Tengo una duda con respecto al convenio de mi empresa. Tuve un accidente de tráfico (no en horario de trabajo) y estuve 5 meses de baja. Durante este periodo no me pagaron el 100% del sueldo. Me correponde el Convenio Colectivo de Empresas Consultoras y me gustaria saber si mi empresa debería de haberme pagado mi sueldo completo o solo tengo derecho a una parte.
En el articulo 26 párrafo 2 de dicho convenio dice: "Las empresas afectadas por este Convenio, desde el quinto día de la correspondiente baja, inclusive, en enfermedad de mas de treinta días, complementarán las prestaciones de los seguros de enfermedad y accidentes de trabajo, hasta el 100por 100 del salario durante un plazo máximo de doce meses, a partir de la baja".
El convenio te está indicando claramente prestaciones por contingencias profesionales, y lo tuyo no ha sido un accidente in itinere, y por tanto, laboral o profesional, sino que ha sido un accidente no laboral.
Por tanto, salvo que en otro artículo se establezca otro tipo de complemento, no te corresponde éste.