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Salarios de tramitación y cobrar desempleo

26 Comentarios
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Salarios de tramitación y cobrar desempleo
20/01/2013 10:05
Buenos días a tod@s,

En otro hilo que tengo abierto "devolución cobro indebido SEPE" me han aclarado prácticamente todas las dudas, abro este nuevo hilo para informar de como va la cosa.

Pongo un poco de antecedente.

A mi mujer la despidieron en agosto de 2010, solicitó el "subsidio por no tener derecho a prestación 21 meses", no llegaba a los 360 días para tener derecho a la prestación contributiva.
Dimos todos los paso para denunciar lo que creíamos despido improcedente, CMAC (sin avenencia), Juzgado de lo Social (le dan la razón a la empresa) y por último en TSJ lo consideran despido improcedente con la condena de pagar salarios de tramitación desde agosto de 2010 hasta el día de la sentencia del TSJ (noviembre de 2012).

La cantidad cobrada del SEPE asciende a 8.946 euros (426*21) y los salarios de tramitación ascienden a 30.000 euros aprox.

A partir de aquí os pongo como está el tema.

Informaros de que después de casi dos meses que comencé este hilo, las cosas están así.

Tengo abogado, que a finales de noviembre solicitó la ejecución de sentencia.

Definitivamente (consultado en Registro Mercantil), la empresa está en Concurso y declarada Insolvente.

A primeros de esta semana fuimos al Juzgado de lo Social para preguntar como iba el tema de la Ejecución, nos dijeron que tardarían, ya que actualmente están librando ejecuciones de septiembre.

Solicitamos la posibilidad de que nos dieran un documento en el que dijera que la sentencia del TSJ es firme, a lo que accedieron y nos dieron este jueves, una vez que fue firmada por la Secretaria del Juzgado de lo Social.


Ayer viernes fuimos a la TGSS para presentar la sentencia y el documento de firmeza del mismo, con objeto de que reconocieran las cotizaciones de esos salarios de tramitación y su posterior regularización en su vida laboral.

La persona que nos atiende nos dice que al estar la empresa en concurso de acreedores no van a regularizar ni reconocer nada hasta que la empresa no pague las cotizaciones correspondientes a esos salarios de tramitación.

Le comenté que las irregularidades por parte del empresario no deberían recaer sobre el trabajador, a lo que me contestó nuevamente, que si no paga la empresa no hay nada que hacer, que como mucho podría figurar en la vida laboral pero sin bases de cotización.

El próximo jueves 24/01/2013 tenemos cita en el SEPE para solicitar la prestación por desempleo, ¿qué creen Ustedes que me puedan decir allí llevando la sentencia y el documento de firmeza de la misma?.

Saludos a tod@s

20/01/2013 13:29
Hola Angel, te contesté en tu otro hilo sobre lo último que preguntas. No soy un entendido pero estoy en una situación parecida a la vuestra y también ando buscando información. Yo creo que no te pondrán problemas:

Esto es lo que te puse, del Real Decreto Legislativo 1/1994 de 20 de Junio:

"Artículo 220.- Automaticidad del derecho a las prestaciones.

La entidad gestora competente pagará las prestaciones por desempleo en los supuestos de incumplimiento de las
obligaciones de afiliación, alta y de cotización, sin perjuicio de las acciones que pueda adoptar contra la empresa
infractora y la responsabilidad que corresponda a ésta por las prestaciones abonadas."

Que viene a decir que tú no tienes porque pagar por la irresponsabilidad del empresario.

Saludos

20/01/2013 13:42
Gracias vabay, ye te leí en el otro hilo, te agrdezco el interés.

En cuanto arregle algo lo comentaré por aquí por si a alguien como a ti le viene bien.

Saludos y gracias de nuevo
22/01/2013 09:58
Buenos días,

¿Alguna opinión?
Gracias

Saludos
22/01/2013 22:48
A ver si alguien se anima y puede dar su opinión.

En todo caso puedes ir informándote también sobre la denuncia ante Inspección de Trabajo que son los encargados en estos casos en los que a la empresa se le "olvida" cotizar. Por lo que he leído aunque vayas a la TGSS a reclamar, ellos a nivel interno lo derivan a Inspección, donde ya irán contra la empresa.

Falta saber el caso extremo que imagino que es el que te interesa, en el que la empresa no tiene un duro y se pasa las denuncias por el forro.

Saludos.
24/01/2013 12:37
Buenos días,

Acabamos de llegar de la TGSS y del SEPE.

En la TGSS le han reconocido solo el 18,7% de los salarios de tramitación en la vida laboral, en las Bases de Cotización la ponen "no existe base".

En el SEPE no reconocen desempleo hasta que no se libre la Ejecución de Sentencia, en el Juzgado de lo Social dicen que se suspende la Ejecución por estár en Concurso la empresa, que la mandarán al Mercantil... a saber cuando.

Mi mujer mientras SIN COBRAR NADA, y cuando tengamos algo en el que se diga que la relación laboral se ha extinguido, entonces tendremos que solicitar FOGASA, y de reconocer paro NADA hasta que se no viniera lo del FOGASA, para compensar le subsidio percibido.

La verdad, es incomprensible que esto le esté ocurriendo a una trabajadora desde hace más de 2 años y medio.

No sabemos que hacer ni por donde tirar.

Saludos
24/01/2013 14:04
¿Qué dice tu abogado? Yo con la sentencia me iría a Inspección a ver que opinan sobre la no cotización.

Espero que te den alguna opinión más fundamentada porque no hay derecho a estas situaciones. El trabajador está completamente desamparado.

Mucha suerte en todo caso.
24/01/2013 14:16
Gracias vabay,

Al abogado llevo toda la mañana llamándolo y no coge el móvil, ni contesta a los SMS.

La ley está hecha para jod*r al trabajador y beneficiar la corrupción... igual me tengo que volver CORRUPTO para poder vivir sin problemas económicos.

En fin, que ando más perdido que todas las cosas, y sin visos de que se solucione nada.

Ya lo dije en otro hilo, esto cansa, te encuentras con muchos obstáculos por parte de la administración, muchas injusticias.

Después de hablarlo con mi mujer, estamos pensando en desistir, pues ni abogados, ni justicia, ni administraciones hacen las cosas como deberían, todo son pegas y mover cualquier papel te llevas meses esperando.

Estamos desesperados.

Saludos
24/01/2013 14:18
La verdad es que me parece una situación de desamparo total.

Lamento no poder ayudaros porque no tengo los conocimientos suficientes.

Es un tema muy complejo.

A ver si algún experto se anima.

Un saludo.
24/01/2013 14:19
Aclaro;

Cuando digo: "ni abogados, ni justicia, ni administraciones hacen las cosas como deberían", me refiero a mi entender, igual las cosas son así en éste País y así nos va... o lo tomas o lo dejas.

24/01/2013 14:38
Tienes razón. La verdad es que tu caso me tiene indignada.
Así todo, yo te aconsejaría que todavía NO tires la toalla.

¿Tienes referencias del abogado? ¿Tiene experiencia?
Si no ha contestado a tus llamadas, pienso que deberías ir a su despacho esta misma tarde.

¿No le pagas? Pues que se lo curre, joer.

Tiene que haber una solución a este caso.

A lo mejor, deberías analizar la posibilidad de cambiar de abogado.

De todas formas, ya sabes cómo es la justicia en este país. Lenta, lenta, lenta. Por lo tanto, no tienes más remedio que tomártelo con mucha paciencia.
Cada vez más, me pregunto hasta qué punto tenemos los españoles una justicia realmente justa. Quiero creer que sí.

No te desesperes.

Un saludo.






24/01/2013 14:47
Gracias amperio por tu apoyo.

Pero de verdad, esto nos va a traer más cosas malas que buenas.
Mi mujer está con un ataque de ansiedad, yo angustiado con dolor en el pecho por los nervios.
Y si fuera cosa de tres o cuatro meses todavía, es que llevamos 2 años y medio y con las últimas noticias no vemos que esto vaya a ser cosa de poco tiempo.

De verdad, gracias de corazón por el apoyo.
24/01/2013 16:31
Bueno.

Intentad desconectar del tema durante unos días. Ya sé que es muy fácil decirlo.

La verdad es que es mucho tiempo con ese problema y, si os está afectando a la salud, no merece la pena.

¡No te puedes imaginar la rabia que me da que os encontréis en esta situación!

Un abrazo.
24/01/2013 19:10
Buenas tardes,

La última noticia BOMBA que tengo del SEPE, me llamaron antes de comer y lo cuento ahora, porque ni comimos ni teníamos ganas de nada.

Mi mujer no tiene derecho a prestación contributiva (paro), ni al plan prepara ni a nada.

Nos dicen, que como el despido se produjo en 2010, no tiene derecho a ningún paro, LO BUENO (nos dicen) es que cuando tengamos los autos de la ejecución de sentencia podremos solicitar el FOGASA, y cuando se cobre (si es que se cobra algo) no tendremos que devolver nada del subsidio que percibió mi mujer, que lo comuniquemos en el SEPE pero que no hay que devolverlo.
Que si se cobrara de la empresa los salarios de tramitación (cosa que nunca pasará) entonces sí tendríamos que devolver el subsidio percibido y sí cobraría el paro (PEDAZO DE LEY).

Ya que no va a percibir el desempleo (según nos dicen), pregunto si tendría derecho al Plan Prepara, a lo que contesta que TAMPOCO, porque tiene que estar más de un año en desempleo, a lo que le digo que mi mujer lleva 2 años y medio, me contesta que ese tiempo se perderá por no tener todavía la desvinculación con la empresa.

Así que con todo esto que cuento, espero que alguien me pueda ayudar, ya que si todo es como nos dicen, tumba muchos comentarios expuestos en el otro hilo por ainoa1, patatinpatatero, sancho, Trola y amperio (a los que les estoy MUY AGRADECIDOS por sus aportaciones)

En espera de AYUDA

Saludos
24/01/2013 20:17
En cuanto al Prepara es así.
Lo otro tengo que mirarlo.
24/01/2013 20:44
patatin.

A ver si puedes echar una mano a angel24 porque su situación es la repera.

Un saludo.
25/01/2013 10:59
hola quisiera saber si solo con tener el cartocillo del paro me pueden llamar a trabajar ya que no estoy pagando sello
25/01/2013 19:37
No me olvido angel24.
Apunto las setencias del Tribuna Supremo. Setencias: 26/03/2007; 01/02/2011; 21/03/2011
http://www.poderjudicial.es/search/index.jsp
25/01/2013 19:59
Ok, muchas gracias.

Saludos
27/01/2013 12:53
Hola angel24.
En mi opinión, cuando percibas los salarios de tramitación del Fogasa, habrá que pasar por el SEPE a regularizar. Como lo normal es que no cobres todo el periodo de salarios de tramitación (que en caso contrario habría que revocar el anterior derecho reconocido), la actuación sería, en mi opinión, esta:
Me parece que el máximo de días que Fogasa te pagaría de salarios son 150 días (no sé si esto ha cambiado, en algún hilo me pareció leer otra cantidad pero la información que tengo a mano ahora mismo habla de cinco meses). Lo que se haría es compensar el periodo de que se percibe de salarios de tramitación (ojo! el periodo no la cantidad) con el tiempo que se percibió el subsidio. Te dijeron que no en el Sepe, pero esto no lo veo así porque hay duplicidad de percepciones en un mismo periodo.
Ahora bien, esto es importante, el subsidio quedaría reconocido con fecha inicial al día siguiente de perbicir los salarios de tramitación, pero el perido de salarios de tramitación más el periodo de alta en Seguridad Social con cargo a la empresa, es periodo cotizado que no está consumido y que se puede hacer valer si tu mujer se encontrase en situación legal de desempleo. Por lo tanto, desde agosto de 2010 hasta el auto de extinción de la relación laboral, es periodo cotizado y no consumido (periodo más que suficiente para tener derecho a la prestación contributiva). Pero falta situación legal de desempleo para pode cobrar este paro.
En cuanto al Prepara, según mis cuentas, si tu mujer cobró los 21 meses ininterrumpidamente de subsidio, lo finalizaría en mayo de 2012. El plazo para haber pedido el Prepara es de dos meses desde que se agota el subsidio. No sé si tu mujer tiene más de 45 años o tiene discapacidad reconocida para mirar si tiene derecho a la RAI.
Con reservas, salvo mejor opinión.
Saludos.