Hola,por aqui de nuevo despues deunos cuantos años sin hacer consulta.
Bueno,decir que me he jubilado hace un año,miprofesion era Hosteleria 42 años y ahora con el tiempo libre decido recuperar ciertas tierras que tenia paradas y asi plantar frutales.
Resulta que voy al Registro a pedir nota simple,y no me la puedo llevar ya que no figura ni mi nombre ni nada, y sin embargo en Catastro si aparece mi nombre y domicilio incluso los linderos,,me informan en Catastro que debo tenelo escriturado,pero no tengo escrituras,recuerdo que el ayuntamiento ( Lliria ) las tenia simplemente registradas a mi nombre..no es que esas rusticas tengan gran valor y son heredadas de padres y abuelos.
En fin,como puedo recuperar o Escrituras esas tierras si no tengo escrituras??- Haber si me echais un cable..y agradecido de antemano.
Y como no,saludar a Alga y a los que años atras me asesorasteis sobre una finca en suelo rustico.RRa de alia 9318..saludos y un fuerte abrazo-
Hola y por aqui de nuevo.Habia echo una consulta el 26/12 y hasta la fecha no he visto ninguna respuesta,no se si se puede leer ho no la puse en su sitio correcto.De todas formas agradeceria alguna respuesta,gracias-
Es posible que no le hayan respondido porque más que una consulta de urbanismo, es de Civil General.
Doy por sentado que tampoco están registradas a nombre de su padre o de sus abuelos, porque en ese caso se trataría de reanudar el tracto registral.
Su solución es muy facilita: debe instar en el Registro de la Propiedad una primera inscripción o inmatriculación, porque también doy por sentado que nunca ha estado inscrita a nombre de nadie:
1- Examine si está conforme o no (¿es fiel reflejo de la realidad?) con la descripción gráfica catastral, o si considera que se ha de modificar. habrá que incorporarla al Registro.
2- Salvo excepciones, o bien tramita un expediente de dominio en una Notaría y luego lo lleva a inscribir, o bien presenta dos escrituras que demuestren los cambios de dueño que ha habido en esas fincas.
3- Supongo -basándome en su conciso relato- que optará usted por el expediente de dominio. El Notario notificará el expediente a los colindantes por si alguno se opone (es de suponer que no lo haran), y tras presentarlo a registrar, ya tiene usted la finca inscrita a su nombre.
Muchas gracias por su valiosa información.Hare presencia en el Registro de la Propiedad y me informare de los pasos a seguir,Reitero mi agradecimiento por la informacion.