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Salarios de tramitacion

22 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 22 comentarios
02/09/2011 09:19
Ok.

También a veces sucede que cuando el INEM paga demás también lo puede reclamar.

Un saludo
02/09/2011 00:08
Buenas noches, esta mañana he estado en el Inem porque me llamaron por telefono el otro dia para ver que pasaba con el certificado de empresa. Pues bien, les he llevado copia de la denuncia y me han dicho que este mes si que cobrare pero al que viene no. No van a esperar a tener el certificado de empresa.
Van a calcular lo que me corresponde con los salarios de tramitacion que me han pagado y teniendo en cuenta mi reduccion de jornada. Eso si, me reconocen 2 meses mas de prestacion
La verdad es que no me gusta mucho la idea, puesto que sin tener las bases de cotizacion ¿no pueden equivocarse y luego o bien reclamarme mas o bien tener que pagarme mas?
En fin, en cuanto sepa algo mas os lo comento.
Un saludo.
20/08/2011 10:24
Perfecto Marval.

Cualquier ayuda que necesite ya sabe usted donde encontrarnos.

Saludos.
19/08/2011 23:52
Buenas noches
Obelisco, no hay nada nuevo, supongo que al estar en manos de la inspeccion llevara un tiempo. Espero no tener problemas despues, porque este mes he cobrado la prestacion.
En cuanto sepa algo mas os lo hare saber.
Muchas gracias por todo.
Un saludo.
17/08/2011 11:24
Hola Marval.

¿Que tal va su caso? ¿ha resuelto algo nuevo o todavía no?

Muchas gracias por cualquier contestación.

Saludos.
25/07/2011 01:29
Hola,buenas noches ,he tenido el juicio el 18/07 y se quedo en despido improcedente ,la abogada dijo que le quitaba las costas de salarios,esso que quiere decir ?que supone esto para mi que me imdenniza con menos dinero o si me lo hubiera dao lo tendria que devolver a la inem por los meses que ya he percibido,total yo entiendo que de las dos maneras yo cogeria el mismo dinero,me equivoco?gracias
22/07/2011 01:54
Buenas noches, siento no haber contestado antes pero he tenido una semana complicada.
Bueno, al tema.
Volvi al inem y seguian sin querer cogerme los papeles hasta que me dieran de alta y el certificado de empresa. Despues de "pelear" un poco con la funcionaria, consegui que me cogiera la solicitud.
Despues me acerque a tesoreria donde me explicaron, esta vez muy amablemente, que hace tiempo que ellos ya no dan de alta, pero que rellenara un formulario y lo enviarian a la inspeccion.
Decidi saltarme ese paso e ir directamente a inspeccio de trabajo. Alli rellene la denuncia y presente el acta de conciliacion. Pregunte que hacia con el inem porque se me acababa el plazo y me dijeron que no me preocupara ya, que me llegaria la resolucion por correo.
Cuando sepa algo mas se lo comentare.
Muchas gracias por todo.
18/07/2011 09:54
Estupendo. A ver ahora que ocurre, y si puede ser: nos lo cuenta, para así conocer como va el asunto.

Cualquier obstáculo o nueva ayuda, no dude en hacernoslo saber para aportarle nuevas opiniones.

Mucha suerte.
17/07/2011 21:51
Muchas gracias de nuevo, mañana volvere a ir al inem a ver que me cuentan y si no me acercare a Tesoreria con el acta.

Ya les contare como avanza el tema, creia que ya estaba terminado, pero me parece a mi que van a dar mas guerra.

Gracias.
17/07/2011 13:52
Yo creo que es correcto Trola.

Muchas gracias.
17/07/2011 13:47




Te puedes personar en la Dirección provincial de la TESORERIA general de la seguridad social o administracciones de la misma con el acta de conciliación y solicitar directamente la afiliación y alta de los meses que no te hayan cotizado.

2. Los trabajadores por cuenta ajena o asimilados, cuyo empresario no cumpla las obligaciones que le impone el artículo anterior, podrán solicitar directamente su afiliación y alta inicial a la Dirección provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administración de la misma, en cualquier momento posterior a la constatación del incumplimiento de sus obligaciones al respecto por el empresario.

La Dirección provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administración de la misma dará cuenta de las solicitudes a que se refiere este apartado a la Inspección de Trabajo y Asuntos Sociales al objeto de las comprobaciones y demás efectos que procedan.

Corregirme si me equivoco.
17/07/2011 13:21
En base a sus respuestas a mis preguntas podré ir dándole pautas sobre qué considero que sería conveniente realizar en cada momento.

Gracias.
17/07/2011 13:04
De todas formas Marval, yo entiendo que si Vd. solicita la prestación de desempleo, en la oficina del paro, deben de ABRIRLE un EXPEDIENTE DE SOLICITUD. Falte o no falte documentación.

Por tanto, yo le recomiendo que en PRIMER LUGAR SOLICITE en la oficina del PARO que le abran este EXPEDIENTE DE SOLICITUD y que en el mismo se indiquen qué documentación está completada y qué documentación FALTA.

Para que así Vd. pueda reclamar cuando llegue el momento demostrando que Vd. realizó todos los pasos que estaban en su mano. Y que se vea que los que se dejaron pendientes eran totalmente ajenos a Vd. y que estaban fuera de su alcance.

Entiendo Marval, que la oficina del paro no DEBERÁ PONERLE NINGÚN IMPEDIMENTE en cuanto a abrir este expediente de solicitud de prestaciones de desempleo ¿verdad?

¿O estoy equivocado acaso?

Gracias nuevamente.
17/07/2011 12:58
Aún así, cabe decir que además de solicitar a la INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL correspondiente que inste a la empresa, de oficio, el alta en la Seguridad Social, existen otras vías.

Me estoy refiriendo a que el propio interesado puede solicitar DIRECTAMENTE el alta en la Seguridad Social si la empresa incumple sus obligacones, es decir a instancias del particular (o por propia petición del interesado en la Seguridad Social), conforme al art. 100 de la Ley de la Seguridad Social. Para ello adjuntará a dicha solicitud particular la documentación pertinente que acredite dicho cumplimiento y obligación.

Y como último recurso, en caso de encontrar dificultades para conseguir su propósito según lo señalado hasta ahora, podrá acudir al Juzgado de lo Social valiéndose de todos los elementos probatorios legales que obren en su poder y que operen a su favor.

Mucha suerte.
17/07/2011 12:51
Buenos dias, efectivamente Obelisco, cuando me despidieron soliciti la prestacion y me la concedieron, por lo que estos 7 meses he estado cobrando sin problemas.
Es ahora, al llegar al acuerdo cuando tengo problemas, ya que me piden el acto de conciliacion y un certificado de empresa con las cotizaciones de estos 7 meses y resulta que la empresa no me ha dado de alta en ss y no me da el certificado de empresa. Entonces, en el paro me dicen que no pueden hacer nada. Tengo 15 dias para presentar de nuevo los papeles y se me estan pasando sin poder solucionarlo.
Se que tengo que devolver esos salarios, que me han comentado que en vez devolverlos, dejaria de cobrar el mismo que tiempo que he cobrado, pero claro, si no me da de alta la empresa, ¿como voy a devolverlos? Lo que no quiero es problemas en un futuro.
Muchas gracias.
17/07/2011 10:07
Marval: si todo fuese como he antedicho me gustaría decirle que entonces no debería usted tener problemas para solicitar la prestación de desempleo pues no es un requisito que falte por culpa de usted sino por razones ajenas a su persona.

Yo entiendo que el incumplimiento por parte del empresario de las obligaciones de afiliación, alta y cotización no debe impedir que usted como trabajador obtenga su prestación por desempleo.

Yo entiendo que el Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) deberá abonarle la prestación sin perjuicio de las acciones que emprenda (de oficio) contra la empresa infractora y la responsabilidad de ésta por las prestaciones reconocidas.

También considero que usted (a instancia del interesado) de manera paralela, puede interponer una denuncia a la Inspección de Trabajo, para que no solo corrija esta situación y la ajusta a la legalidad sino también para que le SANCIONE a la empresa por no cumplir con sus deberes de alta en la Seguridad Social.
17/07/2011 09:24
Entiendo que usted estaba cobrando el paro desde hace meses, desde que le despidieron (corríjame por favor si estuviese equivocado).

Siendo así, entiendo que usted tendrá que devolver los salarios de tramitación al INEM.

Y además, también entiendo que usted debería solicitar y comenzar a cobrar la prestación del paro, a contar desde el día de la CONCILIACIÓN (7 de julio).

Y me imagino que aquí es donde aparece el OBSTÁCULO, ya que el INEM le pone trabas para dicha tramitación puesto que su empresa no le ha dado de alta en la Seguridad Social desde el día del despido (hace meses) hasta el día de la CONCILIACIÓN y pago de los salarios de tramitación (7 de julio).

¿Es correcto hasta aquí todo lo que he dicho?

Gracias.


17/07/2011 09:17
Hay un dato que no me queda muy claro para poder ayudarle:

¿Cuando le despidieron hace meses usted solicitó la prestación por desempleo y estaba usted cobrándola cuando le pagó la empresa los salarios de tramitación?

Muchas gracias.

16/07/2011 22:05
Muchas gracias por las respuestas, pero creo que me he explicado mal.
La empresa si me dio de alta en la S.S. cuando comence a trabajar, el problema es que ahora, al pagarme los salarios de tramitacion, se supone que me tiene que dar de nuevo de alta desde la fecha del despido hasta la fecha del acto de conciliacion. Eso es lo que aun no han hecho.
Cuando fui al paro el otro dia me dijeron que hasta que la empresa no me diera de alta no podian hacer nada.
Mi pregunta es si existe la posibilidad de que la empresa me haya pagado ese dinero pero no quiera cotizar ese tiempo por mi y en ese caso, que puedo hacer, volver a demandar o quedarme como estoy. La verdad es que ese dinero me vendria muy bien, pero como comprenderan no quiero tener problemas futuros ni con inem ni con ss. Haga lo que haga quiero que sea todo legal.
Espero haberlo dejado mas claro esta vez.
Muchas gracias de nuevo.
16/07/2011 21:01
Yo soy laboralista si necesitas más ayuda puedes contactar conmigo a

castroabogado@hotmail.es