Hola compañeros,
mis clientes tienen a su padre ya mayor y se están planteando lo siguiente:
El padre tiene:
El pleno dominio de la mitad de dos viviendas con garaje
El usufructo de la mitad de ambas viviendas.
Mis clientes se plantean si les resultaría más económico simular una compraventa de dichos bienes en vida, o esperar a que fallezca el padre y pagar el impuesto de sucesiones correspondiente en la Comunidad Autónoma de Aragón
¿Qué veis más gravoso?
Si lo van a hacer en función de los impuestos, lo mejor es que preguntes en la Administración tributaria de la Comunidad Autónoma, ya que tanto el I. de Transmisiones (que pagarían si compran); como el I. de Sucesiones (que pagarían si esperan a heredar) son impuestos cedidos a las comunidades autónomas. Por ello es más difícil que alguien te pueda decir algo en el foro, porque la mayoría conocemos lo de nuestra comunidad.
Aparte de lo que te informen en la Comunidad de Aragón sobre esos impuestos cedidos, debes tener en cuenta que si hacen una compra-venta, el padre va a tener que tributar en el IRPF por la ganancia obtenida en esa supuesta venta.
Haz números para los dos supuestos teniendo en cuenta el IRPF.
La forma que tienen de transmitir la propiedad además de la compraventa y la herencia es la donación.
En Castilla y León, los impuestos de herencia y donación están bonificados un 99% por lo que prácticamente no se pagan.
Enterate de como se tributa en Aragón y además ten en cuenta que puede transmitir únicamente la nuda propiedad con lo que el impuesto será más bajo y el día que fallezca consolidarán el dominio al desaparecer el usufructo