Necesito ayuda, mi madre tenia una casa que aporto a su matrimonio en bien ganancial, mi madre murio y no registramos su muerte en el registro, al cabo del tiempo mi hermano hizo a mi padre firmar para avalarle unas operaciones , pidio creditos. Al cabo del tiempo empezaron a llegar embargos a mi hermanos y a mi padre por que firmo. Hace una año y algo que mi padre tambien ha fallecido y ha empezado el juzgado con los tramites. Mi pregunta es que si mi madre murio y mi padre firmo no puede hacerlo como aval la casa no? Y si fuera asi tendria que firmar mi madre y al no estar tendriamos que haber firmado nosotros? La casa tiene cargas. Mivpregunta tambien el juez puede ir a por nosotros para pagar la deuda? Teoricamente estaria embargada la parte de mi padre ya que mi madre murio sin firmar . Mi hermana y yo hemos rechazado la herencia de la parte de mi padre pero no la de mi madre. eso esta bien hecho? O tenemos que renunciar todo para no pagar deudas? Las deudas son mayores que el valor de la casa. Tenemos mucho miedo que nos embargue a nosotros que nada tenemos que ver. Que podemos hacer?
Que la aceptación de la heremcia sea a beneficio de inventario, y de esa forma vdes no tienen nada que ver con los posibles embargos que vengan contra las propiedades de sus padres.
O simplemente si ya estan seguros que las deudas son mas altas que el patrimonio, renuncien directamente ante un notario.
Y los bancos no han incurrido en delito de avalar con la casa cuando mi madre ya habia fallecido? Nos tendria que haber llamado a mi hermana y a mi para firmar no? O en estos casos mi padre firmo como persona y sus vienes?
Otra cosa nosotros hemos rechazado la herencia de la parte de mi padre que es el que tiene el embargo y no la parte de mi madre muerta antes de que mi padre le firmara a mi otro hermano. La casa ya tiene cargas nos rebotaria por la parte de la herencia de mi madre
Hola, mi padre, que no tenía bienes que legar, ni en que caerse muerto tenía una deuda con la s.s. por lo cual tenía embargada la pensión. Ahora, tres meses después de fallecer, la s.s. nos envía una carta a los hijos requiriéndonos el pago de dicha deuda bajo amenaza de embargarnos cualquier prestación que tenga alguno de nosotros. ¿Pueden hacer eso?, ¿No es un robo?. A mí me parece cuando menos inmoral.
Ámbito éste, el de las deudas, en el que destacan las que se derivan las contraídas con entidades financieras y la hacienda pública.
Yo, que soy uno de los grises ciudadanos proyectados por la fuerza centrífuga del fenómeno 'deuda' a las fronteras de la sociedad, he asistido en primera persona a cómo las unidades de negocio emergidas de las deudas contraídas con bancos bajo la figura mercantil de comprar varios miles de millones de impagados por unos cuantos -pocos- con el objeto social de la empresa de arañar lo que se pueda al sinvergüenza (yo) que no cancela su compromiso de retorno de la deuda, como decía, he asistido a esa sentencia, entre chulesca y amenazante, de que mis hijos heredarán mis deudas.
Y sí, en una condición ideal (gris ciudadano imbécil por naturaleza) así es: la Ley (ésa que permite que jorge pujol y sus jabatos vivan en la opulencia con dinero que fue del erario sin mayor remordimiento y otras proezas de otros sinvergüenzas no menores) dice claramente que la herencia arrastra deudas a los herederos.
Siempre y cuando se "acepte la herencia", en caso contrario el deudor podrá comprarse unos alfileres y un muñeco de trapo y probar a ver si con un 'Aprender Vudú para Dummies' consigue rebajar algo la alteración metabólica principalmente asociada a la 'mala leche'.
Hoy en día los 'sinvergüenzas' que como yo lo hemos perdido todo, podremos legar la ropa, algún libro, algún receptor de televisión, un viejo coche sin aire acondicionado y algunas otras envidiables posesiones, por lo que la amenaza del buitre económico es un canto al sol.
Mis hijos heredarán exclusivamente reflexiones sobre el papel de las entidades financieras en sociedades imbecilizadas y las relaciones que se pueden sostener con las mismas sin darles la espalda y sabiendo que su veneno es de los más letales de entre los de las especies animales. Por lo demás, ningún buitre carroñero de las bolsas de deuda les podrá meter la mano en su patrimonio salvo que comentan mis idénticos errores.
A esas entidades con ese discurso de que mis hijos heredarán mis deudas, mi más sentido pesar por su hijoputez e imbecilidad militante. Prueben a doblar el espinazo para ganar dinero, se sorprenderán de lo bien que resulta para poder dormir al finalizar uno y otro día reventado.
Quisiera saber dónde se tributaría por el impuesto de sucesiones con las siguientes condiciones: mis padres y mi hermano viven en la Comunidad de Madrid y yo en la comunidad valenciana. Mis padres tienen dos viviendas en la comunidad donde viven y otra en Castilla la Mancha. Gracias
Una cuestión. Está bien hecho un testamento al 50 % entre dos hijos de la siguiente manera: 50% íntegro para un hijo y el otro 50% así: legítima estricta para el otro hijo y el resto entre los dos nietos hijos de este último hijo. Gracias.
Sí, se respetarían las legítimas. La estricta para el segundo hijo sería 1/6, y otro 1/6 para cada nieto.
Vaya al notario y que lo redacte, no habrá ningún problema.
Saludos.