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Respecto a la Sentencia de Conformidad.

22 Comentarios
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Respecto a la sentencia de conformidad.
12/03/2014 01:02
Cuando se negocia una SENTENCIA DE CONFORMIDAD con el fiscal, no sé si se puede asegurar exáctamente la pena o si simplemente es un pacto en el que después la jueza pone la pena que estima conveniente a su criterio.

Es importante. Lo que quiero decir, puedo aceptar declararme culpable ( sin serlo ) a cambio de que se acabe el proceso pagando las costas del juicio la cifra que me digan un dinero y tal. Lo que sería penoso es que te sigan entreteniendo por medio de cursos de reinserción, horas para la comunidad, etc.

Es una pregunta. Lo que quiero decir es si puedo aceptar la SENTENCIA DE CONFORMIDAD a cambio de pagar y ya está y olvidarme del asunto o corro el riesgo de que después la perdona vidas de la jueza decida seguir entreteniéndome poniendo cursos de reinserción, chorradas, etc.

Espero haberme explicado. Muchas gracias.
12/03/2014 15:22
Miguelon lo primero que habria que saber es si estamos ante una falta o ante un delito, en ambos casos se puede pactar con el fiscal, que es el que lleva el peso de la acusacion casi siempre, pues en la mayoria de los casos no suele haber acusacion particular.

El tema es que puedes negociar con el fiscal pero en caso de que sea delito ademas de la responsabilidad civil, el tema llevara aparejado una pena de prision y eso en el acto del juicio por mucha conformidad qwue haya no se puede sustituir por dinero en ese acto.

Habria que esperar a la fase de ejecutoria, en donde se ejecuta la sentencia, para pedeir al juez de ejecutoria penal que transforme la pena de carcel por una multa, cosa que solo se puede hacer en el caso en que la pena de carcel que se pretende sustituir sea de una duracion de como maximo dos años porque si la pena de carcel es superior a dos años no se podra sustituir nunca.

De todas formas deduzco por la forma de hablar que nos das, que es la primera vez que presuntamente delinques en este caso si es la primera vez podras pedir, siempre en fase de ejecutoria que la condena de prision sea suspendida y te la suspenden a cambio de que sea la primera vez y en un plazo de 2 o hasta 5 años (segun el caso) no vuelvas a delinquir,eso si, si el delito objeto de la condena es de violencia de genero si que con toda seguridad sea olbigatorio que hicieras un curso de reeducacion pero solo en el caso de que estemos ante un delito de violencia domestica, pero esto ya te lo imponen en la fase de ejecutoria de la sentencia
12/03/2014 15:29
Otra cosa que preguntabas y que se me olvidava es el tema de la conformidad, pues esto supone que tu abogado (o tu directamente si se trata de una falta) habla con el fiscal que es la parte acusadora del proceso y pacta aceptar los hechos a cambio de que se rebaje (en muchos casos considerablemente) la condena y una vez pactado (si es que estimas que es lo mas conveniente) pues se le indica al juez que hay un pacto y el juez plasma ese pacto en la sentencia, que es lo que se llama sentencia por conformidad que no es mas que plasmar el acuerdo entre acusado y fiscal en una sentencia, en ningun caso el juez podra desviarse ni un apice de lo pactado por acusado y fiscal cuando existe un acuerdo en tre estas dos partes.

El juez solo dicta sentencia libremente cuendo las partes no se ponen de acuerdo y por consiguiente no hay pacto con el fiscal que suele ser lo mas habitual en la mayoria de los casos.

Decirte tambien que para que exista pacto , el abogado lo negocia pero tiene obligatoriamente que ser firmado por el acusado, sin la firma del acusado el pacto no se puede llevar a termino, o sea que el abogado lo negocia de acuerdo a las pruebas que existen y a la defensa del caso y a las leyes y luego te lo comenta ti y si estas de acuerdo lo firmas y si no pues no hay pacto.
12/03/2014 17:24
Hola Miguelón123,

Me imagino que se tratará de un juicio rápido donde si hay conformidad con lo solicitado por el fiscal y se reconocen los hechos la condena se reduce en un tercio. Lo primero decirte que, en la actualidad, las condenas a trabajos en beneficio de la comunidad casi no existen. Por lo tanto el fiscal pedirá que se te condene a una pena de prisión, de multa y/o de privación del permiso de conducir por determinado periodo de tiempo. Si estás de acuerdo con lo que solicita el fiscal se te reducirá lo que pide en un tercio y se dictará sentencia con lo acordado.

Supongo que tu caso incluirá una pérdida del permiso de conducir por lo que, a veces, para recuparar ese permiso debes pasar por algún curso de reeducación y reeducación vial pero ese es un tema administrativo y, por tanto, no tiene nada que ver con el juez ni con la sentencia.

Cuando tu abogado tenga el escrito de acusación del fiscal lo que pide.

Un saludo,
12/03/2014 23:15
gracias fuste por tu consejos hace ya casi un año, hoy ha sido mi juicio y por fin todo ha terminado, ahora si estoy feliz, por fin he visto la cara de que por una tonteria quisieron hacerme tanto daño y ha comprobado que yo tenia el apoyo de mi familia y de mi abogada, y encima amiga, fuy a juicio acompañada, mientras ella fue sola y el al que queria estaba solo apartado en un rincon. millllllllllllllllllll graciasssssssssssssssssss
13/03/2014 00:17
Creo que este mensaje de aquí arriba es de alguien que se ha colado por error.

Muchas gracias, estas respuestas me están siendo de mucha ayuda, la verdad es que me siento un poco perdido. Además, la labor de mi abogado de oficio brilla por su ausencia, el hombre está como desaparecido, no me informa, etc. Supongo que yo cumplo el papel de … EL PRINGAO !! y el tío pasa de mi cara.

Una cosa más …

Para mí puede es interesante la SENTENCIA DE CONFORMIDAD por un tema de rapidez, porque si no la hago el juicio puede tardar 1 año y este asunto me está dejando hecho polvo. Puedo pactar este tipo de sentencia en cualquier momento, es decir, de inmediato, incluso antes de que mi abogado presente el escrito de alegaciones ?? Cuales son las ventajas en este caso ?? Me ahorraría costas ?? He leído que este tipo de sentencias se suelen hacer en el mismo día del juicio minutos antes, pero a mí me conviene hacerla lo antes posible, así me olvido del asunto. Puedo hacerlo de esta forma ?? Y después cuanto dura todo el proceso que sea definitiva ?? Días, semanas o meses ?? Estoy deseando olvidarme de todo este asunto.

13/03/2014 12:03
Miguelon, mi consejo es que de ningún modo aceptes una condena por conformidad, también llamadas "condena trampa", y mucho menos sí eres inocente. El abogado de oficio, seguramente te dirá que lo hagas, bajo el temor de que te pueda caer una condena mayor. Sí eres inocente, lucha por ello hasta el final. En el mismo instante en que te declares culpable sin serlo, entraras a formar parte de una lista de maltratadores, la cual servira a las Politicas de Género que manejan este negocio, para justificar sus falsas estadisticas. Imagino que al hablar de "cursos de reinserción", se trata de un asunto de Violencia de Género, por lo que con mayor motivo te dijo que bajo ningún concepto llegues a un acuerdo con el Ministerio Fiscal. Sí lo haces, a partir de ahí, es cuando comenzarán tus verdaderos problemas, y lo que va a justificar todo lo que te venga después. Serás oficialmente un maltratador que ha admitido serlo. Para nada estoy de acuerdo con lo que te han dicho anteriormente, sobre la pena de trabajos en beneficio de la comunidad, ya que muy al contrario, es la pena que más se impone en estos casos. Contacta si puedes con Asociaciones de Damnificados por la Ley de Violencia de Género y que te asesoren al respecto, pero estoy seguro de que todos te dirán que, una condena por conformidad ¡jamás!, salvo que realmente seas culpable.
13/03/2014 15:30
Asi es ,si eres inocente lucha por ello.
Yo acepte mi conformidad ,siendo inocente,hace 5 años y medio y me he arrepentido cada dia y me ha perjudicado en muchos aspectos.
13/03/2014 16:27
No creo que se deba acudir a la conformidad si se es inocente. Personalmente no la aceptaría. Desconozco de que delito se trata aunque pensaba que podía tratarse de un delito contra la seguridad vial en los que suele haber pruebas contundentes (radar o alcoholímetro).

No suele haber condenas en los juzgados a trabajos en beneficio de la comunidad. Las penas que corresponden a los delitos de violencia de género suelen ser de prisión y de prohibición de aproximación (alejamiento). Para decidir si es conveniente aceptar o no una conformidad con el fiscal hay que estar al caso concreto. Si no eres culpable, defiéndete hasta el final aunque te pueda caer una condena mayor. Por lo menos tendrás la opción de defenderte y no habrás reconocido los hechos. Hay que decir en este punto que no es la primera vez que se acepta la sentencia de conformidad siendo inocente por la dificultad de demostrar la inocencia.

Supongo que tu abogado te informará a medida que vaya actuando en el procedimiento. No creo que te vaya a dejar tirado.

Un saludo,
13/03/2014 18:00
en primer lugar miguelon, a mi y creo que a más contertulios nos gustaria saber el delito del que se te acusa, creo que discretamente todos estaban anelando saberlo.

En segundo lugar: gestoria abalo decirte que los juzgados de lo penal y violencia condenan siempre a una pena de prision entre otras cosas pero los trabajos en beneficio de la comunidad surjen cuando se ejecutan esas sentencias en fase de ejecutorias penales que es cuando se cambia la pena de prision por los trabajos comunitarios, y de hecho si la condena es menos a dos años y no se trata de reo habitual (3 o mas veces por el mismo delito) lo aceptan siempre y de hecho es lo que hace todo el mundo para eludir entrar en prision.
13/03/2014 18:01
maria bl muchas gracias por tu post y por tu aportacion
13/03/2014 23:15
perdon Miguelon 123 por entrar en tu hilo, pero he leido a fuste que me ayudo mucho hace un año, no sabia como darle las gracias y a leerlo se me ocurrio, te pido mil disculpas y de nuevo gracias fuste por tu apoyo y animos.
14/03/2014 01:21
OK!! Tenéis razón, os digo el delito:

El fiscal me acusa por un delito de lesiones Arts. 153.2 y 3 del CP y me piden 9 meses de prisión. Soy una persona sin antecedentes penales. Básicamente, lo que parece, según leo, es que Miguelón123 comenzó una discusión en la que golpeó con fuerza el ascensor y le dió un fuerte tirón de pelo a Felisa567 arrancándole una importante cantidad de cabello. No hay lesiones. Lo que pasa es que según leo en la declaración parece que Felipe 567 estaba presa de un fuerte estado de nervios, con mucho miedo,asustada, la vecina oyendo gritar: SOCORROOOOO !!!!, la vecina llamó a la policía, etc.

Qué queréis que os diga …

Felisa567 es mi madre de 72 años, es una Marujilla de las de Tele5 y Sálvame, y simplemente estaba histérica ( como siempre ) y lo estaba por un asunto de bancos que creía que le iban a estafar, etc.

Yo no tengo problemas con mi esposa, ha sido con mi madre, que por cierto no sabía ni que me había denunciado sino que había firmado a lo que le habían dicho los policías cuando le preguntaron, me ha perdido perdón 1000 veces, pero la verdad es que me ha metido en un buen lío.

Lo malo es que ( lógicamente ) al ser una madre, una persona mayor ….

Mi legitimidad es nula. No me extraña que los policías en comisaría me trataran tan mal.

Ha sido curioso como es la percepción de los hechos y de la vida de una persona mayor, lo cierto es que si no hubiera sido por mí, lo mismo se la comen los ratones y las facturas, pero aquí lo importante es que le tiré del pelo y que estaba ATERRORIZADA. Pues ya está. Hoy mi chiquillo ( de 12 años ) ha rajado un cuadro ( bastante caro ). Felisa567 se ha vuelto a poner histérica y ya me veía yo otra vez con la policía en casa.

El gran problema de su declaración es precisamente LA AUSENCIA DE MALA FE lo que me hace quedar a mí como el mismo demonio. Estoy en un buen lío.
14/03/2014 15:01
Sí el asunto es con tu mujer, se trataria de violencia de género. Sí es con tu madre, de violencia domenstica.
Fuste te lo ha explicado muy bien, si la pena es inferior a dos años, se "oira al reo", para que elija entre la sustitución de la pena por multa (se te inpondria una cuota diaria en función de tus ingresos económicos), o la sustitución de trabajos en beneficio de la comunidad. Esto, efectivamente, lo hará el juzgado de ejecutorias, aunque también puede ir reflejado en la sentencia. Mucha suerte.
14/03/2014 17:29
Las penas privativas de libertad inferiores a dos años de prisión, suelen suspenderse condicionalmente. Te piden 9 meses, por tanto, si no tienes antecedentes suspenderán la pena aunque, al tratarse de un delito relacionado con la violencia de género y doméstica, podrían hacerte participar en programas formativos, laborales, culturales, etc.

Lo normal es que tu madre, si así lo desea, cuando vaya a declarar en el juzgado se niegue a hacerlo y tendrán que sebreseer el caso o archivarlo pues, según comentas, no hay testigos de lo que ocurrió.

En fin, confía en tu abogado que es el que te va a asistir durante el proceso.

Un saludo,

14/03/2014 17:57
Miguelon, en casos de violencia de género, de quien poco has de fiarte, es desgraciadamente EN MUCHOS CASOS de tu abogado. Sí es abogada, menos aún, y si es abogada y de oficio, imaginate. Esto ofenderá a muchas, pero es la triste realidad y lo que se ve día a día en los juzgados.
14/03/2014 18:54
El único TESTIGO es la vecina del piso de al lado que según leo en su declaración oyó gritar socorro y unos golpes en el ascensor, y la verdad es que es cierto: aporreé el ascensor. Supongo que en el juzgado también declarará que las discusiones son frecuentes, porque es cierto. Además, según leo en la declaración de la Policía Nacional se procedió a mi detención debido a los hechos relatados por la misma ( dijo lo del ascensor, pero la verdad es que se acojonó ), así como por el estado de miedo y ansiedad mostrado hacia su hijo ( estoy seguro que en su declaración estaba en esos momentos absolutamente histérica por completo al mil por cien, gritado, llorando, etc. ). Por cierto, tengo miedo a la declaración de mi vecina porque debido a los hechos, ella, su familia y sus hijos me miran como si fuera un auténtico trozo de mierda, temo mucho su declaración, porque sé que se va a cebar, va a ser muy dura conmigo. Decidme por favor hasta qué punto es importante la declaración de este TESTIGO, que es la que llamó a la policía. Y cualquier consejo en general respecto al caso. Muchas gracias.
14/03/2014 18:57
Cuando he dicho la misma en la linea 5 me refería a mi madre.

Y una cosa importante: mi madre y yo en este asunto estamos pecando un poco de primos. Qué creéis que es mejor que haga mi madre ??
- Que vaya a declarar …
- Que no se presente al juicio …
- Que diga que no sabe nada como la Infanta.
- Que diga la verdad.
- Que diga que ella me zarandeó como un cono.
- Que diga que estaba muy nerviosa, etc.

14/03/2014 22:04
Tu madre sencillamente no tiene que decir nada, puesto que al ser un familiar directo no tiene porque declarar contra ti en base al art. 416.
En cuanto a tu vecina, uno de los grandes problemas de la LIVG, es que puede declarar cualquiera y destruir la vida de alguien , así porque sí. Muchas veces incluso, sin ver ni oir nada.
15/03/2014 12:05
Hola Miguelon123,
Lo que cuenta en otro hilo referente a una brecha con cuatro grapas ¿Se refiere a esto mismo? O ¿Es otra cosa?.
Deduciendo mínimamente de lo que usted aporta, lo mas aconsejable seria una conformidad, en el titulo del otro hilo, dice usted declararse culpable siendo inocente, de lo que usted cuenta, solo cabe la interpretación de que usted es culpable de un delito de lesiones, injustificable en cualquier caso, pero vamos a su madre...por muy marujilla que sea y, probablemente tiene miedo a la declaracion de la vecina, por lo que ocurrió y esto es lo que teme, no que se cebe -como dice usted- sino que diga l que ocurrió.
Conformese y evite estas conductas en el futuro.
Si no le gusta mi aportación, pase de ella.
Un saludo,