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Revision de IPC en contrato alquiler

1 Comentarios
 
12/01/2005 00:39
Hola Enrique, como sabes lo pactado en el contrato es ley entre las partes. Fijate en la cláusula del IPC de tu contrato y seguramente exponga que la renta se revisará ANUALMENTE conforme a la variación que experimente el IPC en los 12 meses anteriores. Pues bien en el año en curso solo te podrá incrementar el IPC de los 12 meses anteriores y no lo de los 24 mese anteriores y mucho menos cobrarte los atrasos. Como arrendador tiene la responsabilidad de comunicarte estos incrementos en tiempo y forma.
Revision de ipc en contrato alquiler
11/01/2005 16:09
Hola, estoy residiendo en un piso de alquiler desde hace 3 años. Tengo un contrato de alquiler estándar firmado en diciembre de 2001. El propiteario está siempre de viaje y el año pasado, en diciembre, no nos subió en precio del alquiler segun el IPC. Ahora me comunica que quiere aplicarnos dos subidas de IPC, la correspondiente al año pasado y el anterior, y ademas quiere que le paguemos los atrasos del alquiler del año pasado.
¿Es esto legal? ¿Puede subirnos el IPC dos veces y exigir que le paguemos el dinero que dejó de ingresar por no aplicar la subida en su momento?