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Responsabilidad ante un crédito de la comunidad

50 Comentarios
Viendo 21 - 40 de 50 comentarios
06/08/2015 22:38
Por no leer todo lo escrito.
usted ya ha entregado el dinero?
06/08/2015 23:23
No, todavía no he entregado nada.
06/08/2015 23:43
Eso es magnifico, niegese en rotundo a pagar, y convenza al resto de los que ivan hacerlo,
ustedes digan que si se pide el dinero a nombre de la comunidad no abonaran nada.
es mas escriban una carta al administrador diciendo que existe un error en el acta, que ustedes no dijeron nada de pagar por adelantado.
07/08/2015 00:00
Hemos escrito al administrador solicitando que cambie el acta, y cambie la frase "aprobado por unanimidad de los asistentes" e indique mi voto en contra.
Mi pregunta respecto al pago de la derrama es; Si me niego a pagar, entonces entraré en el crédito, asumiendo los intereses. Por lo tanto, estamos igual que al principio.
Yo quiero pagar mi parte, ahorrarme los intereses, y en caso de impago por parte de alguien, que el banco no pueda venir contra mí.
Ya que las condiciones que pide el banco para conceder el crédito son irisorias. Les conceden el crédito tras 90 días si en el acta hay algún vecino que haya votado en contra, y tras 30 días si todos están a favor. Así que lo único que consigo es que les retrasen dos meses el crédito con mi voto en contra.
07/08/2015 14:42
El acta no va a modificarla, y entregara en el banco laa misma que usted ha recibido.
y no es lo mismo que usted abone su parte ahora, y la de los posibles morosos que surjan, a que en un momento determinado salgan muchos morosos y usted decida con razon no pagar lo que otros no hacen.
si usted y todos los que quieren abonar ahora mismo, se ponen de acuerd, otro gallo cantaria.
de cualquier frma es usted quien tiene que decidir y asumir los riesgos que puedan acaecer
07/08/2015 15:30
Muchas gracias por su respuesta, me siento totalmente desamparado, y lamentablemente no sé qué hacer.
He estado esta mañana en el banco, y ellos en caso de impago acometen contra la Comunidad, que es el titular del préstamo. Y que la comunidad reclame al moroso.
Vamos, gastos para todos sí o sí.
Si alguien tiene una solución de cómo actuar, por favor, lo agradecería.
La unión entre los vecinos que quieren pagar por adelantado, no es posible, ya que no admiten otra junta extraordinaria ni nada parecido, y lo que dicen es que se ha aprobado en Junta.
07/08/2015 15:39
He leído todo el hilo y veo que están ustedes muy perdidos (me refiero a arivera).
Lo primero preguntarle que si esa esa reparación es necesaria, y pensando que sí, les hago otra pregunta. ¿Cuántos presupuestos tienen ustedes de empresas relacionadas con el sector para conocer el coste de la obra y así hacer el cálculos sobre la forma de pago?, 3 presupuestos, 5 presupuestos o solo 1, el que les ha presentado el administrador.

Veo mucho interés por parte del administrador en hacer esa obra. Lo digo porque a pesar de haber dicho por activa y por pasiva que usted no quiere préstamo porque dispone del dinero, este administrador no lo ha recogido en acta. ¿Por qué?.
Mire, el acta tiene rango de ley, es decir, que en caso de no ser impugnado ese acuerdo a los 3 meses de haberse tomado se convierte en ley (para que nos entendamos) y ya no hay forma de moverlo. Por tanto, el que usted le mande e-mail, burofax, al administrador o presidente, no valen para nada si usted no se busca un abogado para ir al juzgado e impugnar ese acta antes de esos tres meses. No hay otra.
Usted dice que el banco puede esperar un mes o tres meses para aceptar el préstamo. Lógico. Un mes por si no hay nadie en contra y tres, porque si hay algún vecino en contra es el periodo previsto para la impugnación, o sea, que si usted se ha opuesto, como ha hecho y no ha impugnado en el juzgado antes de esos 3 meses, su oposición ya no vale para nada.
¿Por qué el administrador está tan de deseoso de hacer esa obra y no ha actuado de forma responsable y no ha atendido su requerimiento?. ¿Será que tiene intereses lucrativos con la empresa que va ha hacer la obra, es decir, se llevará una comisión de esa empresa?.
Le repito la pregunta anterior ¿Cuántos presupuestos tienen ustedes de empresas competentes para conocer la cuantía a pedir?. ¿Han votado sobre esos presupuestos el que más les interesa a ustedes o, por el contrario han aceptado el presentado por el administrador?. La postura de ese administrador es muy sospechosa al no incluir en el acta su postura ante la junta. Reflexione.
Le agradecería me contestara.
07/08/2015 16:05
Tema préstamo.

Lo dicho anteriormente, si no hay impugnación y dado que en el acta figura (erroneamente o malintencionadamente) que se acepta por unanimidad, el banco puede acceder a ese préstamo, pero ¿bajo qué aval? ¿la finca, las propiedades individuales, los elementos comunes?.

Es cierto que las comunidades de propietarios son comunidades de bienes y no tienen responsabilidad jurídicas, lo que quiere decir que, cada uno es responsable de sus bienes de forma independiente. El presidente, preside la comunidad, pero no es dueño de ella y por tanto, no puede traspasar el mandato de la ley. Si lo traspasa, allá él y el prestamista.

¿Cómo piensa cobrar el banco en caso de impago? ¿Saben que tendría que demandar a uno por uno de los propietarios teniendo que conocer sus nombres, coeficientes, direcciones, etc... para hacer la demanda?. ¿Qué pasa si algunos pagan y otros no, o alguno ha pagado solo parte de ese préstamo?. Esto es de tal embrollo, que los bancos inteligentes no aceptan prestamos a comunidades porque pasarían años en cobrar después de hacer demanda tras demanda. ¿Y si algún vecino deudor ha fallecido y ha dejado herederos?. Como es de comprender, aquí no hay solidaridad que valga. Sin son 20 vecinos y 15 no pagan, ¿quién pagará el préstamo? ¿los otros cinco, jajajaja?.

Señores, el que necesite un préstamo que vaya al banco y lo pida. Lo que ocurre es que a lo mejor hay algún vecino en lista de morosos y no se lo darían.

Repito, veo mucho interés en ese administrador en este asunto. Reflexionen.
07/08/2015 16:10
Fontanero, segun su escrito, ahora su pregunta no sirve para nada, dado que como usted dice ya se ha aprobado. Y si se aprobado una cosa se ha aprobado la otra.
pero en este jugo del administrador, usted y yo estamos de acuerdo. OTRO INUTIL y van ....
si el inutil, reflega en el acta lo que quiere, como se prueba en juicio que es verdad y que es mentira, ademas ese recurso es oneroso.
por eso yo digo ir al ad ministrador y decirle. Usted ha puesto lo que ha querido, pues bien yo ahora no tengo dinero para darlo. Que pasaria? porque no se niega a contribuir a la derrama pero si a dar el dinero de una vez.
el toro pasado no sirve, y hay que buscar salidas posibles
07/08/2015 17:29
Usted puede ir a juicio y en él tiene que demostrar que votó en contra, y para ello debe presentar testigo, es decir, citar a algún vecino para decir en juicio la verdad, es decir, que votó en contra. Si usted no logra este apoyo, lo tiene usted mal, y tiene que pensar que sus vecinos no merecen la pena, pero esto esto es otra cuestión.
Sepa que la demanda no es sobre el administrador, sino sobre la comunidad, que para los efectos ha sido la que ha manifestado lo que recoja el acta, aunque sea mentira.
07/08/2015 17:31
En este caso es preceptivo hablar con el presidente y advertirle de sus actuaciones. Seguro que cuando reciba su mensaje de firma fehaciente tira para atrás.
07/08/2015 17:50
Y en lo referente al inutil, como usted cita al administrador, yo le digo que de inutil, nada. Este es otro listo o corrupto que vive parasitariamente de las comunidades inocentes y se ve de lejos el mucho interés que tiene en hacer la obra. Combrar el préstamo del banco y recibir su comisión . Y sobre devolver el préstamo es cuestión de los propietarios, ya se arreglaran..
09/08/2015 20:25
Buenas tardes:
Respondiendo a Fontanero sobre los presupuestos, tenían 2 presupuestos, y se eligió uno de ellos, según los vecinos, en base a las garantías que daba la empresa.
Respecto al tema de impugnar el acta, muy difícil, porque el único vecino de los presentes que votó que NO, fui yo, y el resto no va a testificar en mi favor, cuando soy el único vecino en contra.
La única prueba que podría aportar son unos e-mails, respondiendo al envío del Acta por e-mail también, manifestando mi VOTO EN CONTRA y que no está recogido en el acta, solicitando la información para que se modifique. Y la respuesta del administrador diciendo que ese e-mail es suficiente para que se modifique el acta. Cosa que todavía no ha enviado el acta modificada. Y mucho me temo que al banco acudirán con el acta de la aprobación por unanimidad, ya que no me voy a enterar de nada.
Pero no voy a este tema, el hecho es que la comunidad son 5 vecinos y el administrador que hacen juntas, que parecen reuniones de amigos, donde las propuestas del resto de vecinos que no estamos en "su grupito", ni son escuchadas ni valoradas.
Y digo yo, si pago mis cuotas, tengo el mismo derecho a opinar, que se escuche, que se valore (ya sea mediante presupuestos) y que se vote.
En las convocatorias hay un orden del día, y después aprueban asuntos fuera del mismo, dándolos por ley, pero no los plasman en las juntas, y se limitan a decir que si no has asistido no tienes derecho a reclamar.
Si en el acta que yo recibo, no hay ningún asunto en el que yo esté en contra, ¿qué voy a reclamar?, el caso es que después acudes a una junta porque el orden del día te interesa, y te dicen que no puedes proponer nada porque todo lo que se está hablando ya está aprobado en juntas anteriores. Pero si me han convocado a una junta para aprobar, si procede, un asunto, ¿cómo es posible que ya esté aprobado sin haberlo votado ni puesto en un orden del día, y, es más, en el acta de esa junta anterior de la que tanto hablan?

Mi pregunta es: ¿Si hay acuerdos adoptados fuera del orden del día, són válidos?
¿Puede haber acuerdos que ni estando en el acta, ni en el orden del día tengan validez?

Muchas gracias, de antemano
09/08/2015 20:46
entre en esta pagina
http://garciacollado.blogspot.com.es/2010/01/los-acuerdos-adoptados-en-ruegos-y.html

perdone si son cinco vecinos cuantos desean anticipar el abono y no me extraña que sea un grupo de amigos en la junta, dado que solo acudiran 2 o 3

le aconsejo que la proxima vez grabe la junta en audio o video

usted tiene todo el derecho de acuidir o no a una junta, pero tenga en cuenta que hay acuerdos que solo se necesita la mayoria de los asistentes, ahi usted no puede votar despues de recibir el acta.Solo puede hacerlo en los acuerdos por 3/5 o unanimidad.
para impugnar esos e-mails son muy valiosos, aunque yo no le aconsejo que impugne por este tema, le costará muy caro y no merece la pena.
porque no remite los emails al director del banco?
en las juntas no se puede proponer nada para votar en esa junta, dado que tiene que venir indicado en la convocatoria
18/08/2015 14:12
Muchas gracias Jalisco:
Mi duda ahora es la siguiente:
- En el orden del día de la convocatoria cita: "Aprobación, si procede, impermeabilizar y solar el pasaje".
- En el Acta de esa junta cita en ese apartado: "Se aprueba por unanimidad de los presentes realizar las obras de impermeabilización y solado del pasaje, así como cerrar el pasaje e instalar telefonillos. Se acuerda hacer una junta extraordinaria para aprobar este punto (derrama con préstamo bancario) junto con el cerramiento del pasaje e instalación de telefonillos."
-En la convocatoria de la Junta extraordinaria se cita: "Aprobación, si procede, presupuesto y derrama para la realización de las obras de impermeabilización, solado, cerramiento y telefonillos"
- En el acta de esa junta extradordinaria cita, los presupuestos aceptados y dice "Se propone solicitar un préstamo por esta cantidad o menor, dado que existe la posibilidad que propietarios paguen una cantidad, además de descontar lo adelantado por la derrama existente. Por todo ello, se le faculta al presidente para solicitar el préstamo a favor de la Comunidad en cualquier entidad bancaria y con ello formalizar el préstamo en nombre de la Comunidad de Propietarios y respondiendo del mismo todos ellos, mancomunadamente. Se lleva a votación y es aprobado por unanimidad de los presentes"
En esta Junta es en la que yo estuve presente, y cuando dije que me oponía a este préstamo me dijeron que ya estaba aprobado en una Junta Anterior. Indico al administrador mi voto en contra, tanto es así que después hablo con él en persona en su despacho, para reiterarle mi voto en contra, antes de que envíe el acta, que como ve usted no recoge en el acta.
Mi duda es, con esta información que le doy, ¿es posible impugnar estos acuerdos?
18/08/2015 15:05
El inutil, le esta enganando, el voto que usted emitio en una junta no vale para nada para la otra, porque si valiese no seria necesario nueva junta.
Usted tiene la sarten por el mango, dado que el acta de la junta esta redactada en conicional, "CABE LA POSIBILIDAD"
MIRE NO ENTIENDO NADA. En ese acta la redaccion es clara y palmaria.
Tiene dos opciones, impugnar, lo cual le costara un potosi y la segunda no adelantar el dinero
Tambiencabe la posibilidad the de dirigirle una carta al colegio de administradores de su ciudad y con copia al inutil, indicando todo el problema y las contradiciones en la incurre el inutil. Seguro que las o sea e servira de nada pero el inutil se dara por aludido.
Muchas veces es mejor no acudir a las juntas porque asi si se vota algo por unanimidad, el inutil no podra trasgiversar su voto
01/09/2015 23:59
Muchas gracias. He estado fuera y no he tenido acceso a internet, perdón por mi tardanza.
Durante este tiempo, el administrador ha enviado por mail el acta rectificada, recogiendo mi voto en contra.
Pero visto lo que me han contestado aquí, no servirá de nada, si no me meto en un juicio y me gasto el dinero para impugnar los acuerdos.
¿Qué voy a impugnar si ahora en el acta aparece mi voto en contra?

Un saludo
02/09/2015 13:33
Como consecuencia de mis recientes experiencias acerca de impugnar un Acta, que no he llervado a cabo, , aun con el 100/100 teorico que ser va a ganar, resulta un acto heróico del ejerciente, una hipotética razón que no llegará al 20% de posibilidades, en el mejor de los casos, ese mejor de los casos supondría después de años la devolución de algunos gastos de demanda, unos 2000 euros, un empate en estos casos (muy probable) su pondría un montante de unos 3000 euros, suponiendo que los medios de la parte contraria estuvieran en la innopia o borrachos y lo más probable que la perdida del proceso alcanzaría la cifra de unos 5000 euros, de buena tintas y con descuentos y todo.
02/09/2015 14:38
Todo ello en primera instancia; si se apela en audiencia provincial, se dobla y si se lleva al TS, se triiplica, en este momento ya no estan las protagonistas iniciales; sin embargo, no hay regla , cada señorito impone sus costas sin piedad, es que como cada uno de los juzgadores lo imponga; en consecuencia, en esta merienda de negros o comidas para los leones , es el desbarajuste de PH, LA LEY ES INSERVIBLE POR INOPERANTE y CASPOSA.
02/09/2015 15:06
Retomar los temas es un poco complicado porque te tienes que leer todo, pero por lo que recuerdo, su tema es lo del prestamo bancario
Pues bien, si el administrador reconoce que usted voto que no a la solicitud al banvo del prestamo, usted ya tiene la prueba por escrito, y el prestamo no se puede solicitar al banco.
Yo le suguiero, que remita burofax con certificacion de texto al presidente, indicandole que como se ha quedado demostrado de forma palmaria que no toda la comunidad no esta de acuerdo con
dicha solicitud del prestamo. Le recuerda que se hace inviable dicha solicitud, y que en caso de realizarse emprendera las oportunas acciones judiciales contra el (presidente).
En el acta que pone ahora mismo, que se ha aprobado, o no
Esto es muy importante, dado que cambiaria mi consejo.