que quisiera dejarlo sin herencia, y como está muy delicado de salud, quisiera hacer las cosas lo antes posible.
En el caso de la "fiducia" también se incorporaria después al caudal hereditario???
En mi caso que estoy divorciada... si a mi hija le pasara algo sin descendencia, aunque yo tuviera el usufructo... podria pasar una parte a su padre o al nuevo hijo de él??
Gracias...
05/01/2010 17:15
Hathor:

Las donaciones hechas en vida si se cuenta como caudal hereditario a la hora de repartir la herencia cuando ocurra el fallecimiento. Si ese dinero llega pata cumplir tu legítima estricta (si así lo pone el testamento o si no hace ninguno) esperf3ectamente legal. En caso de que no llegase para tu legítima, bien se deberían vender esos bienes y darte tu parte de pasta, o bien tus hermanos te deberán de dar una cantidad de dinero para equiparar la cantidad a recibir de tus padres.

En cuanto a lo de dejar a los nietos con usufructo de los hijos si no me equivoco sí que se puede, es lo llamado fiducia, o contrato fiduciario.
05/01/2010 13:48
las legítimas? o la legítima del que no tiene nada donado??
Supongo que si se dona en vida no consta el dia de mañana como patrimonio hereditario, es así??
Se puede donar a los nietos con usufructo vitalicio de los padres???
Gracias
05/01/2010 13:37
Hathor, si pueden siempre que el dinero que quede cumpla las legítimas.

Saludos,
05/01/2010 11:29
Buenos dias... al hilo de esta cuestión... unos padres pueden donar en vida a dos de sus tres hijos las propiedades que poseen , quedando el tercero a expensas del dinero que quede el dia de su fallecimiento??
30/12/2009 19:53
Lo mismo te remito y,muchísima mas suerte con tu estreno en la abogacía.

FELIZ AÑO NUEVO
30/12/2009 19:03
Ok, suerte y feliz año.
30/12/2009 17:26
Tengo claro lo que me dices pero,existen otras cosas que de veras no quisiera mostrar aquí,ya que es un poco engorroso y no me gustaría que nadie mas supiera de ello.
La cosa en cuestión,es mas seria de lo que crees y por eso mismo,quería algún tipo de ayuda o información,ya que no sabemos que hacer y mucho menos donde meternos,pues cada vez que hemos querido pedir información sobre esto,nos dan respuestas diferentes y nos quedamos una mijita bloqueados.
Aún así te agradezco muchísimo el interés que te tomas por aclararme.
30/12/2009 17:07
Al Registro de la Propiedad, no al catastro.... :D

Por cierto, es la casa el único bien de tu madre que prodríais heredar?

Porque la herencia también puede ser dada de otra manera. Me explico:

Tu madre tiene juna casa (en este caso suya sería sólo la mitad, si fue tambien de tu padre) valorada en 110. La mitad, 55, le pertenecen a ella. También tiene una finca valorada en 20 (suya entera), y dinero en una cuenta corriente por valor de 15. Asi, tiene un caudal total de 90 (55 20 15). Si te deja sólo la legítima estricta, sería 1/6, o sea, 15. Y si quiere, toda su parte de la casa iría a esa hermana "malvada" que tienes, y además la otra finca, y a tí (ya que la otra hermana no es hija suya) te deja los 15 que había en metálico. Y eso es totalmente legal.
Por supuesto, de lo que era de tu padre (suponemos, que no lo sabemos, que era media casa) no puede disponer, pero de lo suyo sí y como le plazca, mientras a tí en su día te deje 1/6 mínimo del total de la herencia (que no sólo se contaría lo que tuviese en ese momento, también se sumarían todas las donaciones que hubiere hecho anteriormente, por eso lo de la donación camuflada en venta de la casa a tu hermana)
30/12/2009 13:25
Eso espero yo tambien Isd2,de momento iremos al catastro,como ya te dije, aver que pasa y despues por lo demás.Tendré en cuenta lo que me has dicho para cuando pillemos el abogado,almenos ir un poco informados,aver que nos dice...
Muchísimas grácias por tus respuestas y te deseo una buena entrada de año...


PD
SI CONSIGO SOLUCCIÓN A ESTE CASO,TE LO HARÉ SABER,PARA AGRADECERTE AÚN MAS TU CONTRIBUCIÓN A ELLO...
29/12/2009 21:00
gracias pinfiks, me sonrojas.. ;D

Por otro lado recordarte que lo que te he dicho sería sólo en el caso de que se cumpliesen los supuestos que yo he dicho antes (tu madre fallece sin testamento, casa comprada en gananciales con tu madre, tu madre te deja lo mínimo que
pueda...) si no, si tus circunstancias fuesen diferentes, no valdría lo que te he dicho.

Espero que pases felices fiestas, y que soluciones pronto tus problemas.

29/12/2009 13:38
Buenos dias Isd2.
Te agradezco infinitamente tu aclaración.
Nos acercaremos al registro de la propiedad aver que pasa.
Espero que seas un buen letrado pronto y te felicito por ello por adelantado.
Grácias de nuevo por tus respuestas.
Un saludo y FELIZ AÑO NUEVO
28/12/2009 21:47
De la mitad de tu padre tu madre no puede disponer nada. Si la casa estuvo comprada en regimen de gananciales, cuando falleció tu padre (sin tu padre no hizo testamento), su mitad pasa por parte iguales a sus tres hijas.

De la mitad de tu madre, tu hermana que es hija ilegítima de tu padre, y por tanto no es hija de tu madre, no tiene derecho a nada. Esto supone que tu en total tendrías derecho a un mínimo de 1/6 de la parte de tu madre, aparte del 1/3 de la parte de tu padre.

Así, tu madre no podría vender la totalidad de la casa ni si quiera a tu hermana, ya que parte sería herencia de tu padre para vosotras.

Pero de todas formas, la herencia que te corresponde de tu madre no la puedes recibir por adelantado, porque ella puede disponer de ella en vida como le dé la gana, aunque como ya te dije antes, si es una donación encubierta y lo podeis demostrar si que podrías hacer algo, pero siempre a la muerte de tu madre.

Para saber el propietario actual creo que basta con pedir una nota simple en el Registro de la Propiedad. Me parecen que incluso se pueden pedir por internet, y no son caras.

Decirte no obstante que no soy letrado, aunque espero serlo en breve, por lo que mis respuestas pueden ser erróneas o imprecisas. Además, has de tener en cuenta que todo lo que digo es en teoría, la práctica puede ser diferente porque puede haber más variables.

Pero lo que sí te puedo confirmar ahora mismo es que no tienes derecho alguno sobre la herencia de tu madre hasta que ella muera, porque mientras tanto no existe. Por lo tanto, no puedes pedir esa parte proporcional de la herencia como pretendes mientras tu madre esté viva.

Un saludo Pinfiks,

Salvo mejor opinión de alguien más versado que yo en estos asuntos
28/12/2009 20:38
Vivimos en Las Palmas de Gran Canaria.
La verdad que la actitud de ambas es inombrable pero,tanto mi hermano como yo no queremos quedarnos con los brazos cruzados, ya que en esa vivienda hay efectos personales de mi difunto padre de mucho valor sin contar en sí con el valor de la vivienda.
Espero poder hayar algo en lo que podamos movernos para solventar esta desagradable situación.
En el catastro nos podrán decir algo en referencia al propietario actual de la vivienda?
Gracias de nuevo...
28/12/2009 20:30
En un principio, no.
Habría que ver en que comunidad vives, pero en Derecho común tampoco te pueden desheredar, aunque si darte lo mínimo por ley, esto es, la legítima estricta, que en tu caso sería 1/9 del total.

Si le dona la casa y lo hace camuflada en una compra-venta, si lo puedes demostrar, una vez muera tu madre la casa, al ser una donación, computaría como caudal de herencia, y así cojerías tu parte.

Sé que moralmente puede ser reprobable la actitud de tu madre y de tu hermana, pero la casa es de tu madre, y puede hacer en vida lo que le de la real gana con ella.
28/12/2009 20:22
Gracias Isd2 pero te cuento.
De los tres hermanos,la mas pequeña,que es mayor de edad y madre soltera,es hija ilejítima de mi padre,y la idea de nuestra madre siempre ha sido querer sacarnos de cualquier herencia,para tener solo a la pequeña como única heredera.Parece ser que un abogado le informó que no podía hacerlo,desheredar al resto de los hijos.
El caso es que yo ahora me he visto en una mala situación económica y con una bebé de meses y se ha negado a que viva por una temporada en la casa donde vive actualmente la pequeña,alegando mi hermana de que es su casa.
Sé que se han movido para mirar de que manera
nos puede sacar de cualquier derecho sobre la vivienda y que incluso,ha intentado hacer una venta cerrada con mi hermana,pero no sé si lo han hecho.
Por eso lo de mi pregunta,por si exsiste alguna manera o ley en la que pueda apoyarme para solicitar mi parte de esa vivienda.
Mi madre dejó de vivir hace tiempo en esa casa.
Un saludo.
28/12/2009 19:38
Pimfiks:

Se la puedes pedir a tu madre, si no, difícil lo veo.
La casa aún no es tuya ni de tus hermanos, ezs de tu madre. ¿Cómo vas a pedir por adelantado algo que no es tuyo? ¿y si a tu madre, que es mayor de eda y puede hacer lo ke le venga en gana con su casa le da por venderla? ¿y si hace testamento (y lo puede cambiar siempre que quiera, no lo olvides) y a tí te deja la legítima estricta, que en este caso ta sólo sería 1/9 de esa casa?

No puedes disponer de algo que no es tuyo. Y tal vez no lo sea nunca, a saber, la vida da muchas vueltas...
27/12/2009 17:08
Hola,buenas tardes,felices fiestas y año nuevo.
Mi consulta es la siguiente;
Somos tres hermanos y el día que fallezca mi madre heredaremos una vivienda familiar,mi pregunta es si yo puedo pedir la parte proporcional que me corresponde de dicha vivienda de herencia,por necesidad,estando ella en vida aún?
Muchas gracias.