En un intento de sustracción de una cartera, en principio sin violencia por parte de un carterista, y al ser descubierto por varias personas y ser perseguido por ellas, el delincuente se enfrenta a ellas con agresividad y con amenazas; este caso se podría convertir en un robo con violencia en grado de tentativa? estaría motivada la detención del delincuente? Gracias por las respuestas, un saludo.
Sin ser profesional del Derecho, te daré mi opinión.
En un principio existe un hurto que será delito o falta en función de la cantidad de dinero que llevará la víctima en la cartera.
Lo que ocurre posteriormente constituiría también un delito o falta de amenazas y si además se han producido agresiones también podrían ser constitutivas de delito o falta, en función de si las lesiones requirieran además de la primera asistencia, tratamiento médico o quirúrjico.
La detención se debería de producir si hay un delito, bien de hurto, bien de amenazas o bien de lesiones.
Gracias por la respuesta Pedro J.; en principio no se sabe la cantidad de dinero que llevaba la persona que iba a ser robada, ya que, después del revuelo, sin que hubiese sido robada, la victima desapareció.-
Mi duda es por el enfrentamiento que el supuesto delincuente mantiene con las personas que le persiguen y que evitan la sustracción; al producirse ese enfrentamiento, se produce con violencia, con lo cual ya no tendríamos que tener en cuenta la cuantía de lo que se iba a sustraer; pienso yo que esos hechos se podrían asimilar a un robo con violencia en grado de tentativa ¿estoy equivocado o es así? Gracias.-
Salvo que alguien con mayor autoridad en la materia opine lo contrario, yo opino que al apoderarse de la cartera lo hace "al decuido" es decir sin violencia ni intimidación y en ese caso si que sería relevante la cantidad de dinero hurtada.
Si como consecuencia de las posteriores amenazas y de que su agresividad pudiera producir lesiones y en alguno de los dos casos fueran constitutivas de delito si que estariamos ante un delito. Yo aquí veo una serie de hechos conexos: El hurto en grado de tentativa, las amenazas y las posibles lesiones o maltrato de obra a los que intentan impedir el hurto. Se trataria de hechos conexos y se aplicarían las penas que correspondieran por cada uno de ellos. En definitiva no veo que se pueda considerar un robo con violencia o intimidación puesto que cuando el delincuente se apodera de la cartera lo hace al descuido.
Siento discrepar Pedro J, pero estamos ante un caso de robo con violencia y intimidación en grado de tentativa, si bien en un principio cumple el tipo del hurto, la jurisprudencia del TS dice que si el autor de hurto es sorprendido y para su huida emplea intimidación o violencia este hecho se convertirá en robo. En cualquier Colex podrás encontrar alguna referencia jurisprudencial.
SALUDOS
se trataria de un robo con violencia e intimidacion, es lo que se conoce en derecho penal como violencia sobrevenida, existe jurisprudencia y cualquier codigo penal comentado te lo aclarara mas, un saludo