Les planteo una duda: Hace un mes que mi padre falleció. Él tenía varios créditos personales con diferentes entidades financieras. Al morir de cáncer son muchos los seguros que no se hacen cargo de su deuda por lo que mi madre está haciendo lo posible para hacerse cargo de ellas (al ser viuda los ingresos no son los mismos y no llega a fin de mes). Hemos oído que si se "renuncia a la herencia" mi madre podía dejar de pagarlas. La duda que tenemos es si se puede solicitar este trámite a pesar de que mi padre NO DEJA NINGÚN BIEN. Es decir, ¿es posible renunciar a una herencia si no hay nada que heredar, sólo deudas? Además de esto, mis padres estaban casada en régimen de separación de bienes!!!
Si se puede renunciar a la herencia. Tu madre no tendria que pagar nada. Lo que no se es donde ni como tienes que hacerlo. Como dice Vio, ves a la notaria que alli te lo explican todo.
Se puede renunciar a la herencia, es una escritura muy simple. No obstante, hay un par de cuestiones que quizás debas consultar. 1º.- Aegúrate de que en los préstamos no figura tu madre como prestataria ni como avalista (ni otra persona tampoco). 2º.- El hecho de que tu padre haya fallecido de cáncer no implica por sí mismo que los seguros no respondan de las deudas. Para ello tu padre debía saber de su enfermedad antes de contratar los seguros y haberlo ocultado maliciosamente. Vamos, que le hayan preguntado por detalles de su salud y no lo haya dicho aun siendo consciente de que mentía u ocultaba datos tan importantes como ese. En caso contrario, los seguros deben responder, eso sí, es muy probable que lo hagan en un pleito, por eso deberías consultar esto con un abogado.
Suscribo todas las opiniones anteriores.
"Espinaca" creo que tienes información suficiente.
No estaría de más hacer una pequeña consulta (unos 9€) y solicitar al Registro de la Propiedad una copia simple de tu padre por si (acaso) hubiera algún bien por ahí suelto o de alguna herencia anterior,....
Nunca se sabe...
He de hacer un reconocimiento de deuda, no ante notario. Si fallezco antes de haber hecho el pago, ¿hago responsables a mis herederos (sobrinos) del pago en cuestión?
Muchas gracias.
Si se acepta la herencia se de todo: derechos y obligaciones. Asi que si tus herederos aceptan la herencia tendrán que pagar la deuda que reste incluso con sus propios bienes.