Yo no veo ninguna falta de respeto a los agentes, pero sí aconsejaría al consultante poner ya una denuncia contra estas personas, que ejercen de agentes.
Y le pregunto al foro ahora: ¿A alguien se le ocurre algún delito que estos agentes podrían haber cometido?
Esto es de risa. Si fer7 hubiera dicho que le fusilaron en la plaza mayor de su pueblo aquí estarían acusando a los GC de asesinato.
Si vamos a creernos las fantasías de todo aquel que las cuelga aquí lo tenemos claro. Podrás argumentar todo lo que te dé la gana para intentar conseguir eludir tu responsabilidad, pero al menos a mí no me engañas.
Yo no me creo nada.
En cuanto a tus preguntas de por qué conocían tus datos si te negaste a identificarte, nada más fácil. Porque te identificaron pese a tu negativa a hacerlo.
En realidad más bien me creo que los hechos sucedieron al revés. Quien intentó provocar a los agentes para que se salieran de madre fue fer7, a que sí?
Denuncia lo que te dé la gana, a ellos los abogados y las horas empleadas les saldrán gratis, tú puedes ir rompiendo la hucha.
No me importan que no me crean, me igual de verdad, yo solo busco que me orienten por que tienen mayor conocimiento de derecho que mi persona, pero tamoco quiero hagan juicios de valor sobre si soy un mentiroso o no, no se por que tengo que mentirles pero bueno piensen lo que quieran son muy libres de hacerlo.
El asunto es que se me denuncia es por vía administrativa por negarme a identificarme, y por realizar desconsideraciones hacia las fuerzas de seguridad en una vía pública.
Les repito que se cabrearon mucho conmigo solo por pedir que me devuelvan el DNI incluso me llamaron abogaducho listillo, y ya luego se rieron de mi y me acusaron de haberme drogado e incluso cuando uno de ellos amago con darme un cabezazo , otro guardia civil se puso entre el y yo y rapidamente lo separó.
Pero , si yo no me identifiqué , me negué, como ellos afirman y denuncian, y tampoco se me detuvo , me marche con mis amigos, ¿ Cómo es que tienen mis datos? No me identifico ( según ellos, que es mentira fui el primero de todos en darle mi DNI) y sin tampoco me detienen, ¿ Cómo hacen para mandarme una denuncia? ¿ Que son adivinos y saben mis datos? Esta misma pregunta que nadie sabe responderme, la voy a poner en el recurso a ver que pasa, por que una jueza con dos dedos de frente se dará cuenta de que algo no cuadra, digo yo, otra cosa es que como son la autoridad, haga la vista gorda.
Otra cosa soy estudiante y no tengo nada a mi nombre, ¿ Puedo declararme insolvente? ¿ Que puede pasar en ese caso?¿ Cual puede se la cuantía de la multa?
Muchas gracias a todos , incluso a los que piensan que miento, solo gracias por mostrar atención a mi caso.
Un saludo.
Desde luego que este foro cae en picado. Yo no sé dónde ha salido el comentario de cómo averiguó o sabía el policía los datos del consultante, pero este post es el vivo ejemplo que una falacia repetida muchas veces se convierte en una verdad. Y todo por qué? Por la vagueria, y lo digo sin acritud, de no leerlos muchas veces los posts enteros y saber de lo que se habla, antes de abrir el pico.
fer7 lo ha dicho claro al principio del post. Le entregó el D.N.I. al Guardia Civil. Lo ha dicho claro al principio. De ahí sabía el Guardia Civil los datos personales de éste. Es decir, nooooooooo, no es esoterismo, no tiró el tarot, ni las rulas, ni miró los posos del café, nooooooooooooo, miró el DNI.
Venga, anda, seamos serio y sin acritud, en serio, es que esto clama al cielo, ehhhhhh.
¿En que consite lo del recurso?
Que circunstancias pueden darse a partir de que lo mande?
La notificación me llego el lunes a casa, pero yo no estaba así que me dejaron un aviso en el buzón de que tenía una notificación en correos.El día 22 es cuando la he recogido en correos, para ello firmé bueno ya saben....
Tengo 15 dias para el recurso, a partir de cuando cuenta cuando me picaron en la puerta y no estaba el lunes o el miércoles que la recogí en correos.
Muchas gracias a todos , un saludo de nuevo.
Vamos a ver fer7, intuyo de tu respueta que ya te han notificado la denuncia. Por favor, podrías decirnos qué artículo y de qué ley se supone que has infringido. Te lo agradecería, para ayudarte a preparar el recurso.
El plazo corre a partir del día siguiente en que te notificaron. Puedes darnos más datos de esa denuncia, sólo es para ver si los guardias civiles han calificado bien la infracción, que ya hasta todo me sorprende. Gracias.
Vamos a ver exactamente trae lo siguiene :
HECHOS :
A las x horas del día x 2007 , en el casco urbano de......, se negó a identificarse cuando fué requerido para ello y profirío comentarios desconsiderados hacia ls agentes en presencia de numerosas personas.
FUNDAMENTOS DERECHO
1º Los hechos denunciados podrían constituir una infracción al art.26, apartados h,ei de la ley Orgánica 1/92 de 21 de febrero sobre Protección de la Seguridad de la Ciudadanía, que tipifica como infracción leve desobedecer los manadatos de la autoridad o de sus agentes.............................Tal calificación se realiza sin perjuicio del resultado de la instrucción del presente procedimiento.
2º El art.29.1.d de la Ley Orgáica 1/92 atribuye la potestad sancionadora a los Delegados del Gobierno.
Por todo ello RESUELVO:
1º Incoar expediente sancionador al denunciado referido enantecedentes , quién porá ser sancionado con una multa de hasta 300,50 e prevista en el art 28 de la ley orgánica 1/92
2º Deignar instructor............
ES POR VIA ADMINISTRATIVA
ASUNTO : INCOACIÓN EXOEDIENTE SANCIONADOR
creo que al consultante lo han denunciado por el articulo 26.h, de la 1/1992 SPSC, y el agente creo que ha sido listo, porque ha pensado que aunque esta persona no se ha querido o ha puesto trabas en la identificación, la misma se ha llevado a cabo por el GC de todas formas(sino, no es posible la denuncia), pero como bien establece este artículo, ha desobedecido los mandatos de la autoridad o de sus agentes, dictados en directa aplicación de lo dispuesto en la presente Ley, cuando ello no constituya infracción penal.
digo que ha sido hábil por que lejos de dar conocimiento a otro sitio(ENTIENDO QUE PODRÍA HABER INCLUSO FALTA PENAL,ARTICULO 634), ha optado por la vía administrativa, que le va a suponer una multa considerable, levantando a esta persona(fer7) un acta de denuncia por infracción a la 1/1992 antes citada, conociendo el agente la sanción pecuniaria es mayor.
otra cosa fer7 que señalas, creo que la cuestión no es que no te identificaras o no, porque lo que está claro que al final la identificación se realizó sin genero de alguna duda, sino el hecho de tu negativa, traba, obstáculo, podemos llamarlo como queramos, ha sido lo que ha originado el levantamiento de la correspondiente Acta de denuncia, en base al haber desobedecido dicho mandato.
Yo quería poner en el recurso que si como ellos dicen que me negué a identificarme ( es mentira , fui el primero de todos ya que se dirigieron a mi el primero, mientras mi amigo que salto en el cohe les decía que los demas no tenían culpa que sólo había sido él), y tampoco me detuvieron ( no fuí al cuartel ni nada, y tampoco me cogieron ningun documento personal, aparte deL DNI , QUE ELLOS NIEGAN) , lo más lógico es que no tuvieran ningún dato mío no???? Entonces como se arreglaron para enviarme una sanción a mi domicilio?? Es que eso se cae por su peso¡¡ y si me niego a identificarme, por que no me detienen??? Es mentira lo que trae la denuncia, solo que les pareció mal que les pidiera el dni nada más y es el motivo que ponen para poder sancionarme, además menos mal que no ponen que les insulté o les amenazé ( son capaces) todo por que se sintieron humillados por pedirles el dni, no se no entiendo nada, la próxima vez si me piden que haga el pino puente lo hago y me da igual solo por no tener que pasar por este trago.
El recurso iría vien por ese camino?
Muchas gracias de verdad.
Parece que seste foro no es lo que éra o por lo menos ya no como antes, por que me hablaron muy bien de l, parece que aqui opina mucha gente que no es licenciado en derecho, o al menos estudiante.
Una verdadera pena
Bravoo no entiendo que le haya puesto ninguna traba , fui el primero en darselo sin decirle ni siquiera que por que , aunque yo no fuí el que saltó por encima del coche.
Solamente le dije, cuando vi que cubrió mis datos y paso a otro dni que si podía devolvermelo, que además creía que el no podía tenerlo en sus manos ( cosa que creo que me equivoque), la cosa es que le pedi que si podía no le exigí nada.
En cuanto a la multa el tope es 300.50 e , soy estudiante y no tengo nada a mi nombre, me recomendarías declararme insolvente?? Que puede pasar entonces? Muchas gracias.
poco a poco vamos sabiendo mas cosas, respecto a tu caso fer.
Por cierto no soy miembro de ninguna fuerza y cuerpo de seguridad, ni soy vigilante ni tengo nada que ver con todo ello.
Me gusta el derecho penal, lo leo, soy autodidacta y ante todo persona.
En otros tiempos, bastaba con decirle a los agentes que lo sentía y que no volvería a suceder, ahora contrarreplicamos y de ahí las numerosas sanciones.
Un consejo: las réplicas en el pliego de descargos, que son mas eficaces.
Un saludo y buena suerte ahorrando.
vamos a ver fer7, según tengo entendido esas denuncias se tramitan directamente por la Subdelegación del Gobierno, organismo que actualmente no muy a favor de tramitación de estas denuncias en cuanto se refiere a infracciones la citada ley(1/1992) en materia de desobediencias, alteraciones, etc, etc, otra gallo canta cuando hablamos de armas y drogas.
entiendo que no es tu caso porque la denuncia tuya se ha cursado puesto que te ha llegado al domicilio, debiendo en este caso poner el correspondiente pliego de descargos, pero ojo, llega al agente que interpuso el Acta o boletín, con lo que no hace falta que te diga lo que puede pasar.
de todas formas voy a encontrar algo mas como te dije en lo referente al pliego, y de momento espera a ver si lo de la insolvencia es factible, porque otra cosa es qeu lo seas realmente, pero no me veo capaz de recomendarte la insolvencia en principio, vamos a buscar otra via, siempre, no obstante, te quedará obviamente esa opción.
El artículo 26, en su apartado h, sanciona como infracciones muy graves:
h. La provocación de reacciones en el público que alteren o puedan alterar la seguridad ciudadana.
Según tu versión, los testigos podrán corroborar que tú no provocaste a nadie, pero se te provocó, amenazó y coaccionó. Lo mejor es que hagas un pliego de descargo y solicites le tome la Administración declaración a todos estos testigos. Saludos.
Estoy de acuerdo con fer7 en que la denuncia no puede venir por negarse a identificarse, porque efectivamente se identificó al entregar el DNI, sino que los agentes le denunciarán por haberles provocado, como bien dice el tipo del artículo 26 h) y con ello haber alterado o haber podido alterar la seguridad ciudadana.
Los hechos, según los narra fer7, son bien distintos, pues la provocación vino por parte de los agentes, por lo que solicitaría se desplegara prueba en ese sentido.