Heredamos de mi madre y al aceptar la herencia tuvimos que pagar la legítima en efectivo a mis otros hermanos. Después de unos años aparecieron otros bienes y mis hermanos me obligaron a hacer la adición para cobrar su correspondiente legítima. La hicimos y ahora tenemos que pagar la legítima. Pensamos que cómo eran unos terrenos podíamos pagar con los mismos. La abogada de mis hermanos nos exige que sea con lo mismo que se pagó en la aceptación de herencia. Es cierto? Gracias y saludos.
Puede usted darle una parte de los bienes de la herencia, no es necesario que pague en efectivo. Aunque usted sugiere en su mensaje que el testamento de su padre dispuso esta obligación de pago en efectivo, jamás puede primar con la realidad de que los herederos tienen derecho a la legítima de la masa hereditaria, como es el caso, y por tanto le puede dar participación en esos terrenos y ningún dinero.
Hola: Ya hemos pagado con dinero en las dos aceptaciones de herencia. La de mi padre y la de mi madre. Ahora tenemos que pagar la legítima de la adición, que son unas fincas con un valor determinado. Y la abogada de los legitimarios nos exige que sea con dinero puesto que siempre hemos pagado con dinero. Estamos en Cataluña y esto se rige por el Código Civil de Catalunya.