si una sociedad se disuelve por cualquiera de los procedimientos establecidos pero deja deudas o causa daños. a quién se le exigirá que responda si ya no existe? a los administradores? a los bienes de la antigua sociedad?
Si el daño es causado por dolo o culpa, responderán los liquidadores.
Si aparece una deuda sobrevenida, responderán los socios hasta el límite de la cuota de liquidación que se les haya adjudicado