Hola Sinigual, tienes razón que la casa está registrada como un todo, es decir, no hay división horizontal. El problema que tenemos es que la casa tiene bien delimitadas tres viviendas una corresponde al 50% de la casa y las otras dos les corresponde el 25% a cada una, aunque como te he dicho no hay nada escriturado y además el 25% correspondiente al resto de herrederos (todo de palabra) es una vivienda (30 metros) que lleva 40 años sin ser ocupada. Creo que por esto que acabo de contar se complica más aún el tema.
Si hablamos de un terreno, en que no hay división horizontal, no nada, lo que tiene tu padre es, según lo que dices un 75% de una parcela que es indivisible.
El otro 25% por lo que parece corrsponde a tus primos, exactamente vo es la casa, ya que es un 25% de un todo indivisible.
Lo mejor es que negocieis con tus primos la compra de este porcentaje de la parcela, no hay posibilidad de usucapir.
Buen consejo, si te metes en un pleito lo tienes practicamente imposible ya que mientras la herencia está en indivisión la posible usucapión (de un bien que tuvieran tus padres el uso en concepto de dueños, etc y otra persona ajeno a la familia tuviera la propiedad) favorece a todos los herederos. Entre coherederos no hay usucapión. Cómprales su parte y si no quieren vederla, puedes pedir que la subaste.n
Disculpa te dije hermanos y sobrinos y son tios y primos. Yo precisamente lo que te aconsejo es que no entres en pleitos por algo que no es seguro, más ganas si le compras el 25% a tus primos, que si te metes en pleitos que te puede salir más caro. El recibo del IBI de por si es insuficiente para demostrarlo porque puede no coincidir con los titulares del catastro
Gracias maribel25, es un consejo muy bueno y el que sinceramente ya esperaba por que es lo que suelen los abogados que ya consulté decirme, pero gracias a internet siempre esperas que alguien tenga una inspiración o la experiencia para darte una nueva solución. Lo único que no entendí es la última parte de tu mensaje "te aconsejaría que le compres ese 25% a tus sobrinos, es lo justo y en los juzgados se imparte justicia". ¿Te refieres a que el juez puede obligarles a venderme ese 25%?
Tienes una comunidad de bienes con los herederos de tus hermanos y lo que quieres es usucapir la parte que les pertenece ¿no?. Bien, te diré que es un tema muy controvertido y que ha levantado polémicas doctrinales unos a favor y otros en contra. Yo tengo material al respecto y he leido sobre el tema porque personalmente me interesa, pegarlo aquí no puedo porque es amplio y tiene derechos de autor pero te diré que ante esa diversidad de criterios yo no me aventuraría a solictarla, la usucapión o prescripción adquisitiva se gana pero tiene que dilucidarse en un pleito, no se trata solo de decir tengo ganada la prescripción porque han pasado 40 años y ya es mio, no, hay que pasar antes por el juzgado, citar a las personas que puedan tener derechos sobre ese inmueble y ellos tendrán que aportar lo que a su derecho convenga con su abogado y el juez decide, se puede recurrir y así pasar tiempo para no tener certeza de que te van a dar la razón. Yo te aconsejaría que le compres ese 25% a tus sobrinos, es lo justo y en los juzgados se imparte justicia. Un saludo.
Gracias por tu respuesta Maestropintor, el término legal de USUCAPIR, ya lo conocía y lo hablé con algún abogado y me dijeron que un heredero no puede pedir para si mismo algo que es suyo o algo parecido, por eso hago incapié en "heredero" y si se puede reclamar de alguna otra forma o por USUCAPIÓN también la herencia
Hola beastijose, aunque no soy abogado, creo que te conviene visitar a uno y contarle el caso, pues creo que existe una figura legal llamada "USUCAPION"ó "prescripcion adquisitiva", que quizás podria aplicarse al caso y así solicitar la totalidad de la casa, es una cosa que me suena pero tampoco soy experto en la materia y no te puedo asegurar, osea que esperemos alguna opinion mas experta y sino, miralo y consulta a un EXPERTO. ¿ok? suerte
¿se puede reclamar para uno mismo la todalidad de una herencia?
Bueno, gracias de antemano.
El problema lo tiene mi padre (heredero), él vive en una casa (objeto a heredar) desde hace 57 años, la cual está a nombre de sus padres (no hay declaración de herederos ni partición), los dos están fallecidos, pero uno de ellos le vendió su parte a mi padre. Los herederos directos eran 4 hermanos, incluido mi padre, todos fallecidos menos él. Uno de ellos también le vendió su parte de la herencia. Total, mi padre posee el 75% de la propiedad y el otro 25% es de 3 herederos vivos, hijos de sus hermanos.
Ese 25% se corresponde a una vivienda que forma parte de la casa, pero no hay división horizontal y lleva más de 40 años sin ocupar por nadie.
La pregunta es: ¿Pudiendo demostrar el uso durante más de 40 años de la casa, habiendo pagado a su nombre mas de 20 años el IBI, hay alguna forma legal de que pase a su propiedad dicha casa?