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Salarios de tramitación y cobrar desempleo

26 Comentarios
Viendo 21 - 26 de 26 comentarios
24/01/2013 14:04
¿Qué dice tu abogado? Yo con la sentencia me iría a Inspección a ver que opinan sobre la no cotización.

Espero que te den alguna opinión más fundamentada porque no hay derecho a estas situaciones. El trabajador está completamente desamparado.

Mucha suerte en todo caso.
24/01/2013 12:37
Buenos días,

Acabamos de llegar de la TGSS y del SEPE.

En la TGSS le han reconocido solo el 18,7% de los salarios de tramitación en la vida laboral, en las Bases de Cotización la ponen "no existe base".

En el SEPE no reconocen desempleo hasta que no se libre la Ejecución de Sentencia, en el Juzgado de lo Social dicen que se suspende la Ejecución por estár en Concurso la empresa, que la mandarán al Mercantil... a saber cuando.

Mi mujer mientras SIN COBRAR NADA, y cuando tengamos algo en el que se diga que la relación laboral se ha extinguido, entonces tendremos que solicitar FOGASA, y de reconocer paro NADA hasta que se no viniera lo del FOGASA, para compensar le subsidio percibido.

La verdad, es incomprensible que esto le esté ocurriendo a una trabajadora desde hace más de 2 años y medio.

No sabemos que hacer ni por donde tirar.

Saludos
22/01/2013 22:48
A ver si alguien se anima y puede dar su opinión.

En todo caso puedes ir informándote también sobre la denuncia ante Inspección de Trabajo que son los encargados en estos casos en los que a la empresa se le "olvida" cotizar. Por lo que he leído aunque vayas a la TGSS a reclamar, ellos a nivel interno lo derivan a Inspección, donde ya irán contra la empresa.

Falta saber el caso extremo que imagino que es el que te interesa, en el que la empresa no tiene un duro y se pasa las denuncias por el forro.

Saludos.
22/01/2013 09:58
Buenos días,

¿Alguna opinión?
Gracias

Saludos
20/01/2013 13:42
Gracias vabay, ye te leí en el otro hilo, te agrdezco el interés.

En cuanto arregle algo lo comentaré por aquí por si a alguien como a ti le viene bien.

Saludos y gracias de nuevo
20/01/2013 13:29
Hola Angel, te contesté en tu otro hilo sobre lo último que preguntas. No soy un entendido pero estoy en una situación parecida a la vuestra y también ando buscando información. Yo creo que no te pondrán problemas:

Esto es lo que te puse, del Real Decreto Legislativo 1/1994 de 20 de Junio:

"Artículo 220.- Automaticidad del derecho a las prestaciones.

La entidad gestora competente pagará las prestaciones por desempleo en los supuestos de incumplimiento de las
obligaciones de afiliación, alta y de cotización, sin perjuicio de las acciones que pueda adoptar contra la empresa
infractora y la responsabilidad que corresponda a ésta por las prestaciones abonadas."

Que viene a decir que tú no tienes porque pagar por la irresponsabilidad del empresario.

Saludos

Salarios de tramitación y cobrar desempleo
20/01/2013 10:05
Buenos días a tod@s,

En otro hilo que tengo abierto "devolución cobro indebido SEPE" me han aclarado prácticamente todas las dudas, abro este nuevo hilo para informar de como va la cosa.

Pongo un poco de antecedente.

A mi mujer la despidieron en agosto de 2010, solicitó el "subsidio por no tener derecho a prestación 21 meses", no llegaba a los 360 días para tener derecho a la prestación contributiva.
Dimos todos los paso para denunciar lo que creíamos despido improcedente, CMAC (sin avenencia), Juzgado de lo Social (le dan la razón a la empresa) y por último en TSJ lo consideran despido improcedente con la condena de pagar salarios de tramitación desde agosto de 2010 hasta el día de la sentencia del TSJ (noviembre de 2012).

La cantidad cobrada del SEPE asciende a 8.946 euros (426*21) y los salarios de tramitación ascienden a 30.000 euros aprox.

A partir de aquí os pongo como está el tema.

Informaros de que después de casi dos meses que comencé este hilo, las cosas están así.

Tengo abogado, que a finales de noviembre solicitó la ejecución de sentencia.

Definitivamente (consultado en Registro Mercantil), la empresa está en Concurso y declarada Insolvente.

A primeros de esta semana fuimos al Juzgado de lo Social para preguntar como iba el tema de la Ejecución, nos dijeron que tardarían, ya que actualmente están librando ejecuciones de septiembre.

Solicitamos la posibilidad de que nos dieran un documento en el que dijera que la sentencia del TSJ es firme, a lo que accedieron y nos dieron este jueves, una vez que fue firmada por la Secretaria del Juzgado de lo Social.


Ayer viernes fuimos a la TGSS para presentar la sentencia y el documento de firmeza del mismo, con objeto de que reconocieran las cotizaciones de esos salarios de tramitación y su posterior regularización en su vida laboral.

La persona que nos atiende nos dice que al estar la empresa en concurso de acreedores no van a regularizar ni reconocer nada hasta que la empresa no pague las cotizaciones correspondientes a esos salarios de tramitación.

Le comenté que las irregularidades por parte del empresario no deberían recaer sobre el trabajador, a lo que me contestó nuevamente, que si no paga la empresa no hay nada que hacer, que como mucho podría figurar en la vida laboral pero sin bases de cotización.

El próximo jueves 24/01/2013 tenemos cita en el SEPE para solicitar la prestación por desempleo, ¿qué creen Ustedes que me puedan decir allí llevando la sentencia y el documento de firmeza de la misma?.

Saludos a tod@s