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Se puede rechazar herencia?

3 Comentarios
 
07/06/2004 16:08
Muchas gracias a las dos.
05/06/2004 00:21

La compañera quiere decir que, al recibir la herencia a beneficio de inventario solo responderas hasta donde alcancen los bienes de la herencia.
Si la herencia la recibes pura y simple respondes del pasivo con la herencia y ademas con tus bienes propios.. (pasivo= deudas del causante)
04/06/2004 16:07
Si puedes rechazar la herencia, pero tambien puedes aceptarla en beneficio de inventario, es decir, solo heredarás si has de cobrar.
Se puede rechazar herencia?
04/06/2004 14:06
Hola, espero que me podáis ayudar.
Mi padre es una persona que tiene muchas deudas y con la cual yo no trato desde hace muchos años. No quisiera que cuando falleciese me tocase hacerme cargo de todas esas deudas. Mi duda es:
cuando la persona fallezca, ¿se me dará opción a rechazar la herencia o simplemente por ser su hija me tengo que hacer cargo obligatoriamente? yo no quiero ni lo bueno que tenga ni lo malo.
Muchas gracias.
Un saludo.