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¿Se podría vender ahora una Vivienda de Protección Pública?

2 Comentarios
 
¿se podría vender ahora una vivienda de protección pública?
03/11/2007 14:19
Hola:

Unos amigos muy allegados residen desde hace casi 22 años en una vivienda de protección pública.

Sus hijos se han ido marchando y la casa se les ha quedado grande, por lo que llevan un tiempo planteándose venderla para adquirir otra vivienda que se amolde a sus necesidades.

Hace algunos meses se pusieron en contacto con diversas empresas de compraventa inmobiliaria y supieron que para proceder a vender la casa, primero tenían que liberarla del contrato que les ataba a la Comunidad de Madrid.

Cuando fueron a pedir información en las oficinas correspondientes de la Comunidad, para ver de qué modo tenían que realizar esta operación; les dijeron que conforme a lo publicado en el BOCM núm. 244, con fecha de 13 de Octubre de 2005; páginas 49 y 50, y más concretamente en la nota publicada por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (Orden 2907/2005); en caso de querer vender una vivienda protección pública, la Comunidad de Madrid podía ejercer su derecho de tanteo y retracto.

Hace ya más de un año de que tuviesen conocimiento de esta situación y recientemente un comercial inmobiliario se presentó diciendo que la ley había cambiado y que la casa ya se podía vender sin ningún problema.

Me gustaría saber qué hay de cierto en esto, y aunque imagino que los datos aportados tal vez no sean suficientes, agradeceré toda la información posible con el fin de contrastar si lo dicho por el comercial inmobiliario es cierto o si se trata solamente de una treta para que mis amigos vendan la vivienda aunque la ley no lo permita.

Sintiendo no tener más datos, y sintiendo no haber sabido explicarme mejor, espero toda la información posible.

Gracias.

Fdo.: Kikar.
12/11/2007 22:43
Vamos a ver, con los datos que facilitas, dudo mucho que nadie te pudda ayudaar. hay que saber de que fecha es la calificación definitiva de la vivienda y en segundo lugar el número de expediente. Estos datos constan en la escritura de propiedad.

Con estos datos sabrás a que plan de vivienda pertenece la casa, en principio el derecho de tanteo y retracto no lo pueden ejercer si la descalifican, es decir la convierten en libre, pagando las ayudas recibidas y demás pero habrá que ver el plan para saber que tenemos que devolver.

Espero haberte ayudado

suerte
13/11/2007 18:31
Se nota que del tema no sé nada ¿verdad?

Le haré saber a mis amigos que los datos que me dieron eran insuficientes y procuraré que la próxima vez la información sea más completa.

En cualquier caso te agradezco enormemente las pistas que me das para localizar esa información, y te agradezco al mismo tiempo que hayas tenido el detalle de responder a pesar de la falta de datos por mi parte.

Un saludo.

Fdo.: Kikar.