Buenass, a ver si me podeis aportar luz a una duda.
Riña grupal en una discoteca; un hombre que no interviene en ella ve dentro del grupo que se golpea a una chica que conoce; se acerca para sacarla de allí y justo entonces recibe un golpe en la cabeza que le deja inconsciente. Resultado: varias lesiones en el rostro que precisan sutura.
La duda la tengo en el hecho de que la víctima no formara parte de la riña, y si ello puede ser relevante para hablar de concurso real de delitos (art. 73 CP) o concurso de leyes (art. CP).
Voy a ponerlo más sencillo, compartís la siguiente solución?:
Delito de lesiones (art. 148.1 CP), que absorbe el riesgo concreto propio de la riña en relación al lesionado, al haberse llegado a materializar dicho riesgo.
No obstante, si se demuestra que el autor de la lesión, utilizando el 'instrumento peligroso', creó un peligro para la vida o salut de los demás intervinientes en la riña, entonces podríamos hablar de concurso real de delitos: Delito de lesiones delito de participación en riña tumultuaria.
Pero entonces no tiene relevancia que la víctima de las lesiones no participara en la riña?
Quién no participa es la víctima, el autor si. Y si pone en peligro la vida o salud de los demás intervinientes, utilizando el mismo instrumento peligroso con el que causa las lesiones, habría delito de riña
No, para que sea riña tumultuaria, ambos han de estar dentro.
Al agresor le deberían acusar por un delito de lesiones simple por lo del hombre que no interviene en ella, y en todo caso, por riña tumultuaria por lo que pasase aparte de esa agresión.
Otra cosa más: Podría haber problemas con el dolo al entender que la persona que causa las lesiones no podia saber que la víctima no participaba el la riña? O es lo mismo que lo puediera saber o no?