En efecto Lexis, son válidos los comprobantes que demuestran haber librado la comunicación con antelación. Que lo firme o no el esquivo inquilino no afecta al propietario. Saludos.
Entonces, para que tenga validez lo del aviso con un mes de antelacion, tendra que tener comprobantes de correos de cartas certificadas o burofax devueltos por no estar el inquilino.
Para Lexis: tal y como dije en mi apartado 3º, si no lo localiza, lo correcto es ir al Juzgado, es decir, demandar y, al no localizarlo, servirá la notificación por edictos. Saludos.
1.- Te aconsejo hacerlo incluso con mas de un mes de antelación.
2.- No tienes que dar razón alguna.
3.- Una vez comunicada deberías obtener la firma del inquilino como que ha desalojado y te entrega llaves. Si en efecto no vivie nadie y no lo localizas, lo correcto es ir al Juzgado, pero mucha gente hace lo que tú dices, PROBLEMA: y si luego él te denuncia indicando que no tienes nada firmado y has entrado a la casa y le has robado dinero o enseres?
-¿puedo avisar al inquilino con un mes de antelación antes de los 5 años, que rescindo el contrato sin ningún problema no?
-¿Hay que dar alguna razón? o ¿simplemente se le comunica que se acabo sin más?
-Una vez comunicado, a los 5 años y 1 día por ejemplo, ¿puedo cambiar la cerradura y volver a alquilarlo? el no vive en la casa, nunca hay nadie. o tengo que pasar por juzgado obligatoriamente para desahuciar?