Hola, estoy residiendo en un piso de alquiler desde hace 3 años. Tengo un contrato de alquiler estándar firmado en diciembre de 2001. El propiteario está siempre de viaje y el año pasado, en diciembre, no nos subió en precio del alquiler segun el IPC. Ahora me comunica que quiere aplicarnos dos subidas de IPC, la correspondiente al año pasado y el anterior, y ademas quiere que le paguemos los atrasos del alquiler del año pasado.
¿Es esto legal? ¿Puede subirnos el IPC dos veces y exigir que le paguemos el dinero que dejó de ingresar por no aplicar la subida en su momento?
Hola Enrique, como sabes lo pactado en el contrato es ley entre las partes. Fijate en la cláusula del IPC de tu contrato y seguramente exponga que la renta se revisará ANUALMENTE conforme a la variación que experimente el IPC en los 12 meses anteriores. Pues bien en el año en curso solo te podrá incrementar el IPC de los 12 meses anteriores y no lo de los 24 mese anteriores y mucho menos cobrarte los atrasos. Como arrendador tiene la responsabilidad de comunicarte estos incrementos en tiempo y forma.