Saludos a todos, necesito opinion acerca de cómo calificariais el siguiente hecho: Juan A.D. decide tomar una motocicleta (peritada en 3500 €) para darse una vuelta, como quiera que la misma se encontraba atada a un farola con una cadena, Juan A.D. manipula con un cortauñas la cerradura y consigue llevarsela. A mi modo de ver es un Robo de uso de vehiculo a motor del articulo 244.2 CP, ya que Juan A.D. emplea un objeto asmilado a una ganzúa y por tanto se da el presupuesto del empleo de fuerza en las cosas, pero me dice un colega que es un hurto. ¿Qué opinais?
Si ser profesional del derecho, creo que tu colega es el que tiene la razón; pienso que para que fuese robo de uso el vehículo debería estar en el interior de un garaje y se ejerciese fuerza sobre el sistema de apertura de ese garaje; salvo mejor opinión. Saludos.
Tampoco soy profesional del Derecho, pero convengo con observador que la "fuerza" ha de ser para acceder al lugar donde se encuentra la "cosa".
Saludos.
Opino como Carloszrgz, para mí es un hurto de uso. Creo que el uso de la fuerza es un medio para tener el dominio de la cosa objeto del delito, al margen del lugar concreto donde ésta se encuentre. Por esa lógica, todo aquello no "ubicado", por ejemplo, cualquier vehículo estacionado en la vía pública que es forzado para ser utilizado y posteriormente abandonado en las proximidades no podría ser nunca calificado como hurto de uso.
A ver DP, en que quedamos, es hurto o robo de uso?
Dices que para tí es un hurto de uso,y, por otra parte, que estás de acuerdo con Carloszrgz, que piensa que es un robo de uso.- Saludos.-
Es un hurto de uso. la jurisprudencia abundante del TS dice que el hecho de romper un candado para coger moto o bici no es tipico de fuerza en las cosas.En cualquier Colex lo podeis consultar.
Saludos Maqc, lei tu mensaje acerca de la contestacion a una pregunta que colgué en el foro acerca de una cuestion sobre robo de uso o hurto de vehiculo a motor. El caso era el siguiente: Juan decide tomar una motocicleta (peritada en 3500 €) para darse una vuelta, para lo cual manipula con un cortauñas la cerradura de la cadena de seguridad de la misma. Se lleva la motocicleta y la restituye al día siguiente mediante aviso telefonico a la Policía. Mi duda es si era un robo de uso, al manipular la cerradura con un elemento asimilable a una ganzua, o era un hurto de uso. Me dices que es un hurto de uso pues segun el TS asi lo entiende. ¿Me puedes citar alguna sentencia?, en mi Codigo concordado no viene ninguna en ese sentido. GRACIAS y un Saludo
muy buenas a todos. Mi pregunta es la siguiente: si en vez de ser un ciclomotor lo que está atado con una cadena a un poste, es por ejemplo una bicicleta, el hecho de forzar el candado y llevarse el objeto en cuestión, que sería robo o hurto?
Una interpretacion conjunta de los arts. 244, 238 y 239 del Codgio Penal, me lleva a la conclusion que es un robo de uso claro, y si la tines asegurada la moto te cubrira la aseguradora..
Art. 244 El que sustrajere o utilizare sin la debida autorización un vehiculo a motor o ciclomotor ajeno......
Art. 238 Son reos de3 delito de robo con fuerza en las cosas los que ejecuten el hecho "Uso de llaves falsas".
Art.239 Se consideran llaves falsas las ganzuas u otros instrumentos amalogos.
A mi juicio la conclusión, es clara hay robo de uso, independientemente de consideraciones sobre la entrada en el ugar cerrado, doctrinalmente se distingue entre in rem, in res, pero creo que el foro esta para ayudar en principio, dentro de lo que modestamente pueda aportar cada uno, y no para sentar doctrina de nada.
Para nanoguay, sin ser profesional del derecho, si se tratase de una bicicleta, y existiese fractura de un candado, entiendo que sería robo, ya que el código penal, en relación al hurto o uso de vehículos, habla de vehículos A MOTOR.- Saludos.-
Mi opinión respecto a si es robo o es hurto de uso, es que es hurto de uso, ya que aunque emplea una llave falsa, ésta no se utiliza para ACCEDER AL LUGAR donde se encuentra el ciclomotor, por lo tando hurto de uso.
¿ Y si en vez de un ciclomotor o bicicleta hubieran cortado la cuerda atada a un árbol que sujetaba al caballo de un ciudadano, apropiándose del podenco? ¿ Sería robo o hurto?
En el caso plantado por F.J.: hurto, siempre hurto, no se realiza fuerza en las cosas "para acceder al lugar donde se encuentran", al menos esa es mi opinión.
Si bien es evidente que la mayor penalidad responde a haber tenido que vencer el acusado las barreras establecidas por el propietario para impedir la sustracción y la barrera en cuestión podría entenderse que consiste en una cadena con cerradura, aperturada con una ganzúa, no es menos cierto que la cualificación relativa al empleo de la fuerza coloca al intérprete en la necesidad de fijar un concepto de fuerza válido para este delito y por coherencia sistemática habrá que estimar como constitutivas de fuerza en las cosas las mismas causas que los artículos 238 y 239 Cp establecen para esa modalidad de robo (y como bien dice Carloszrgz, el Tribunal Supremo ha tenido ocasión de declarar que la ruptura de la cadena de seguridad de un ciclomotor no puede considerarse fuerza en las cosas ... por ejemplo STS 16 noviembre 1993 - RJ 1993, 8594), entre otras.
Hurto de uso. La jurisprudencia viene definiendo como "fuerza" en las cosas, aquella que se realiza sobre el continente, y no sobre el contenido, y tal y como aputan alguno de los interlocutores, la fuerza ejercida en un candado, aún siendo en su cerradura, no es la "tipica" definida para conceptuar el delito como robo.
Ejemplo práctico:
Moto en el garaje: manipulación de la cerradura del garaje: robo (de uso o no dependiendo del fín último de la sustracción)
Moto con candado, bicicleta, embarcación, etc:, Hurto ( de uso o no dependiendo igualmente de su destino final, del ánimo de lucro o apoderamiento).-
Uso de ganzúas: Típico del robo, pero utilizadas en el continente, no en el contenido.-
Es un hurto de uso. No es robo. Para que sea robo la violencia debe estar dirigida a la persona no a la cosa. Soy de PERU. mi legsialación así lo estipula. Creo que en España también es así. Situación que no ocurre en Argentina por ejemplo que la violencia en la cosa es robo.
ATENTAMENTE
pPOOL FERNANDEZ BERNABE - TRUJILLO. CELULAR 044-9360566