Tengo arrendado un despacho y en el contrato se establece una cláusula que indica que el local se destinará a una cierta actividad. Sin embargo, me he enterado que el arrendatario está pagando el IAE de una actividad completamente diferente.
¿Puedo resolver el contrato por incumplimiento de dicha cláusula?
Sí puedes. Pero ojo, una cosa es que paque por un IAE distinto, y otra cosa es la actividad que haga en el local. Si la actividad es del mismo tipo que la reflejada en el contrato, a ti no te incumbe lo que pague por concepto de I.A.E.